Víctimas de Argentina

Carolina Segal y Néstor Rovegno

Descripción del caso

Vamos a referiremos ahora a lo acontecido al matrimonio conformado por Carolina Sara Segal y Néstor Adolfo Rovegno, argentinos, de 20 y 24 años de edad al momento de los hechos.

Antes de comenzar, debemos recordar que, tal como señalamos al tratar lo ocurrido a la familia Gelman, el 19 de agosto de 1976 comenzó una cadena de secuestros que involucró a un grupo de estudiantes del Colegio Nacional de Buenos Aires e integrantes de la UES, todos los cuales fueron conducidos a Automotores Orletti.

El primero de estos operativos que hemos podido identificar, es justamente el de Segal y Rovegno, luego de lo cual fueron sucesivamente secuestrados Marcelo Gelman y María Claudia Iruretagoyena, Guillermo Binstock, su compañero de trabajo José Luis Bertazzo, y Judith Jacubovich.

Ahora sí, respecto de Carolina Segal, se acreditó que cursó el secundario en el Colegio Nacional de Buenos Aires, y que durante ese período participó en la Juventud Guevarista y en la UES. Al momento de los hechos, ella y su esposo, Néstor Rovegno eran miembros del PRT – ERP.

En la madrugada del 19 de agosto de 1976, irrumpieron violentamente en el domicilio de los padres de Carolina Segal, ubicado en la calle Otamendi 41, 1° piso, de esta ciudad, una docena de personas armadas que se identificaron como pertenecientes al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Algunas de esas personas estaban vestidas de civil y otras llevaban sólo algunas prendas de un uniforme militar. Allí se encontraban Lázaro Segal y Beatriz Gurtman, junto a sus dos hijos menores, Gregorio y Marisa.

Los captores llevaban consigo un joven que estaba encapuchado, y que tenía aproximadamente 20 años, a quien la familia Segal no conocía. Llevaba un trapo ensangrentado en la cabeza y se lo veía muy lastimado. Lo pusieron delante de Marisa Segal y le pidieron que les dijera si era ella la mujer que estaban buscando pero él dijo que no. Evidentemente, a la que estaban buscando era a su hermana Carolina.

Después de revisar toda la casa y llevarse objetos de valor de una caja fuerte, dijeron que se iban a llevar a Gregorio Segal, de 15 años en aquél momento, para que identificara la casa de Carolina. Su padre intercedió para que en su lugar lo llevaran a él. Es así como fue obligado a acompañarlos hasta la casa de su hija y de yerno, ubicada en la calle Echeverría 5318 de esta ciudad. Allí capturaron a la pareja, y tras entregar a su bebé de cuatro meses al cuidado de su abuelo, se los llevaron. Le dijeron que Carolina regresaría a los pocos días, luego de que le realizaran algunas preguntas. Desde allí fueron trasladados a “Automotores Orletti”.

El hecho tuvo lugar en el territorio que estaba bajo control del Área III de la Subzona Capital Federal, cuyo responsable era el Jefe del Regimiento de Granaderos a Caballo Gral. San Martín, Rodolfo Enrique Luis Wehner.

Aproximadamente a las 10 de la mañana, un grupo de 4 o 5 personas armadas y vestidas de civil volvieron a irrumpir en el domicilio de los padres de Carolina Segal. Se dirigieron directamente a la habitación de servicio donde se encontraban guardadas algunas pertenencias de Carolina, de donde se llevaron libros y una libreta de direcciones.

Como ya hemos mencionado, al día siguiente, fueron secuestrados Marcelo Gelman y María Claudia García Iruretagoyena, y como enseguida veremos, pocos días después, Guillermo Binstock.

Señores jueces: Se acreditó en este debate, que al igual que ocurrió con el resto de las personas que fueron llevadas a “Automotores Orletti”, Carolina Segal y Néstor Rovegno fueron mantenidos en condiciones inhumanas de vida, y que, de acuerdo a la práctica sistemática implementada en ese lugar, fueron sometidos a tormentos físicos y psíquicos. Hasta el día de hoy, permanecen desaparecidos.

A pesar de las múltiples gestiones de diversa índole y de las denuncias realizadas ante organismos nacionales e internacionales que efectuaron sus familiares, nunca obtuvieron una respuesta acerca de lo que les pasó.

 

Prueba

Estos hechos se encuentran acreditados a partir de la valoración conjunta de diversos elementos incorporados a este juicio.

