Es arbitraria la sentencia que rechazó el recurso de casación deducido por la querella contra la sentencia que absolvió a los imputados en orden a los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante reiterado y abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, pues tanto el tribunal oral como el a quo pasaron por alto los criterios para la correcta valoración de la prueba en casos como el presente, en la medida en que cuestionaron la confiabilidad del testimonio de la víctima a partir de la diferencia que presentarían sus declaraciones acerca de la cantidad de veces que fue obligada a practicar sexo oral al acusado, por lo que tal proceder implicó, además, menospreciar lo declarado por aquélla sobre las oportunidades en que habría sido accedida carnalmente a pesar de que en este aspecto no existieron discrepancias en sus declaraciones.
-Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite- (Fallos: 345:140)