La Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN) se creó por Resolución PGN N°455/13, a fin de adecuar al Ministerio Público Fiscal para el impulso de las acciones penales y la orientación de las investigaciones y juzgamiento de prácticas ilícitas, perpetradas por agentes estatales, que resultan lesivas para la libertad, la integridad, la dignidad y la vida de las personas en estado de vulnerabilidad.
Todo ello, en virtud de que el Estado argentino, al ratificar diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, asumió frente a la comunidad internacional el compromiso de adoptar todas las medidas que resulten necesarias para prevenir, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos.
Son funciones de la PROCUVIN:
- Coordinar el funcionamiento de las áreas operativas y técnicas creadas dentro de la Procuraduría;
- Intervenir como fiscal principal o coadyuvante en los casos que versen sobre hechos de la competencia de la Procuraduría, en todas las instancias;
- Recibir denuncias y, cuando el caso lo requiera, disponer y realizar las medidas necesarias para determinar los extremos de los artículos 174 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación. En caso de considerarlo pertinente podrá remitir estás denuncias al/la fiscal que corresponda;
- Disponer la realización de investigaciones preliminares respecto de hechos que importen la violación de derechos humanos con el fin de requerir la instrucción del sumario;
- Realizar las medidas conducentes para el dictado, implementación y el seguimiento de la efectiva aplicación de instrucciones generales, protocolos de actuación y guías para la eficiente actuación del Ministerio Público Fiscal en la materia;
- Asistir a las fiscalías y brindar la colaboración necesaria para la correcta investigación de los hechos que configuren delitos constitutivos de violencia institucional;
- Disponer la realización de inspecciones en todos aquellos establecimientos en los cuales permanezcan personas privadas de su libertad a fin de controlar las condiciones de encierro, e instar acciones de protección y resguardo de su integridad;
- Promover la adopción de las medidas pertinentes para la asistencia y protección a víctimas y testigos de delitos constitutivos de violencia institucional;
- Disponer las acciones interinstitucionales necesarias para la prevención, la investigación y el juzgamiento de los casos que configuren violaciones a los derechos humanos y/o delitos relacionados con la violencia institucional, con organismos públicos y organizaciones civiles vinculadas a la temática;
- Proponer al Procurador General de la Nación proyectos de reformas legislativas y/o reglamentarias; programas de capacitación, guías de actuación y/o colaboración de convenios con organismos internacionales, no gubernamentales e instituciones del Estado nacional, provincial y/o municipal;
- Elevar a consideración del Procurador General de la Nación propuestas vinculadas con la adecuación de la estructura institucional o la creación de unidades que repliquen la actuación de la Procuraduría en las distintas regiones del país;
- Elevar periódicamente al Procurador General de la Nación informes de gestión que den cuenta de la actividad y funcionamiento de la Procuraduría, como así también del desempeño de agentes fiscales en causas que tengan por objeto hechos relacionados con la violencia institucional