En primer lugar, se encuentra incorporada la declaración testimonial brindada por José Gabriel Rovegno, hijo de Carolina y Néstor, en el juicio de la causa n° 1627. En esa oportunidad, se explayó sobre lo que pudo reconstruir acerca de la vida de sus padres, y en particular, de la actividad política desarrollada por su madre.

La tía de José Gabriel, Marisa Segal, también declaró en ese juicio y aportó un documento de la ex DIPBA que obtuvo de la Comisión Provincial por la Memoria, y que da cuenta no solo de la filiación política de Carolina y Néstor, sino también la información que sobre ellos tenían las fuerzas represivas. Se trata del documento de la Mesa DS, Legajo 13.312, que consiste en una ficha elaborada por el GT 1 de la Subzona Capital Federal, relacionada con Daniel Jorge Rovegno, hermano de Néstor. Del documento surge que para el año 1976 la SIDE informó que Néstor Adolfo Rovegno, alias “Mariano”, luego “Lito”, conjuntamente con su esposa Carolina Segal, alias “Lucía”, luego “Lina”, habían colaborado con la organización PRT-ERP en la confección de estandartes partidarios, facilitando su domicilio particular para reuniones “subversivas”, y que eran integrantes del pelotón “Sosa-Leiva-Orlando” del ERP. El documento agrega que el ERP los daba por desaparecidos desde agosto de 1976. Documento 1.

Sobre el operativo de secuestro, José Rovegno explicó que a partir de los relatos de sus abuelos, que entrecruzó con otras fuentes de información, pudo reconstruir también las circunstancias en las que desaparecieron sus padres, así como su posterior cautiverio en “Automotores Orletti”.

Al respecto, también se incorporaron las declaraciones de Lázaro y Marisa Segal y de Beatriz Gurtman de Segal, todos los cuales relataron los hechos que presenciaron la madrugada del 19 de agosto de 1976.

En particular, Lázaro Segal refirió que se despertaron porque escucharon un ruido muy fuerte ya que, como después supieron, las personas que ingresaron a su casa hicieron saltar con una barreta la puerta del edificio y rompieron el vidrio. Describió a las personas que ingresaron al departamento como de mediana edad. También brindó detalles acerca de su traslado a la casa de su hija y yerno. Al respecto, recordó que en otro vehículo llevaron al mismo muchacho que habían llevado a su casa. Al llegar al lugar, inmediatamente se llevaron a Carolina y a Néstor y lo dejaron allí con su nieto.

Todos los testigos que mencionamos se refirieron también al operativo que tuvo lugar en horas de la mañana en el departamento de la calle Otamendi, en el que se llevaron la libreta de direcciones de Carolina.

Gurtman recordó, también, que a los pocos días del secuestro de su hija concurrió a su casa la madre de Guillermo Binstock, y fue así que se enteró que él, Marcelo Gelman y su esposa también habían sido secuestrados. Agregó que Carolina había sido novia de Marcelo Gelman en el colegio secundario.

Durante sus declaraciones, los integrantes de la familia Segal también se refirieron a un operativo que tuvo lugar dos meses después de la desaparición de Carolina, también en su domicilio, en el que intervinieron personas que vestían uniforme que describieron como “tipo marina”. Estas personas preguntaron por Carolina, cuando ellos les contestaron que se la habían llevado, procedieron a retirarse.

A las declaraciones mencionadas, se agrega como prueba el expediente civil n° 56.454/89 donde se fijó como fecha presuntiva del fallecimiento de Carolina Segal y Néstor Rovegno, el último día del primer año y medio de su desaparición acaecida el 19 de agosto de 1976, o sea, el 19 de febrero de 1978.

Sobre el cautiverio de Carolina y Néstor en Orletti, se encuentra incorporado el testimonio de José Luis Bertazzo, también ante este Tribunal durante el juicio de la causa N° 1627. El testigo aseveró haber compartido cautiverio en ese CCD con Guillermo Binstock y con Marcelo Gelman, y que en ese marco, Gelman le comentó que había caído porque a una ex novia suya, que también estaba cautiva en ese lugar junto a su pareja actual, le habían encontrado una libreta de direcciones. Además, durante el tiempo que compartió con Gelman, Bertazzo también se enteró que lo habían interrogado acerca de cartas que le había escrito a la ex novia; concretamente, le exigían que les dijera si habían sido escritas en clave.

Al testimonio de Bertazzo, en relación a la secuencia de secuestros que involucró a Rovegno, Segal, Gelman, Iruretagoyena y Binstock, Mazer y González se suma la declaración de Judith Mirta Jacubovich, quien también fue secuestrada en este contexto y mantenida cautiva en Orletti durante 24 horas, entre el 25 y el 26 de agosto. