Buscador de resoluciones por tema


A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z

Cargando
Cargando...

  • INDICE TEMATICO
    • DECLARACIONES JURADAS
      • FISCALES
        • PGN - 9 - 1992 - Aldo Luis Montesano Rebon, 11/02/1992
          • Declaración jurada de bienes (decreto 1638/90)

            Disponer que los señores Procuradores Fiscales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los señores Secretarios, Secretarios Letrados y Prosecretarios de esta Procuración, y los señores Fiscales de Cámara y de primera instancia de todos los fueros, cumplan con la declaración jurada de bienes prevista en el decreto 1638/90, manteniéndola debidamente actualizada.

            Ver resoluciones

      • REGLAMENTO DE DECLARACIONES JURADAS PATRIMONIALES PARA EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA NACIÓN
        • PGN - 1302 - 2013 - Alejandra Gils Carbó, 02/07/2013
          • Reglamento de Declaraciones Juradas Patrimoniales para el Ministerio Público Fiscal de la Nación

            Artículo 1.- APROBAR el nuevo "Reglamento de Declaraciones Juradas Patrimoniales para el Ministerio Público Fiscal de la Nación" que, como anexo I, forma parte de la presente resolución, y los formularios que obran como anexos II, III y IV. Artículo 2.- DEROGAR la Resolución PGN N° 6/08. Artículo 3.- ESTABLECER que hasta tanto se sancione la reglamentación a la que alude el artículo 1 de la ley n° 26.857: I. Las/os magistradas/os, funcionarias/os o empleadas/os comprendidos en el artículo 1 de este reglamento, deberán presentar sus declaraciones juradas ante la Secretaría Disciplinaria, Técnica y de Recursos Humanos o la/el Habilitada/o, entre el día de la fecha y el 15 de agosto del año en curso. II. Las declaraciones juradas contendrán la información patrimonial al 31 de diciembre del año 2012 y deberán ser presentadas en los formularios provisorios que se aprueban como anexos II, III y IV, cada uno en un sobre cerrado distinto, identificado y firmado. III. Quienes hayan presentado la declaración jurada durante el año en curso bajo la modalidad aprobada por la Resolución PGN N° 6/08 deberán realizar una nueva presentación en los términos del actual régimen.

            Ver resoluciones

      • PGN - 59 - 2020 - Eduardo Ezequiel Casal, 12/08/2020
        • Se prorroga período de recepción de declaraciones juradas patrimoniales hasta el 31 de agosto inclusive. Se mantiene lo dispuesto en los puntos II y III Resolución PGN 36/20

          I. PRORROGAR el período de recepción de declaraciones juradas patrimoniales previsto para el año en curso, fijando como fecha límite para ello el 31 de agosto de 2020, inclusive. II. MANTENER lo dispuesto en los puntos II y III de la Resolución PGN n° 36/20.

          Ver resoluciones

    • DEFENSA DE LA COMPETENCIA //Ref.:Ley 25.156
      • PGN - 1 - 2002 - Nicolas Becerra, 22/01/2002
        • P.G.N. Instrucciones del Sr. Procurador General de la Nación. Lealtad Comercial (Ley 22.802). Protección del Orden Constitucional y la Vida Democrática (Ley 13.077). Defensa del Consumidor (Ley 24.240). Defensa de la Competencia (nro. 25.156).

          I) INSTRUIR a todos los integrantes del Ministerio Público Fiscal de la Nación pare que, en cuanto fuera de su incumbencia en todos los procesos en los cuales intervengan ante los diversos fueros y grados de la Administración de Justicia Nacional , velen por la estricta observancia de las ieyes de Lealtad Comercial (Ley 22.802), de Protección del Orden Constitucional y la Vida Democrática (Ley 13.077), de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) y de Defensa de la Competencia (nro. 25.156).

          Ver resoluciones

    • DEFENSA DEL CONSUMIDOR //Ref.:Ley 24.240
      • Artículo 52 (posibilidad de constituirse como parte; fiscal de la ley y accionante subsidiario)
        • PGN - 85 - 2003 - Nicolas Becerra, 30/09/2003
          • VIGENCIA DE LA RES. PGN 01/02 Y 12/03 - LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.

            Recordar a todos los integrantes del Ministerio Público Fiscal la plena vigencia de la Res. PGN 01/02 y 12/03 (Instruir a los integrantes del Ministerio Público Fiscal para que, cuando intervengan en los distintos procesos, velen por la estricta observancia de la ley de defensa del consumidor Nº 24.240). Se dispone que los Magistrados que en el ejercicio de sus funciones detecten consumidores o usuarios que se vean afectados en sus derechos singular o colectivamente, deberán promover las acciones pertinentes. Se instruye a los Magistrados del Ministerio Público Fiscal para que, en caso de legitimación activa de la autoridad de aplicación de la ley 24.240 sea cuestionada, o cuando sobre su otorgamiento sea consultado el parecer, se prefiera la interpretación que , dentro de los márgenes de razonabilidad, la afirme la amplitud, cualquiera sea la naturaleza del proceso.

            Ver resoluciones

      • Resoluciones vinculadas a la temática
        • PGN - 12 - 2003 - Nicolas Becerra, 10/04/2003
          • MINISTERIO PÚBLICO FISCAL: SU ACTUACIÓN EN LA JUSTICIA EN DEFENSA DE LA LEGALIDAD.

            Instruir a los Magistrados del Ministerio Público Fiscal para que hagan conocer mediante testimonio a la Secretaria de Industria y Comercio, como autoridad nacional de aplicación y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, como autoridad local, de aquellos hechos que resulten alcanzados por la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240, y de los que hayan tomado conocimiento en razón del cargo. Referencia: Res. PGN01/02

            Ver resoluciones

      • PGN - 1 - 2002 - Nicolas Becerra, 22/01/2002
        • P.G.N. Instrucciones del Sr. Procurador General de la Nación. Lealtad Comercial (Ley 22.802). Protección del Orden Constitucional y la Vida Democrática (Ley 13.077). Defensa del Consumidor (Ley 24.240). Defensa de la Competencia (nro. 25.156).

          I) INSTRUIR a todos los integrantes del Ministerio Público Fiscal de la Nación pare que, en cuanto fuera de su incumbencia en todos los procesos en los cuales intervengan ante los diversos fueros y grados de la Administración de Justicia Nacional , velen por la estricta observancia de las ieyes de Lealtad Comercial (Ley 22.802), de Protección del Orden Constitucional y la Vida Democrática (Ley 13.077), de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) y de Defensa de la Competencia (nro. 25.156).

          Ver resoluciones

    • DELEGACIÓN DE LA INSTRUCCIÓN
      • PGN - 99 - 2011 - Esteban Righi, 01/11/2011
        • Instrucciones del Sr. Procurador General de la Nación: causas delegadas.

          El Sr. Procurador General de la Nación dispone que los fiscales en materia penal comuniquen a esta Procuración General, a través de la Secretaría General de Coordinación Institucional y con copia de los antecedentes pertinentes: (a) toda ocasión en la que reciban causas cuya delegación por aplicación del artículo 196 del Código Procesal Penal de la Nación se produzca después de comenzada la instrucción, en lugar de en la instancia regulada por el artículo 180 de la ley procesal -informando especialmente si ello ocurre con posterioridad a la revocación de un interlocutorio provocada por una apelación del Ministerio Fiscal?; y (b) todos los casos en los que, estando a cargo de una investigación delegada, vean revocada por decisión judicial la delegación ya ordenada. Ref: expediente administrativo interno F 1909/2011; expediente O 7069/2011.

          Ver resoluciones

    • DELITOS
      • Actividades Subversivas (*la Ley 20.840 de Penalidades para las Actividades Subversivas fue abrogada por la Ley 25.602)
        • MP - 42 - 2002 - Nicolas Becerra, 09/05/2002
          • MANTENIMIENTO DE LA ACCIÓN PENAL. LEY 20.840.

            Se instruye a todos los integrantes del Ministerio Público Fiscal en materia criminal y correccional federal para que, en las causas cuyo objeto procesal esté integrado por hechos que se adecuan a las disposiciones de la vigente ley 20.840, agoten las diligencias y recursos procesales a su alcance tendientes al mantenimiento en cada caso de la acción penal, al resguardo de los intereses públicos que le han sido confiados y a la profundización de las pesquisas (conf. al criterio sostenido a través de las Resoluciones Nº 3/86, 25/88, 96/93 y 39/95), en cuanto ello sea compatible con el debido proceso legal, por cuyo respeto también deben velar (artículo 40, inciso a, ley 24.946).

            Ver resoluciones

      • Adulteración de medicamentos y su posterior comercialización
        • PGN - 173 - 2008 - Esteban Righi, 18/12/2008
          • Convenios: "Convenio de Cooperación Interinstitucional" con la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica: ANMAT.

            Las acciones de fortalecimiento interinstitucional desplegadas por la Secretaría General de Coordinación Institucional en aras de brindar adecuadas herramientas de investigación e infraestructura a la "Comisión para la investigación de hechos ilícitos relacionados con la adulteración de medicamentos y su posterior comercialización" ?creada por Res. MP 54/97 Y concordantes-, con el objeto de consolidar la cooperación interinstitucional con la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y en virtud de que se considera necesario fortalecer los recursos de infraestructura asignados a la citada Comisión de Fiscales, ítem que será provisto por la ANMA T al facilitar el uso de un inmueble con el objeto de ser destinado al desarrollo de tareas inherentes a la tramitación e investigación de causas vinculadas con la adulteración y falsificación de medicamentos para su posterior comercialización. Por ello se dispone la protocolización del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscripto entre el Ministerio Público Fiscal de la Nación y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

            Ver resoluciones

      • Apremios Ilegales
        • PGN - 3 - 2011 - Esteban Righi, 18/02/2011
          • Derechos Humanos: Aprobación del Protocolo de actuación del Ministerio Público Fiscal para la investigación de severidades, vejaciones, apremios ilegales y torturas.

