Es arbitraria la sentencia que hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba a favor de quien se le atribuye la comisión del delito de estafa procesal - falsificación de pagaré -, pues omitió valorar las consideraciones relativas a que la falsificación del instrumento fue realizada por el imputado en venganza hacia quien lo denunciara por abuso sexual, tratándose así de una forma de violencia contra la mujer, resultando especialmente significativa dicha omisión, teniendo en cuenta el compromiso asumido por el Estado de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer y establecer procedimientos legales justos y eficaces (art. 7 incs. b y f, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer). -Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite- (Fallos: 343:133)