R. J. L. s/ homicidio agravado por alevosía.
El Superior Tribunal Provincial revocó la condena que imponía a un sujeto la pena de prisión perpetua por haberlo considerado autor del delito de homicidio agravado por ensañamiento y confirmó la condena por el delito de homicidio simple. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó sin efecto la sentencia por entender que el Superior Tribunal se había basado en una parcial apreciación de las argumentaciones del tribunal apelado para contemplar que hubo ensañamiento en el accionar del acusado. Para así decidir, se entendió que es arbitraria la sentencia que revocó la condena por el delito de homicidio agravado por ensañamiento y confirmó la de homicidio simple, pues el a quo dirigió su esfuerzo a neutralizar el valor probatorio de los resultados de la autopsia y el claro y coherente testimonio del médico forense, mediante la dogmática afirmación de que sólo ello no bastaba para tener por acreditado el dolo de la figura, es decir mediante una consideración fragmentaria y aislada de las pruebas e indicios, incurriendo en omisiones y falencias respecto de la verificación de hechos conducentes para la decisión del litigio, lo que impidió una visión de conjunto de la prueba reunida. Se agregó además que, la conclusión resultaba de mayor entidad si se atendía a que los antecedentes y circunstancias situaban al hecho en un contexto de violencia contra la mujer, que el tribunal había dejado sin respuesta.