            Que el Estado argentino, al ratificar diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, asumió frente a la comunidad internacional el compromiso de adoptar en el ámbito de su jurisdicción todas las medidas que resulten necesarias con el objeto de prevenir, sancionar y erradicar la tortura así como otros tratos o penas igualmente crueles, inhumanas o degradantes. Tales compromisos adquirieron jerarquía constitucional con motivo de la reforma constitucional de 1994, que incorporó al artículo 75 inc. 22, entre otros tratados, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de las Naciones Unidas y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Que por su parte la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de las Naciones Unidas establece la obligación de los Estados partes de tomar todas las medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole eficaces para impedir los actos de tortura en todo territorio que se encuentre bajo su jurisdicción, de velar porque las autoridades competentes procedan a una investigación pronta e imparcial de estos delitos, de someter a enjuiciamiento a las personas respecto de las cuales se presuma que han cometido esta clase de delitos y de aplicar penas que consideren la gravedad de los hechos. Por lo expuesto, el Sr. Procurador General de la Nación resuelve aprobar el Protocolo de actuación del Ministerio Público Fiscal para la investigación de severidades, vejaciones, apremios ilegales y torturas, al que los Sres. Fiscales con competencia penal de todo el país ajustarán las investigaciones en las que intervengan.

            Ver resoluciones

      • Apropiación y/o sustitución de identidad.
        • MP - 151 - 2023 - Eduardo Ezequiel Casal, 21/07/2023
          • DEJAR EN FUNCIONES, en reemplazo del suscripto, a la señora Procuradora Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctora Laura MONTI, a partir del día 26 hasta el 28 de julio del año en curso.

            I.-DEJAR EN FUNCIONES, en reemplazo del suscripto, a la señora Procuradora Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctora Laura MONTI, a partir del día 26 hasta el 28 de julio del año en curso, ambos inclusive.

            Ver resoluciones

      • Contrabando
        • PGN - 165 - 2005 - Esteban Righi, 22/12/2005
          • Código Aduanero

            Se instruye a los fiscales con competencia en materia penal que deberán sostener la constitucionalidad de la norma contenida en el artículo 872 del Código Aduanero, en cuanto establece la equiparación de marco punitivo entre la tentativa del delito de contrabando y el contrabando consumado, frente a un eventual planteo de inconstitucionalidad.

            Ver resoluciones

      • Daños
        • PGN - 8 - 1988 - Andres Jose D'Alessio, 08/04/1988
          • LEYENDAS O INSCRIPCIONES CALLEJERAS: DELITO DE DAÑO.

            Por el incremento de leyendas o inscripciones que dañan la propiedad pública o privada; deteriorando el bien y menoscabando el derecho a la propiedad, se instruye a los Fiscales de las Cámaras Nac. de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de capital y del interior, al igual que los Procuradores Fiscales de 1ª Instancia, para que los hechos se encuadren dentro de los Arts .183 y 184, inc. 5º del C.P., según el caso. Referencias: Fallos de la Cámara. Nac. en lo Crim. y Correc.: Sala I "Lerner, Natalio y otros" del 28/09/65;SALA IV " Quinteros; Juan C y otros"- 29/03 /63; Sala V "Rodríguez, C y otros "del 20/10/66; Sala VI "Rojas, Manuel R." 7/11/69, en L.L. 138-629, entre otros.

            Ver resoluciones

      • Delitos contra la Administración Pública o cometidos por Funcionarios Públicos
        • Delitos contra la Integridad Sexual
          • PGN - 140 - 2004 - Esteban Righi, 23/09/2004
            • DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL.

              Se solicita al Jefe de la Policía Federal Argentina que disponga lo necesario a fin de que en todas las comisarías y dependencias, que en el ámbito de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, reciban una denuncia por un delito contra la integridad sexual instruya a la víctima sobre la conveniencia de recibir asistencia médica inmediata. Se recomienda que, en tanto la noticia del ilícito tenga lugar entre las 8:00 y las 20:00 hs. de cualquier día hábil, recurrir a la intervención de la Oficina de Asistencia Integral a la Víctima del delito a fin de propiciar la derivación efectiva de la víctima. Referencia: PGN126/04

              Ver resoluciones

        • Delitos Informáticos
          • PGN - 82 - 2008 - Esteban Righi, 10/07/2008
            • Comisión de trabajo: Investigación de delitos informáticos: designación de los Dres. Ricardo Sáenz, Marcos Salt y Pablo Palazzi: Fiscalía General de Formación, Capacitación y Estudios Superiores.

              Se conforma una comisión de trabajo integrada por el Dr. Ricardo Sáenz, y los Dres. Marcos Salt y Pablo Palazzi en carácter de consultores externos ad-honorem, a efectos de elaborar un protocolo de investigación de delitos informáticos y de alta tecnología y organizar, conjuntamente con la Fiscalía General de Formación, Capacitación y Estudios Superiores un seminario específico sobre la materia, a la luz de las nuevas modalidades delictivas y problemáticas que suscitan este tipo de investigaciones y que dieran lugar a la presentación de marras. Se deja sin efecto las resoluciones MP45/00, MP 96/00, MP87/01 y PGN42/05.

              Ver resoluciones

        • Delitos Tributarios
          • PGN - 18 - 2018 - Eduardo Ezequiel Casal, 21/02/2018
            • Instruye a los señores fiscales con competencia en materia penal para que asuman la interpretación señalada en la Resolución PGN 5/12.

              I: Instruir a los señores fiscales con competencia en materia penal para que asuman la interpretación señalada en la Resolución PGN 5/12 y, en consecuencia, se opongan a la aplicación retroactiva de la ley n° 27430 en cuanto dispone aumentos de las sumas de dinero que establecen un límite a la punibilidad de los delitos tributarios y de contrabando.

              Ver resoluciones

        • Evasión
          • PGN - 18 - 2018 - Eduardo Ezequiel Casal, 21/02/2018
            • Instruye a los señores fiscales con competencia en materia penal para que asuman la interpretación señalada en la Resolución PGN 5/12.

              I: Instruir a los señores fiscales con competencia en materia penal para que asuman la interpretación señalada en la Resolución PGN 5/12 y, en consecuencia, se opongan a la aplicación retroactiva de la ley n° 27430 en cuanto dispone aumentos de las sumas de dinero que establecen un límite a la punibilidad de los delitos tributarios y de contrabando.

              Ver resoluciones

        • Exacciones Ilegales (Arts. 266,267 y 268 CP)
          • MP - 12 - 1997 - Aguero Iturbe Angel Nicolas, 28/02/1997
            • DESACUERDO FUNDAMENTAL: CRITERIOS ESTABLECIDOS PARA EL DELITO DE EXACCIONES ILEGALES: MANTENIMIENTO DE LA ACCIÓN.

              Se dispone que ante la diversidad de interpretaciones sobre el término "dádiva" y al momento de consumación del hecho se debe preferir aquella que conduzca al mantenimiento de la acción penal.

              Ver resoluciones

        • Lavado de Dinero
          • PGN - 1335 - 2013 - Alejandra Gils Carbó, 12/07/2013
            • Convenios de Cooperación Interinstitucional con el Ministerio Público de Chile (Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Inmigrantes; Delitos Económicos y Lavado de Activos, Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas y Conexos).

              Artículo I.- DISPONER la protocolización de los Convenios de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio Público Fiscal de la República Argentina y el Ministerio Público de Chile en materia de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Inmigrantes, de Delitos Económicos y Lavado de Activos, y de Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas y Conexos, que obran como anexos de la presente.

              Ver resoluciones

        • Malversación de Caudales Públicos (art. 263 CP)
          • MP - 82 - 1996 - Aguero Iturbe Angel Nicolas, 30/10/1996
            • DESACUERDO FUNDAMENTAL: DELITO DE MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS: MANTENIMIENTO DE LA ACCIÓN.

              Se establece como criterio a aplicar por los integrantes del Ministerio Público, en virtud de las disposiciones que obligan a preferir la interpretación de las normas que conduzcan al mantenimiento y no a la extinción de la acción penal, que el bien jurídico tutelado en el delito de malversación de caudales públicos, la administración de justicia, se ve afectado con la sola posibilidad (susceptible de ser acreditada de diversas formas y no solamente a través del procedimiento de intimación previa) de no poder disponer el órgano jurisdiccional de los bienes embargados, a causa de haber sido sustraídos de la esfera de custodia constituida a fin de garantizarlos.

              Ver resoluciones

        • Narcotráfico
          • PGN - 1335 - 2013 - Alejandra Gils Carbó, 12/07/2013
            • Convenios de Cooperación Interinstitucional con el Ministerio Público de Chile (Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Inmigrantes; Delitos Económicos y Lavado de Activos, Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas y Conexos).

              Artículo I.- DISPONER la protocolización de los Convenios de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio Público Fiscal de la República Argentina y el Ministerio Público de Chile en materia de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Inmigrantes, de Delitos Económicos y Lavado de Activos, y de Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas y Conexos, que obran como anexos de la presente.

              Ver resoluciones

        • Protección del Orden Constitucional y la Vida Democrática (Ley 23.077)
          • Residuos Peligrosos
            • PGN - 31 - 2010 - Esteban Righi, 07/04/2010
              • Delitos en Particular: Residuos Peligrosos: Competencia.

                El Sr. Procurador General de la Nación resuelve instruir a los señores fiscales con competencia penal que integran el Ministerio Público Fiscal de la Nación para que adopten los criterios sostenidos por la Procuración General y la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los precedentes citados en los considerandos y, en consecuencia, en las acciones penales que deriven de la comisión de los delitos tipificados en el cap. IX de la ley 24.051, postulen la competencia federal o local según que las sustancias, mencionadas en las leyes 24.051 y 25.612, pudieran o no afectar a las personas o al medio ambiente más allá de los límites de la provincia. Asimismo, se deroga la Res. PGN 72/02 y toda normativa interna que se oponga al criterio adoptado en la presente. Ref: expte. interno M 10.565/09; PGN 72/02.

                Ver resoluciones

          • Secuestro Extorsivo (Art. 170 del CP)
            • PGN - 79 - 2011 - Esteban Righi, 19/08/2011
              • Instrucciones del Sr. Procurador General de la Nación. Secuestros Extorsivos.

                La dirección de la investigación por parte de los Sres. Fiscales se ha enfrentado con un tipo delictivo con características particulares entre las que se destaca, además de su gravedad y urgencia, la de ser un delito en curso de ejecución. Esta última característica conduce a la convergencia inevitable de actuación de dos poderes del Estado con cometidos y competencias legalmente diferentes: el Ministerio Público Fiscal y el Poder Ejecutivo Nacional, a través de las fuerzas de seguridad. Ese momento se presenta cuando la víctima del delito se encuentra todavía privada de la libertad, con riesgo para su vida, mientras operan las o demandas extorsivas de los captores. La aludida convergencia de funciones ha llevado a interpretaciones diferentes en torno a qué funcionario es competente -o mejor dicho qué el departamento de Estado lo es para decidir sobre algunas cuestiones que el caso y regularmente va presentando en ese momento, entre las cuales se destaca la relativa a quién debe decidir sobre la oportunidad y el modo de hacer cesar el delito en curso. Para dar respuesta a esta importante cuestión es preciso antes reconocer que las competencias de ambos poderes son distintas en tanto el reparto de funciones establecidas por la Constitución nacional y sus leyes reglamentarias así lo prescriben. La tarea preventiva consistente en evitar la consumación del delito o disponer su cese es eminentemente administrativa y pertenece, en consecuencia, a la órbita de funciones exclusivas y excluyentes del Poder Ejecutivo Nacional y las fuerzas de seguridad que de él dependan, mientras que la actividad de investigación judicial en este caso delegada por ley en el Ministerio Público Fiscal- requiere para su desenvolvimiento de un proceso y de un caso ya sucedido que reclame la verificación acerca de su posible subsunción en una norma. Esta última función importa determinar los hechos que sirvan para mostrar la verdad de lo sucedido y, entre ellos, individualizar a los autores y partícipes en él. Si bien es cierto que los casos de secuestro extorsivo pueden presentar diferencias entre unos y otros, lo es también que a partir de esta distinción es posible derivar ciertas líneas o principios de actuación que pueden, y deben, permanecer al margen de la variedad casuística. Por lo dicho, en supuestos como el indicado, en que la actuación de los Sres. fiscales puede verse superpuesta con la actividad de fuerzas de seguridad comprometidas con hacer cesar el desarrollo de un delito que se ha comenzado a ejecutar (meta preventiva), la función de los Sres. fiscales debe atenerse al aseguramiento de aquellos elementos necesarios para probar la existencia y las características del tramo del hecho ya sucedido y la identidad de el o los intervinientes en su comisión. Por consiguiente, la tarea de los Sres. fiscales se limita a dirigir a las fuerzas policiales única y exclusivamente en lo que concierne a la recolección de elementos de prueba necesarios y válidos para sostener una imputación. Por el contrario, y como lo establecen específicamente los artículos 183 y 186 del Código Procesal Penal de la Nación, tanto en los casos de flagrancia como en delitos de efectos permanentes (como el secuestro extorsivo) es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, a través de las fuerzas de seguridad, disponer lo necesario para hacer cesar el delito. Ref: Ley 24.946, art. 33 inc. "c", inc. "i".

                Ver resoluciones

          • Tenencia de Armas de Guerra
            • MP - 41 - 1995 - Aguero Iturbe Angel Nicolas, 28/04/1995
              • DESACUERDO FUNDAMENTAL (ART. 67 CPPN) CRITERIO SOBRE TENENCIA DE ARMA DE GUERRA: MANTENIMIENTO DE LA ACCIÓN.

                Se instruye a los Sres. Fiscales a adoptar el criterio sentado en los considerandos de la presente instrucción sobre la interpretación del artículo 189 bis del código penal, acorde al criterio seguido por la Corte Suprema en Fallos 304:140. En este sentido debe interpretarse que la determinación de qué es "peligroso" para comprometer el bien jurídico tutelado no está librado a la apreciación de los jueces, sino que ha de tenerse en cuenta lo que se desprenda de la ley 20.429 de armas y explosivos y su reglamentación..

                Ver resoluciones

          • Tenencia, Suministro y Tráfico de Estupefacientes (Ley 23.737; actualizada por Ley 26.052)
            • MP - 20 - 1996 - Aguero Iturbe Angel Nicolas, 28/03/1996
              • INSTRUCCIONES GENERALES Y PARTICULARES . MANTENIMIENTO DE LA ACCIÓN PENAL.

                1. Instruir a los integrantes del Ministerio Público Fiscal con competencia en materia penal a fin de que ajusten su actuación a las consideraciones efectuadas en el apartado V de la presente resolución

                Ver resoluciones

          • Trata de personas
            • PGN - 95 - 2018 - Eduardo Ezequiel Casal, 27/09/2018
              • Guía de Buenas Prácticas para la Realización de Allanamientos en la Investigación de los Delitos de Trata y Explotación de Personas

                Artículo Io. DISPONER la protocolización de la Guía de Buenas Prácticas para la Realización de Allanamientos en la Investigación de los Delitos de Trata y Explotación de Personas, suscripta por la Procuración General de la Nación, el Ministerio de Seguridad de la Nación y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación el día 27 de septiembre del año en curso en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que obra como anexo de la presente.

                Ver resoluciones

          • DENUNCIAS DE OFICIO
            • PGN - 27 - 1993 - Oscar Lujan Fappiano, 26/04/1993
              • Denuncias de Oficio: Trámite.

                Se instruye a los Fiscales ante la Cámara Nacional de Casación Penal, Cámaras de Apelaciones y ante los Tribunales Orales de todos los fueros, para que en caso de recibir denuncias de particulares o que ellos mismos deseen formular, se deberá proceder por intermedio de los Agentes Fiscales ante los Juzgados Federales, en lo Penal Económico, de Instrucción, en lo Correccional o de Menores (según corresponda por razones de competencia) y a través del Fiscal de Cámara respectivo, con noticia a esta Procuración General . Se encomienda a los Sres. Procuradores Fiscales de la Corte Suprema, la coordinación de esta tarea.

                Ver resoluciones

          • DEPARTAMENTO DE INTERCEPTACIÓN Y CAPTACIÓN DE LAS COMUNICACIONES (DICOM)
            • DERECHOS HUMANOS
              • Convención sobre los Derechos del Niño
                • PGN - 30 - 1997 - Nicolas Becerra, 04/08/1997
                  • DERECHOS HUMANOS: CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO: OPERATIVIDAD.

                    Art. 1 : Instruir con carácter general, a todos los funcionarios de la Procuración General de la Nación, que deberán plantear en todos los casos en que intervengan, la operatividad de los derechos y garantías de los niños, que consagra la Convención respectiva, incorporada en nuestra Constitución Nacional, art. 75 inc . 22. A ese efecto se deberá tener en cuenta la jerarquía constitucional de dicha Convención, y su supremacía normativa sobre la legislación procesal, de patronato nacional, y toda otra disposición legal, que contraríe la Convención citada.

                    Ver resoluciones

              • Convocatoria CSJN
                • PGN - 26 - 2009 - Esteban Righi, 12/03/2009
                  • Representación del Ministerio Público Fiscal: Dres. Jorge Eduardo Auat y Pablo Fernando Parenti.

                    Se resuelve designar como representantes del Ministerio Público para trabajar en áreas de superintendencia en el marco de la convocatoria efectuada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a los Dres. Jorge Eduardo Auat y Pablo Fernando Parenti, fiscal a cargo y coordinador, respectivamente, de la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado.

                    Ver resoluciones

              • Derecho a la identidad
                • PGN - 1226 - 2013 - Alejandra Gils Carbó, 19/06/2013
                  • DERECHOS HUMANOS. Derecho a la identidad.

                    Se deja sin efecto la designación del doctor Félix Crous para representar a la Procuración General de la Nación ante la Comisión por el Derecho a la Identidad del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Se delega en los señores coordinadores de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo de listado, doctores Martín Nilklison y Pablo Parenti, la representación de la Procuración General de la Nación ante la Comisión por el Derecho a la Identidad del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

                    Ver resoluciones

              • Derecho a la identidad biológica
                • PGN - 435 - 2012 - Alejandra Gils Carbó, 23/10/2012
                  • Derechos Humanos: Creación de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo Estado.

                    La Procuración General ha sostenido que los casos de crímenes contra la humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado en nuestro país exigen una búsqueda comprometida de la verdad y la justicia, como contribución esencial a la reconstrucción del tejido social y de los mecanismos institucionales del Estado, que permitan evitar una repetición de hechos de similar naturaleza. Cobra aquí interés particular referirse a los casos de apropiación de niños. Debe señalarse que la especificidad y entidad de las investigaciones por casos de apropiación demandan un tratamiento y dedicación especial que hacen necesario disponer de los recursos correspondientes para fortalecer la intervención del Ministerio Publico Fiscal en esta clase de causas. A los efectos de garantizar una adecuada implementación de las medidas y objetivos pautados en la resolución PGN 398/12, resulta necesario centralizar las tareas de diseño, de estrategias, asesoramiento, coordinación y seguimiento de la actuación de los fiscales que entienden en estos casos. La Unidad Fiscal de Coordinación viene realizando un intenso trabajo que es necesario capitalizar, reforzar y desarrollar. En este sentido, la Procuradora General de la Nación, resuelve disponer la creación de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado y, designar como coordinadores a los doctores Martín Niklison y Pablo Parenti, quienes tendrán facultades de intervención como fiscal coadyuvante y ad hoc — respectivamente— en las diferentes causas en trámite y en todas las instancias.

                    Ver resoluciones

              • Disposiciones generales en relación a causas por violaciones a los derechos humanos
                • PGN - 49 - 2007 - Esteban Righi, 15/05/2007
                  • Reunión de Fiscales Generales y Fiscales ante los jueces de primera instancia de las jurisdicciones de Bahía Blanca, Mar del Plata, Comodoro Rivadavia y General Roca que actúen en causas por violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado.

                    Artículo 1 °: CONVOCAR a una reunión de Fiscales Generales y Fiscales ante los jueces de primera instancia de las jurisdicciones de Bahía Blanca, Mar del Plata, Comodoro Rivadavia y General Roca que actúen en causas por violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado. Artículo 2°: La reunión se realizará en la sede de la Procuración General de la Nación, el día 23 de mayo de 2007 a partir de las 10.30 horas. Artículo 3°: AUTORIZAR a la Secretaría Gener Administración a efectuar los gastos necesarios para la realización de la reunión..-niencion a en el artículo 1 °.

                    Ver resoluciones

              • Garantía de un trato humanitario y de una eventual muerte digna a detenidos con una salud severamente comprometida (SIDA,enfermedad terminales)
                • PGN - 18 - 1997 - Nicolas Becerra, 17/06/1997
                  • DERECHOS HUMANOS: PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD: ENFERMOS TERMINALES: TRATO HUMANITARIO.

                    Se instruye a los Fiscales Nacionales y Federales para que en todos los casos de personas privadas de su libertad con salud muy comprometida -ya sea por efecto del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) u otra enfermedad de carácter Terminal- agoten los medios legales a su alcance para garantizarle un trato humanitario y una muerte digna, efectuando las peticiones que resulten necesarias ante las autoridades administrativas y judiciales que correspondan. Se adoptan como criterios orientadores los parámetros clínicos establecidos en el acta que acompaña la resolución.

                    Ver resoluciones

              • Imputados con detención domiciliaria
                • PGN - 71 - 2012 - Luis Santiago González Warcalde, 11/07/2012
                  • Instrucciones del Sr. Procurador General de la Nación. Prisión domiciliaria.

                    La prisión preventiva bajo la modalidad de detención domiciliaria, en causas por crímenes contra la humanidad, presenta ciertas dificultades en orden a evitar la fuga de los imputados o el entorpecimiento de las investigaciones. De hecho, la Unidad Fiscal de Coordinación expresó que a raíz de la fuga de algunas personas que se encontraban bajo arresto domiciliario se pudo observar que, en muchos casos, la autoridad migratoria nacional no había sido notificada de las detenciones domiciliarias dispuestas. Los fiscales deben cuidar que exista -por parte del tribunal interviniente o por parte de la propia fiscalía- una debida comunicación a las autoridades competentes de que se ha dispuesto una detención domiciliaria y que esta medida exige, entre otros aseguramientos, que se tenga en cuenta la prohibición de salir del país. Además, estas dificultades también ocurren en otro tipo de procesos penales. Es base a estas consideraciones, el Señor Procurador General de la Nación, Dr. González Warcalde, dispone instruir "a todos los fiscales del país para que en los procesos penales en los que existan imputados bajo detención domiciliaria, cualquiera sea la instancia por la que transiten, se aseguren de que exista -por parte del tribunal interviniente o por parte de la propia fiscalía- una debida comunicación a las autoridades competentes en materia migratoria de que se ha dispuesto una detención domiciliaria y que deberán poner un especial cuidado para que, en caso de intentarlo, no puedan salir del país".

                    Ver resoluciones

              • Juicios por la verdad
                • MP - 63 - 2002 - Nicolas Becerra, 24/07/2002
                  • SUBROGANCIA - JUICIOS POR LA VERDAD

                    Se designa al Fiscal PGN, Dr. Juan Andrés Necol, en carácter de fiscal subrogante a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 8 de la Capital Federal, mientras permanezca vigente la designación del Dr. Félix Pablo Crous en el juicio por la verdad. Referencia: Res. PGN46/02

                    Ver resoluciones

              • Planteos dilatorios y obstaculización de investigaciones en causas por derechos humanos
                • PGN - 73 - 1998 - Nicolas Becerra, 23/09/1998
                  • DERECHOS HUMANOS: JUICIOS POR LA VERDAD: EVITAR PLANTEOS DILATORIOS.

                    Se instruye a los Fiscales de todos los fueros e instancias a efectos de que en todas las causas en que se investiguen o se han investigado ilícitos vinculados con violaciones a los derechos humanos, acaecidas entre los años 1976 y 1983, realicen todas las medidas procesales a su alcance a efectos de colaborar con los familiares de personas desaparecidas en ese período, que pretendan obtener información sobre el destino de las víctimas y eviten la realización de planteos de competencia que puedan provocar obstaculización de las tareas de investigación o una indebida dilación.

                    Ver resoluciones

              • Prescripción / Mantenimiento de la acción penal pública
                • Programa Verdad y Justicia
                  • PGN - 66 - 2007 - Esteban Righi, 05/06/2007
                    • Programa Verdad y Justicia: designación de los Dres. Jorge Eduardo Auat y Pablo Fernando Parenti.

                      Se designan como representantes del Ministerio Público Fiscal ante el Consejo Asesor del Programa Verdad y Justicia de la Jefatura de Gabinete del Poder Ejecutivo Nacional a los Dres. Jorge Eduardo Auat y Pablo Fernando Parenti. Referencia: Decreto PEN606/2007; Res PGN14/07.

                      Ver resoluciones

                • Sistematización de información en causas penales
                  • PGN - 68 - 2006 - Esteban Righi, 30/05/2006
                    • Unidad de Asistencia para causas por violación a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado: Sistematización de información en causas penales Política Criminal y Gobierno del Ministerio Público Fiscal.

                      Se dispone que la información que las fiscalías federales remitan a la citada Unidad, en el marco de lo ordenado por las Resoluciones PGN56/01; PGN138/05 y concordantes, observe las condiciones establecidas en el instructivo aprobado por la presente resolución. Se dispone que las fiscalías de todo el país deberán prestar la colaboración necesaria a la Unidad para que su personal pueda obtener una actualización de la información en un intervalo menor que el establecido para los informes bimestrales. Ello, sin perjuicio de la información que las fiscalías deben brindar en virtud de lo dispuesto en el art. 30 de la LOMP. Referencia: Arts. 11, 25 y 33 LOMP; Res. PGN73/98; PGN40/99; PGN15/00; PGN56/01; PGN138/05; expte. M2505/2004.

                      Ver resoluciones

                • Sustracción de menores
                  • PGN - 435 - 2012 - Alejandra Gils Carbó, 23/10/2012
                    • Derechos Humanos: Creación de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo Estado.

                      La Procuración General ha sostenido que los casos de crímenes contra la humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado en nuestro país exigen una búsqueda comprometida de la verdad y la justicia, como contribución esencial a la reconstrucción del tejido social y de los mecanismos institucionales del Estado, que permitan evitar una repetición de hechos de similar naturaleza. Cobra aquí interés particular referirse a los casos de apropiación de niños. Debe señalarse que la especificidad y entidad de las investigaciones por casos de apropiación demandan un tratamiento y dedicación especial que hacen necesario disponer de los recursos correspondientes para fortalecer la intervención del Ministerio Publico Fiscal en esta clase de causas. A los efectos de garantizar una adecuada implementación de las medidas y objetivos pautados en la resolución PGN 398/12, resulta necesario centralizar las tareas de diseño, de estrategias, asesoramiento, coordinación y seguimiento de la actuación de los fiscales que entienden en estos casos. La Unidad Fiscal de Coordinación viene realizando un intenso trabajo que es necesario capitalizar, reforzar y desarrollar. En este sentido, la Procuradora General de la Nación, resuelve disponer la creación de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado y, designar como coordinadores a los doctores Martín Niklison y Pablo Parenti, quienes tendrán facultades de intervención como fiscal coadyuvante y ad hoc — respectivamente— en las diferentes causas en trámite y en todas las instancias.

                      Ver resoluciones

                • Sustracción y sustitución de la identidad de hijos de desaparecidos
                  • PGN - 435 - 2012 - Alejandra Gils Carbó, 23/10/2012
                    • Derechos Humanos: Creación de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo Estado.

                      La Procuración General ha sostenido que los casos de crímenes contra la humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado en nuestro país exigen una búsqueda comprometida de la verdad y la justicia, como contribución esencial a la reconstrucción del tejido social y de los mecanismos institucionales del Estado, que permitan evitar una repetición de hechos de similar naturaleza. Cobra aquí interés particular referirse a los casos de apropiación de niños. Debe señalarse que la especificidad y entidad de las investigaciones por casos de apropiación demandan un tratamiento y dedicación especial que hacen necesario disponer de los recursos correspondientes para fortalecer la intervención del Ministerio Publico Fiscal en esta clase de causas. A los efectos de garantizar una adecuada implementación de las medidas y objetivos pautados en la resolución PGN 398/12, resulta necesario centralizar las tareas de diseño, de estrategias, asesoramiento, coordinación y seguimiento de la actuación de los fiscales que entienden en estos casos. La Unidad Fiscal de Coordinación viene realizando un intenso trabajo que es necesario capitalizar, reforzar y desarrollar. En este sentido, la Procuradora General de la Nación, resuelve disponer la creación de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado y, designar como coordinadores a los doctores Martín Niklison y Pablo Parenti, quienes tendrán facultades de intervención como fiscal coadyuvante y ad hoc — respectivamente— en las diferentes causas en trámite y en todas las instancias.

                      Ver resoluciones

                • Testigos
                  • PGN - 143 - 2006 - Esteban Righi, 28/09/2006
                    • Unidad de asistencia para causas por violación a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado.

                      Se instruye a los fiscales para que en caso de recibir amenazas con motivo de su intervención o de la intervención de algún otro miembro de este Ministerio Público en las causas que se investiga violaciones de los derechos humanos cometidas durante el último gobierno de facto o de tomar conocimiento de hechos de amenazas sufridas por otras personas con motivo del trámite de las causas referidas, inmediatamente formulen la correspondiente denuncia. Se instruye al fiscal general (subrogante) a cargo de la Unidad para que elabore y mantenga actualizado un listado de testigos convocados en las causas de mención, así como un calendario de juicios orales a celebrarse próximamente, a fin de que el Poder Ejecutivo Nacional pueda garantizar su seguridad a través de las medidas que estime conveniente, en el marco de los programas de su competencia. Se dispone que la Unidad intervenga en carácter de coadyuvante, en forma conjunta o alternada, en las causas por amenazas y en aquellas otras ya iniciadas por el mismo motivo. Referencia: Res. PGN163/04.

                      Ver resoluciones

                • PGN - 3523 - 2016 - Alejandra Gils Carbó, 21/11/2016
                  • Informe implementación de la Ley de Acceso a la Información Pública en MPF. Prórroga mandato conferido PGN 2938/16-Dirección General de Derechos Humanos

                    Artículo 1: PRORROGAR el mandato conferido mediante la Resolución PGN N° 2938/16 a la Dirección General de Derechos Humanos de esta Procuración General de la Nación hasta el 19 de diciembre de 2016.

                    Ver resoluciones

              • DESACUERDO FUNDAMENTAL
                • MP - 180 - 2022 - Eduardo Ezequiel Casal, 12/08/2022
                  • Disponer que el doctor Juan Manuel Pettigiani, titular de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral de Mar del Plata, continúe ejerciendo la representación del Ministerio Público Fiscal de la Nación en los autos FMP 4311/2017/T02.

                    I. DISPONER que el doctor Juan Manuel Pettigiani, titular de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral de Mar del Plata, continúe ejerciendo la representación del Ministerio Público Fiscal de la Nación en los autos FMP 4311/2017/T02, caratulados “Londoño Aguirre Uver Arney y otros s/Inf. Art. 303 CP”, que tramitan ante ese tribunal, por las razones expuestas en los Considerandos.

                    Ver resoluciones

              • DESCENTRALIZACION DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
                • La Boca
                  • MP - 129 - 2011 - Esteban Righi, 06/12/2011
                    • Designación de Fiscales: Dr. Rubén Alberto Hermida.

                      I.- DESIGNAR, a partir del día de la fecha, al doctor Rubén Alberto Hermida (DNI. 23.249.547), en carácter de Fiscal "Ad Hoc" de la Fiscalía de Distrito de los Barrios de Nueva Pompeya y Parque de los Patricios, de la Boca y de Saavedra - Núñez, para desempeñarse en forma conjunta o alternada con los señores Fiscales titulares de esas dependencias (art. 11 de la Ley 24.946)

                      Ver resoluciones

                • Partido de La Costa, Pinamar y Villa Gesell
                  • MP - 112 - 2006 - Esteban Righi, 21/11/2006
                    • Oficina Fiscal en Jurisdicción del Partido de la Costa.

                      Se autoriza el funcionamiento de la Oficina del Ministerio Público Fiscal en la jurisdicción de la Fiscalía Federal de Dolores para el Partido de la Costa, Pinamar y Villa Gesell durante el año 2007. Referencia: Expte. interno M6496/05; M8121/06; Res. MP77/05; MP44/06.

                      Ver resoluciones

                • Pompeya
                  • MP - 129 - 2011 - Esteban Righi, 06/12/2011
                    • Designación de Fiscales: Dr. Rubén Alberto Hermida.

                      I.- DESIGNAR, a partir del día de la fecha, al doctor Rubén Alberto Hermida (DNI. 23.249.547), en carácter de Fiscal "Ad Hoc" de la Fiscalía de Distrito de los Barrios de Nueva Pompeya y Parque de los Patricios, de la Boca y de Saavedra - Núñez, para desempeñarse en forma conjunta o alternada con los señores Fiscales titulares de esas dependencias (art. 11 de la Ley 24.946)

                      Ver resoluciones

                • Saavedra - Núñez
                  • MP - 129 - 2011 - Esteban Righi, 06/12/2011
                    • Designación de Fiscales: Dr. Rubén Alberto Hermida.

                      I.- DESIGNAR, a partir del día de la fecha, al doctor Rubén Alberto Hermida (DNI. 23.249.547), en carácter de Fiscal "Ad Hoc" de la Fiscalía de Distrito de los Barrios de Nueva Pompeya y Parque de los Patricios, de la Boca y de Saavedra - Núñez, para desempeñarse en forma conjunta o alternada con los señores Fiscales titulares de esas dependencias (art. 11 de la Ley 24.946)

                      Ver resoluciones

                • MP - 127 - 2019 - Eduardo Ezequiel Casal, 11/06/2019
                  • Creación de la Fiscalia de Distrito de Salta.

                    I. DISPONER, a partir del 10 de junio de 2019, la creación de la FISCALÍA DE DISTRITO DE SALTA, conformada por la Unidad Fiscal Salta, la Unidad Fiscal Jujuy, la Sede Fiscal Descentralizada San Ramón de la Nueva Oran y la Sede Fiscal Descentralizada Tartagal, conforme la integración y distribución de funciones que surgen del punto II de los Considerandos y los ANEXOS I y II de la presente. II. DISPONER que la UNIDAD FISCAL SALTA quedará conformada por las Fiscalías Generales ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal N° 1 y 2, y las Fiscalías Federales de Primera Instancia N° 1 y 2 de Salta. Su organización y distribución de funciones quedan establecidas en el Anexo III de la presente. III. DISPONER que la UNIDAD FISCAL JUJUY quedará conformada por la Fiscalía General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal, las Fiscalías Federales de Primera Instancia N° 1 y 2 de Jujuy, y la Fiscalía Federal de Primera Instancia de Libertador General San Martín. Su organización y distribución de funciones quedan establecidas en el Anexo III de la presente. IV. DISPONER que la SEDE FISCAL DESCENTRALIZADA DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN reemplazará a la Fiscalía Federal de Primera Instanciade esa ciudad. Su organización y distribución de funciones quedan establecidas en el Anexo IV de la presente. V. DISPONER que la SEDE FISCAL DESCENTRALIZADA DE TARTAGAL reemplazará a la Fiscalía Federal de Primera Instancia de esa ciudad. Su organización y distribución de funciones queda establecida en el ANEXO VI de la presente. VI. MANTENER la actuación de las Oficinas de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado de Salta y Jujuy, creadas por Resoluciones PGN nros. 128/06 y 67/12, respectivamente y la Delegación Regional Noroeste (NOA) de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR) con sede en la ciudad de Salta, creada por Resolución PGN N° 2498/2016, en los términos reseñados en el punto II de los Considerandos. VII. ASIGNAR en forma provisional funciones de COORDINACION DEL DISTRITO DE SALTA al doctor Eduardo José Villalba, actualmente a cargo de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, en los términos expuestos en el punto II b) de los Considerandos. VIII. ASIGNAR en forma provisional funciones de FISCAL REVISOR al doctor Francisco Santiago Snopek, en los términos expuestos en el punto II c) de los Considerandos. IX. DESIGNAR en forma provisional titular de la UNIDAD FISCAL SALTA al doctor Eduardo José Villalba. X DESIGNAR a cargo del Área de Atención Inicial de la Unidad Fiscal Salta al doctor Eduardo José Villalba. XI. DESIGNAR a cargo del Área de Flagrancias e investigación y litigación de casos sencillos de la Unidad Fiscal Salta al doctor Francisco Santiago Snopek. XII. DESIGNAR a cargo del Área de investigación y litigación de casos complejos de la Unidad Fiscal Salta al doctor Ricardo Rafael Toranzos. XIII. DESIGNAR a cargo del Área de Transición de la Unidad Fiscal Salta al doctor Carlos Martín Amad. XIV. DESIGNAR a cargo del Área de Ejecución Penal de la Unidad Fiscal Salta al doctor Francisco Santiago Snopek. XV. DESIGNAR a cargo del Área no penal de la Unidad Fiscal Salta al doctor Ricardo Rafael Toranzos, quien por encontrarse a cargo de la fiscalía federal con competencia electoral, continuará desempeñando esas tareas en la jurisdicción. XVI. DESIGNAR a cargo del Área de atención a las víctimas de la Unidad Fiscal Salta al doctor Ricardo Rafael Toranzos. XVII. DESIGNAR en forma provisional titular de la UNIDAD FISCAL DE JUJUY al doctor Federico Aníbal Zurueta. XVIII. DESIGNAR a cargo del Area de Atención Inicial de la Unidad Fiscal Jujuy al doctor Federico Aníbal Zurueta. X IX DESIGNAR a cargo del Área de Flagrancias e investigación y litigación de casos sencillos de la Unidad Fiscal Jujuy al doctor Sebastián Jure. X X DESIGNAR a cargo del Area de investigación y litigación de casos complejos de la Unidad Fiscal de Jujuy al doctor Federico Aníbal Zurueta. XXI. HABILITAR la Fiscalía Federal de Libertador General San Martín, provincia de Jujuy, para integrar la Unidad Fiscal de Jujuy, y en consecuencia, MANTENER la designación del doctor Carlos Alberto Colonnese, interinamente a cargo de la Fiscalía Federal de Primera Instancia de Libertador General San Martín -que integrará la Unidad Fiscal Jujuy-, en los términos dispuestos en el punto II f) de los Considerandos, hasta que razones de índole funcional aconsejen adoptar un temperamento distinto. XXII. DESIGNAR a cargo del Área de Transición de la Unidad Fiscal de Jujuy al doctorearlos Alberto Colonnese. XXIII. DESIGNAR a cargo del Área de Ejecución penal de la Unidad Fiscal de Jujuy al doctor Federico Aníbal Zurueta. XXIV. DESIGNAR a cargo del Área no penal de la Unidad Fiscal de Jujuy al doctor Carlos Alberto Colonnese. XXV. PRECISAR que el doctor Federico Aníbal Zurueta, continuará desempeñando esas tareas de la competencia electoral en la jurisdicción. XXVI. DESIGNAR a cargo del Área de atención a las víctimas de la Unidad Fiscal Jujuy al doctor Sebastián Jure. XXVII. DESIGNAR a cargo de la SEDE FISCAL DESCENTRALIZADA de SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN al doctor José Luis Bruno. XXVIII. DESIGNAR a cargo de la SEDE FISCAL DESCENTRALIZADA de TARTAGAL al doctor Marcos César Romero. XXIX HABILITAR al magistrado a cargo de la Fiscalía de Distrito de Salta a designar 13 auxiliares fiscales para que actúen en representación de esa dependencia, según la distribución reseñada en el punto II f) de los Considerandos. XXX DISPONER UN SISTEMA DE ORGANIZACIÓN TEMPORAL de la Fiscalía de Distrito, las Unidades Fiscales y las Sedes Fiscales Descentralizas que la integran, conforme fue reseñado en el punto III de los Considerandos. XXXI. SOLICITAR un INFORME DE GESTIÓN al Fiscal Coordinador de Distrito, transcurridos 3 meses de la puesta en vigencia del sistema acusatorio en la región, conforme se estableció en el punto III c) de los Considerandos. XXXII. PROTOCOLÍCESE y HÁGASE SABER lo aquí dispuesto al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al Señor Presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, a la señora Presidenta de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, a los fiscales, funcionarios y empleados que integran el Ministerio Público Fiscal de la Nación en la Sección Salta, y a las áreas que correspondan de la Procuración General de la Nación. Cúmplase y oportunamente, archívece.

                    Ver resoluciones

              • DESESTIMACIÓN DE DENUNCIAS
                • MP - 66 - 2005 - Esteban Righi, 19/10/2005
                  • Desestimación de Denuncias.

                    Tanto la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal, como la ley procesal, exigen que los actos -en este caso del Ministerio Público Fiscal- deben estar debidamente fundamentados, más en el caso dónde se trató de una desestimación de una denuncia. Referencia: Expte interno M6228/2004.

                    Ver resoluciones

              • DETENIDOS
                • PGN - 18 - 1997 - Nicolas Becerra, 17/06/1997
                  • DERECHOS HUMANOS: PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD: ENFERMOS TERMINALES: TRATO HUMANITARIO.

                    Se instruye a los Fiscales Nacionales y Federales para que en todos los casos de personas privadas de su libertad con salud muy comprometida -ya sea por efecto del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) u otra enfermedad de carácter Terminal- agoten los medios legales a su alcance para garantizarle un trato humanitario y una muerte digna, efectuando las peticiones que resulten necesarias ante las autoridades administrativas y judiciales que correspondan. Se adoptan como criterios orientadores los parámetros clínicos establecidos en el acta que acompaña la resolución.

                    Ver resoluciones

              • DGIAD/NN- INVESTIGACIONES CON AUTOR DESCONOCIDO
                • PGN - 2307 - 2014 - Alejandra Gils Carbó, 03/10/2014
                  • CREACIÓN. Dirección de Gestión Operativa de Casos. Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos con Autor Desconocido (UFIDAD) pasa a depender funcionalmente de la Dirección de Análisis Criminal y Persecución Penal Estratégica (DAC) .

                    Artículo Io: ESTABLECER que desde el día de la fecha la Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos con Autor Desconocido (UFIDAD) pase a depender funcionalmente de la Dirección de Análisis Criminal y Persecución Penal Estratégica (DAC) y encomendarle a sus titulares que procedan de acuerdo a lo especificado en los considerandos de la presente. Artículo 2o: CREAR, en el ámbito de la Secretaría de Coordinación Institucional, la Dirección de Gestión Operativa de Casos, con las funciones establecidas en los considerandos.

                    Ver resoluciones

              • DIRECCIÓN DE ANÁLISIS CRIMINAL Y PLANIFICACIÓN DE LA PERSECUCIÓN PENAL DAC (convertida en Dirección General por PGN 2636/15)
                • MP - 2987 - 2015 - Alejandra Gils Carbó, 22/09/2015
                  • Designa al señor Fiscal, doctor Diego García Yomha para desempeñarse exclusivamente en la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC); deja sin efecto la designación efectuada del citado, mediante resolución MP 1754/13, punto I.

                    I.- DESIGNAR, al señor Fiscal, doctor Diego García Yomha, para desempeñarse exclusivamente en la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC) y, en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la designación efectuada del citado, mediante resolución MP 1754/13, punto I.

                    Ver resoluciones

              • DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO A LAS INVESTIGACIONES FISCALES (DATIF) * Convertida en DATIP por PGN 2067/15
                • PGN - 70 - 2022 - Eduardo Ezequiel Casal, 14/11/2022
                  • Crea "Equipo de Orientación y Seguimiento en Casos de Violencia de Género" (Oficina de Bienestar Laboral y Resolución de Conflictos) y aprueba su protocolo de intervención. Crea “Equipo de Apoyo a las Investigaciones Judiciales Vinculadas a Cuestiones de Violencia de Género” (DATIP). Se modifica el Régimen de Funcionarios y Empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PGN 128/10); el Reglamento Disciplinario para los/as Magistrados/as del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PGN 2627/15); el Reglamento Disciplinario para Funcionarios y Empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PGN 52/08); el Reglamento para la Selección de Magistrados /as del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PGN 1457/17) y el Reglamento para el Ingreso Democrático e Igualitario al Ministerio Público Fiscal de la Nación (PGN 507/14).

                    I. CREAR el Equipo de Orientación y Seguimiento en Casos de Violencia de Género en el ámbito de la Oficina de Bienestar Laboral y Resolución de Conflictos, creada por Resolución PGN 623/13, que tendrá las misiones y funciones que surgen del ANEXO I. II. APROBAR el Protocolo de actuación del Equipo de Orientación y Seguimiento en casos de Violencia de Género para su intervención específica en casos de violencia basada en el género, orientación sexual o identidad de género en el MPF, que se incorpora como ANEXO II a la presenté resolución. III. MODIFICAR los artículos 20, 35, 48, 56, 80 y 81 e INCORPORAR el artículo 34 bis al Régimen de Funcionarios y Empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Res. PGN 128/10, que quedarán redactados conforme surge del ANEXO III. IV. MODIFICAR los artículos 2, 24, 33, 34 y 53 e INCORPORAR el artículo 19 bis al Reglamento Disciplinario para los/as Magistrados/as del Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Resolución PGN 2627/15, que quedarán redactados conforme surge del ANEXO IV. V. MODIFICAR los artículos 15, 16, 17 e INCORPORAR el artículo 3 bis al Reglamento Disciplinario para Funcionarios y Empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Resolución PGN 52/08 y sus modificatorias, que quedarán redactados conforme surge del ANEXO V. VI. MODIFICAR la redacción de los artículos 3, 6, 7, 14, 20, 35, 42, 43 y 46 del Reglamento para la Selección de Magistrados /as del Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Resolución PGN 1457/17 y sus modificatorias, que quedarán redactados conforme surge del ANEXO VI. VII. MODIFICAR los artículos 16, 18, 22, 26, 44, 51, 57 y 59 del Reglamento para el Ingreso Democrático e Igualitario al Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Resolución PGN 507/14 y sus modificatorias, que quedarán redactados conforme surge del ANEXO VII. VIII. REMITIR a la Dirección de Recursos Humanos copia de esta resolución y copia certificada de la Resolución TE N° 2/21 del Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal de la Nación, para que previo consentimiento de las/os agentes indicadas/os allí como víctimas, sea agregada a sus legajos personales. IX. REMITIR a la Dirección de Recursos Humanos copia de esta resolución y copia certificada de la Resolución TE N° 2/21 para que sea agregada al expediente P 4416/2012. X. DISPONER que se incorpore copia certificada del oficio relativo a la mención por buen desempeño obrante en el expediente P 10860/2013, al legajo personal de la agente allí mencionada. XI. REMITIR copia de esta resolución y copia certificada de la Resolución TE N° 2/21 a la Secretaría General de Administración para que se realicen las gestiones que correspondan para restituir los gastos efectuados por los/as agentes allí mencionados/as en fotocopias y alquiler de una fotocopiadora cuando se encontraban prestando servicios en la Fiscalía N° 15 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal. XII. ENCOMENDAR a la Dirección de Comunicación Institucional la amplia difusión de lo aquí dispuesto, tanto en la página web del organismo como en las redes sociales de este Ministerio Público Fiscal de la Nación. XIII. CREAR en el ámbito de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Técnico a la Investigación Penal el “Equipo de Apoyo a las Investigaciones Judiciales Vinculadas a Cuestiones de Violencia de Género”, conforme lo expuesto en el apartado V de la presente Resolución y ENCOMENDAR a su titular que en el plazo de treinta días eleve a consideración un proyecto que reglamente su intervención. XIV. ENCOMENDAR a la Secretaría Disciplinaria y Técnica, junto con la Secretaría de Coordinación Institucional y la Secretaría General de Administración y Recursos Humanos, el análisis integral de los reglamentos vigentes a fin de ordenar sus textos a partir de las reformas que aquí se introducen y adecuarlos a los criterios hermenéuticos actualmente imperantes.

                    Ver resoluciones

              • DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN FISCAL ESTRATÉGICA DCFE (convertida en Dirección General por PGN 2636/15)
                • PGN - 204 - 2014 - Alejandra Gils Carbó, 21/02/2014
                  • Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC). Dirección de Desempeño Institucional (DDI). Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE).

                    Artículo I: DISPONER la creación, al interior de la actual estructura funcional de la Secretaría de Coordinación Institucional de la Procuración General de la Nación, de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC) cuyas misiones y funciones obran detalladas como Anexo I de la presente. Artículo 2: DISPONER la creación, al interior de la actual estructura funcional de la Secretaría de Coordinación Institucional de la Procuración General de la Nación, de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI) cuyas misiones y funciones obran detalladas como Anexo II de la presente. Artículo 3: DISPONER la creación, al interior de la actual estructura funcional de la Secretaría de Coordinación Institucional de la Procuración General de la Nación, de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE) cuyas misiones y funciones obran detalladas como Anexo III de la presente. Artículo 4: DEROGAR, en lo pertinente, las resoluciones anteriores dictadas sobre la materia que resulten contradictorias con lo aquí dispuesto.

                    Ver resoluciones

              • DIRECCIÓN DE DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DDI (convertida en Dirección General por PGN 2636/15)
                • MP - 740 - 2015 - Alejandra Gils Carbó, 26/03/2015
                  • Dirección de Desempeño Institucional (DDI). Designación Dr. Juan Pablo Iriarte.

                    Artículo 1°.- DESIGNAR, a partir del día 30 del corriente, al doctor Juan Pablo Iriarte como titular de la Dirección de Desempeño Institucional, dependiente de la Secretaría de Coordinación Institucional.

                    Ver resoluciones

              • DIRECCIÓN DE GESTIÓN OPERATIVA DE CASOS
                • DIRECCIÓN DE OBSERVACIONES JUDICIALES (DOJ)
                  • PGN - 2067 - 2015 - Alejandra Gils Carbó, 07/07/2015
                    • Puesta en funcionamiento de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) -en reemplazo de la Dirección de Apoyo Técnico a las Investigaciones Fiscales- y la incorporación, bajo su órbita, de la Dirección de Observaciones Judiciales (DOJ) con el nombre de Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones (DICOM). Puesta en funcionamiento de un Consejo Consultivo, y la creación de un Equipo para el Desarrollo Tecnológico y de una Comisión de Administración de Registros de Intervenciones Concluidas, en los términos descriptos en los correspondientes considerandos de la presente resolución.

                      Artículo 1°: DISPONER la puesta en funcionamiento de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), en reemplazo de la Dirección de Apoyo Técnico a las Investigaciones Fiscales (Resolución PGN N° 2308/14), manteniendo la designación de la fiscal Cristina Caamaño como su titular (Resolución PGN N° 739/15). Artículo 2°: DISPONER la incorporación de la Dirección de Observaciones Judiciales (DOJ), a la órbita de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal, con el nombre de Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones (DICOM). Artículo 3°: APROBAR el organigrama correspondiente a la estructura organizativa de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal, de conformidad con el ANEXO I. Artículo 4°: ENCOMENDAR a la titular de la DATIP que en un plazo no mayor a treinta (30) clías eleve a consideración de la suscripta un proyecto de asignación de funciones para cada área del organigrama anexado, como así también, la elevación de un informe mensual correspondiente al DICOM elaborado a partir de indicadores de desempeño de ese Departamento, en los términos aquí desarrollados. Artículo 5°: ENCOMENDAR al titular de la Secretaría General de Administración de esta Procuración General de la Nación la diagramación y puesta en marcha de los mecanismos necesarios para que personal de esa dependencia realice bajo su coordinación , de manera preventiva y sorpresiva, procedimientos de Auditoría Interna sobre el funcionamiento administrativo y operativo del DICOM Artículo 6°: DISPONER la formación de la Comisión de Implementación, en reemplazo de la Comisión Asesora — dispuesta por Resolución PGN N° 838/15—, con la integración mencionada en los considerandos y con el fin de que acompañe el proceso de incorporación definitiva del DICOM al ámbito de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal, de esta Procuración General. Artículo 7°: INSTAR ante el Congreso de la Nación la creación de la Comisión Bicameral del Ministerio Público Fiscal (art. 6, ley n° 27.148), aspecto que deberá serle requerido a los respectivos Presidentes del Senado de la Nación y de la Cámara de Diputados de la Nación. Artículo 8°: DISPONER la puesta en funcionamiento de un Consejo Consultivo, conforme lo señalado en el punto III, vi). Artículo 10°: DISPONER la creación de un Equipo para el Desarrollo Tecnológico, en los términos del punto III, Artículo 11°: DISPONER la creación de una Comisión de Administración de Registros de Intervenciones Concluidas, de acuerdo con las consideraciones realizadas en el punto IV.

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN DE ORIENTACIÓN, ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN A VÍCTIMAS DOVIC (convertida en Dirección General por PGN 2636/15)
                  • PGN - 1105 - 2014 - Alejandra Gils Carbó, 02/06/2014
                    • CREACIÓN: Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas / DOVIC (Secretaría de Coordinación Institucional). Se prorroga Comisión PGN 65/14 por un año.

                      Artículo 1. APROBAR el proyecto de trabajo elaborado por la Comisión de estudio creada por la resolución PGN 65/14, descripto en los considerandos de esta resolución. Artículo 2.- DISPONER la creación de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC) —de acuerdo con el organigrama que obra como Anexo a la presente—, cuya entrada en funciones será a partir del Io de julio de 2014. Desde entonces, la actual Oficina de Asistencia a la Víctima de este Ministerio Público Fiscal (OFAVI) quedará absorbida por la nueva Dirección. Artículo 3.- PRORROGAR por un año la vigencia de la Comisión de estudio creada por la resolución PGN 65/14 y encomendarle la función de supervisar la implementación del trabajo de la Dirección

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN GENERAL DE ACCESO A LA JUSTICIA
                  • PGN - 2636 - 2015 - Alejandra Gils Carbó, 28/08/2015
                    • Dispone la conversión: de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC) en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas; del Programa de Acceso a la Justicia en la Dirección General de Acceso a la Justicia; de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional; de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC) en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones; de la Unidad de Recupero de Activos (URA) en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes; de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC) en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal; de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI) en la Dirección General de Desempeño Institucional; de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías; y de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE) en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Artículo Io: DISPONER la conversión de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC), creada por la Resolución PGN N° 1105/2014, en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas. Artículo 2o: DISPONER la conversión del Programa de Acceso a la Justicia, creado por la Resolución PGN N° 1316/2013, en la Dirección General de Acceso a la Justicia. Artículo 3o: DISPONER la conversión de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, creada por la Resolución PGN N° 24/12, en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional. Artículo 4o: DISPONER la conversión de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC), creada por la Resolución PGN N° 341/2014, en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones. Artículo 5o: DISPONER la conversión de la Unidad de Recupero de Activos (URA), creada por la Resolución PGN N° 339/2014, en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes. Artículo 6o: DISPONER la conversión de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal. Artículo 7o: DISPONER la conversión de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Desempeño Institucional. Artículo 8o: DISPONER la conversión de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica, creada por la Resolución PGN N° 334/2014, en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías. Artículo 9o: DISPONER la conversión de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS CRIMINAL Y PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA DE LA PERSECUCIÓN PENAL
                  • PGN - 2636 - 2015 - Alejandra Gils Carbó, 28/08/2015
                    • Dispone la conversión: de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC) en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas; del Programa de Acceso a la Justicia en la Dirección General de Acceso a la Justicia; de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional; de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC) en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones; de la Unidad de Recupero de Activos (URA) en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes; de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC) en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal; de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI) en la Dirección General de Desempeño Institucional; de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías; y de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE) en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Artículo Io: DISPONER la conversión de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC), creada por la Resolución PGN N° 1105/2014, en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas. Artículo 2o: DISPONER la conversión del Programa de Acceso a la Justicia, creado por la Resolución PGN N° 1316/2013, en la Dirección General de Acceso a la Justicia. Artículo 3o: DISPONER la conversión de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, creada por la Resolución PGN N° 24/12, en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional. Artículo 4o: DISPONER la conversión de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC), creada por la Resolución PGN N° 341/2014, en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones. Artículo 5o: DISPONER la conversión de la Unidad de Recupero de Activos (URA), creada por la Resolución PGN N° 339/2014, en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes. Artículo 6o: DISPONER la conversión de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal. Artículo 7o: DISPONER la conversión de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Desempeño Institucional. Artículo 8o: DISPONER la conversión de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica, creada por la Resolución PGN N° 334/2014, en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías. Artículo 9o: DISPONER la conversión de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN GENERAL DE ASESORAMIENTO ECONÓMICO Y FINANCIERO EN LAS INVESTIGACIONES
                  • PGN - 2636 - 2015 - Alejandra Gils Carbó, 28/08/2015
                    • Dispone la conversión: de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC) en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas; del Programa de Acceso a la Justicia en la Dirección General de Acceso a la Justicia; de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional; de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC) en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones; de la Unidad de Recupero de Activos (URA) en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes; de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC) en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal; de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI) en la Dirección General de Desempeño Institucional; de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías; y de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE) en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Artículo Io: DISPONER la conversión de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC), creada por la Resolución PGN N° 1105/2014, en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas. Artículo 2o: DISPONER la conversión del Programa de Acceso a la Justicia, creado por la Resolución PGN N° 1316/2013, en la Dirección General de Acceso a la Justicia. Artículo 3o: DISPONER la conversión de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, creada por la Resolución PGN N° 24/12, en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional. Artículo 4o: DISPONER la conversión de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC), creada por la Resolución PGN N° 341/2014, en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones. Artículo 5o: DISPONER la conversión de la Unidad de Recupero de Activos (URA), creada por la Resolución PGN N° 339/2014, en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes. Artículo 6o: DISPONER la conversión de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal. Artículo 7o: DISPONER la conversión de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Desempeño Institucional. Artículo 8o: DISPONER la conversión de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica, creada por la Resolución PGN N° 334/2014, en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías. Artículo 9o: DISPONER la conversión de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN GENERAL DE CAPACITACIÓN Y ESCUELA DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA NACIÓN
                  • PGN - 9 - 2018 - Eduardo Ezequiel Casal, 05/02/2018
                    • Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación: designación Dra. Mary BELOFF.

                      I. DESIGNAR a cargo de la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación a la doctora Mary Beloff, Fiscal General de Política Criminal, Derechos Humanos y Servicios a la Comunidad de la Procuración General de la Nación, sin perjuicio de continuar con sus funciones como tal.

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN REGIONAL E INTERNACIONAL
                  • PGN - 110 - 2018 - Eduardo Ezequiel Casal, 08/11/2018
                    • CONVENIOS: MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE MENDOZA

                      DISPONER la protocolizacIón del “Acuerdo Específico de Cooperación entre el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Ministerio Público Fiscal de Mendoza”, que obra como anexo de la presente.

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN GENERAL DE DERECHOS HUMANOS
                  • PGN - 68 - 2019 - Eduardo Ezequiel Casal, 14/08/2019
                    • Dirección General de Derechos Humanos: Plan Estratégico de Acción y organización interna.

                      I. APROBAR el Plan Estratégico de Acción de la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio Público Fiscal de la Nación, según las especificaciones señaladas en el Anexo I que integra la presente. II. APROBAR la organización interna de la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio Público Fiscal de la Nación, según las especificaciones señaladas en el Anexo II que integra la presente. III. DELEGAR en la Fiscal General de Política Criminal, Derechos Humanos y Servicios comunitarios la designación de las personas que desempeñarán las funciones de coordinación y responsables de áreas.

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
                  • PGN - 2636 - 2015 - Alejandra Gils Carbó, 28/08/2015
                    • Dispone la conversión: de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC) en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas; del Programa de Acceso a la Justicia en la Dirección General de Acceso a la Justicia; de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional; de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC) en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones; de la Unidad de Recupero de Activos (URA) en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes; de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC) en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal; de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI) en la Dirección General de Desempeño Institucional; de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías; y de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE) en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Artículo Io: DISPONER la conversión de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC), creada por la Resolución PGN N° 1105/2014, en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas. Artículo 2o: DISPONER la conversión del Programa de Acceso a la Justicia, creado por la Resolución PGN N° 1316/2013, en la Dirección General de Acceso a la Justicia. Artículo 3o: DISPONER la conversión de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, creada por la Resolución PGN N° 24/12, en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional. Artículo 4o: DISPONER la conversión de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC), creada por la Resolución PGN N° 341/2014, en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones. Artículo 5o: DISPONER la conversión de la Unidad de Recupero de Activos (URA), creada por la Resolución PGN N° 339/2014, en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes. Artículo 6o: DISPONER la conversión de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal. Artículo 7o: DISPONER la conversión de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Desempeño Institucional. Artículo 8o: DISPONER la conversión de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica, creada por la Resolución PGN N° 334/2014, en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías. Artículo 9o: DISPONER la conversión de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN GENERAL DE DESEMPEÑO INSTITUCIONAL
                  • PGN - 2636 - 2015 - Alejandra Gils Carbó, 28/08/2015
                    • Dispone la conversión: de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC) en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas; del Programa de Acceso a la Justicia en la Dirección General de Acceso a la Justicia; de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional; de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC) en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones; de la Unidad de Recupero de Activos (URA) en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes; de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC) en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal; de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI) en la Dirección General de Desempeño Institucional; de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías; y de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE) en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Artículo Io: DISPONER la conversión de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC), creada por la Resolución PGN N° 1105/2014, en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas. Artículo 2o: DISPONER la conversión del Programa de Acceso a la Justicia, creado por la Resolución PGN N° 1316/2013, en la Dirección General de Acceso a la Justicia. Artículo 3o: DISPONER la conversión de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, creada por la Resolución PGN N° 24/12, en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional. Artículo 4o: DISPONER la conversión de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC), creada por la Resolución PGN N° 341/2014, en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones. Artículo 5o: DISPONER la conversión de la Unidad de Recupero de Activos (URA), creada por la Resolución PGN N° 339/2014, en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes. Artículo 6o: DISPONER la conversión de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal. Artículo 7o: DISPONER la conversión de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Desempeño Institucional. Artículo 8o: DISPONER la conversión de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica, creada por la Resolución PGN N° 334/2014, en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías. Artículo 9o: DISPONER la conversión de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIONES Y APOYO TECNOLÓGICO A LA INVESTIGACIÓN PENAL (DATIP)
                  • PGN - 70 - 2022 - Eduardo Ezequiel Casal, 14/11/2022
                    • Crea "Equipo de Orientación y Seguimiento en Casos de Violencia de Género" (Oficina de Bienestar Laboral y Resolución de Conflictos) y aprueba su protocolo de intervención. Crea “Equipo de Apoyo a las Investigaciones Judiciales Vinculadas a Cuestiones de Violencia de Género” (DATIP). Se modifica el Régimen de Funcionarios y Empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PGN 128/10); el Reglamento Disciplinario para los/as Magistrados/as del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PGN 2627/15); el Reglamento Disciplinario para Funcionarios y Empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PGN 52/08); el Reglamento para la Selección de Magistrados /as del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PGN 1457/17) y el Reglamento para el Ingreso Democrático e Igualitario al Ministerio Público Fiscal de la Nación (PGN 507/14).

                      I. CREAR el Equipo de Orientación y Seguimiento en Casos de Violencia de Género en el ámbito de la Oficina de Bienestar Laboral y Resolución de Conflictos, creada por Resolución PGN 623/13, que tendrá las misiones y funciones que surgen del ANEXO I. II. APROBAR el Protocolo de actuación del Equipo de Orientación y Seguimiento en casos de Violencia de Género para su intervención específica en casos de violencia basada en el género, orientación sexual o identidad de género en el MPF, que se incorpora como ANEXO II a la presenté resolución. III. MODIFICAR los artículos 20, 35, 48, 56, 80 y 81 e INCORPORAR el artículo 34 bis al Régimen de Funcionarios y Empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Res. PGN 128/10, que quedarán redactados conforme surge del ANEXO III. IV. MODIFICAR los artículos 2, 24, 33, 34 y 53 e INCORPORAR el artículo 19 bis al Reglamento Disciplinario para los/as Magistrados/as del Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Resolución PGN 2627/15, que quedarán redactados conforme surge del ANEXO IV. V. MODIFICAR los artículos 15, 16, 17 e INCORPORAR el artículo 3 bis al Reglamento Disciplinario para Funcionarios y Empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Resolución PGN 52/08 y sus modificatorias, que quedarán redactados conforme surge del ANEXO V. VI. MODIFICAR la redacción de los artículos 3, 6, 7, 14, 20, 35, 42, 43 y 46 del Reglamento para la Selección de Magistrados /as del Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Resolución PGN 1457/17 y sus modificatorias, que quedarán redactados conforme surge del ANEXO VI. VII. MODIFICAR los artículos 16, 18, 22, 26, 44, 51, 57 y 59 del Reglamento para el Ingreso Democrático e Igualitario al Ministerio Público Fiscal de la Nación aprobado por Resolución PGN 507/14 y sus modificatorias, que quedarán redactados conforme surge del ANEXO VII. VIII. REMITIR a la Dirección de Recursos Humanos copia de esta resolución y copia certificada de la Resolución TE N° 2/21 del Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal de la Nación, para que previo consentimiento de las/os agentes indicadas/os allí como víctimas, sea agregada a sus legajos personales. IX. REMITIR a la Dirección de Recursos Humanos copia de esta resolución y copia certificada de la Resolución TE N° 2/21 para que sea agregada al expediente P 4416/2012. X. DISPONER que se incorpore copia certificada del oficio relativo a la mención por buen desempeño obrante en el expediente P 10860/2013, al legajo personal de la agente allí mencionada. XI. REMITIR copia de esta resolución y copia certificada de la Resolución TE N° 2/21 a la Secretaría General de Administración para que se realicen las gestiones que correspondan para restituir los gastos efectuados por los/as agentes allí mencionados/as en fotocopias y alquiler de una fotocopiadora cuando se encontraban prestando servicios en la Fiscalía N° 15 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal. XII. ENCOMENDAR a la Dirección de Comunicación Institucional la amplia difusión de lo aquí dispuesto, tanto en la página web del organismo como en las redes sociales de este Ministerio Público Fiscal de la Nación. XIII. CREAR en el ámbito de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Técnico a la Investigación Penal el “Equipo de Apoyo a las Investigaciones Judiciales Vinculadas a Cuestiones de Violencia de Género”, conforme lo expuesto en el apartado V de la presente Resolución y ENCOMENDAR a su titular que en el plazo de treinta días eleve a consideración un proyecto que reglamente su intervención. XIV. ENCOMENDAR a la Secretaría Disciplinaria y Técnica, junto con la Secretaría de Coordinación Institucional y la Secretaría General de Administración y Recursos Humanos, el análisis integral de los reglamentos vigentes a fin de ordenar sus textos a partir de las reformas que aquí se introducen y adecuarlos a los criterios hermenéuticos actualmente imperantes.

                      Ver resoluciones

                • DIRECCIÓN GENERAL DE RECUPERACIÓN DE ACTIVOS Y DECOMISO DE BIENES;
                  • PGN - 2636 - 2015 - Alejandra Gils Carbó, 28/08/2015
                    • Dispone la conversión: de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC) en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas; del Programa de Acceso a la Justicia en la Dirección General de Acceso a la Justicia; de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional; de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC) en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones; de la Unidad de Recupero de Activos (URA) en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes; de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC) en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal; de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI) en la Dirección General de Desempeño Institucional; de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías; y de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE) en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Artículo Io: DISPONER la conversión de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC), creada por la Resolución PGN N° 1105/2014, en la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas. Artículo 2o: DISPONER la conversión del Programa de Acceso a la Justicia, creado por la Resolución PGN N° 1316/2013, en la Dirección General de Acceso a la Justicia. Artículo 3o: DISPONER la conversión de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, creada por la Resolución PGN N° 24/12, en la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional. Artículo 4o: DISPONER la conversión de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC), creada por la Resolución PGN N° 341/2014, en la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones. Artículo 5o: DISPONER la conversión de la Unidad de Recupero de Activos (URA), creada por la Resolución PGN N° 339/2014, en la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes. Artículo 6o: DISPONER la conversión de la Dirección de Análisis Criminal y Planificación de la Persecución Penal (DAC), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal. Artículo 7o: DISPONER la conversión de la Dirección de Desempeño Institucional (DDI), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Desempeño Institucional. Artículo 8o: DISPONER la conversión de la Dirección de Tecnologías de Gestión, Investigación e Innovación Tecnológica, creada por la Resolución PGN N° 334/2014, en la Dirección General de Desarrollo Organizacional y Nuevas Tecnologías. Artículo 9o: DISPONER la conversión de la Dirección de Capacitación Fiscal Estratégica (DCFE), creada por la Resolución PGN N° 204/2014, en la Dirección General de Capacitación y Escuela del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

                      Ver resoluciones

                • DISCRIMINACIÓN
                  • PGN - 288 - 2016 - Alejandra Gils Carbó, 18/02/2016
                    • MAR DEL PLATA: hechos de discriminación violatorios de la ley n° 23.592-art213bis Código Penal. Equipo de trabajo (fiscales federales)

                      Artículo Io: DISPONER la formación de un equipo de trabajo, integrado por los titulares de las fiscalías federales de primera instancia n° 1 y 2 de Mar del Plata, Dra. Laura Mazzaferri y Dr. Nicolás Czizik, para que intervengan conjunta o alternativamente en las causas que tramiten en ese distrito, vinculadas con actos de discriminación contemplados por la ley n° 23.592 o con las conductas previstas en el artículo 213 bis del Código Penal. Artículo 2o: DISPONER que la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFEQ), colaboren con los/as fiscales mencionados/as en las causas referidas en el artículo I o.

                      Ver resoluciones

                • DISTRITOS FISCALES
                  • PGN - 11 - 2018 - Eduardo Ezequiel Casal, 06/02/2018
                    • DISTRITOS FISCALES. Fiscales coordinadores: se dejan sin efecto resoluciones PGN 2739/13, 2760/13, 475/14, 985/14, 2721/14, 453/15, 1873/15, 3309/15, 3310/15, 3311/15 y 3916/15

                      I.-DEJAR SIN EFECTO a partir del día de la fecha las resoluciones PGN 2739/13, 2760/13, 475/14, 985/14, 2721/14, 453/15, 1873/15, 3309/15, 3310/15, 3311/15 y 3916/15, relativas a las designaciones de magistrados de este Ministerio Público Fiscal para cumplir funciones de coordinación de distrito y el establecimiento del Mapa Fiscal del Ministerio Público Fiscal.

                      Ver resoluciones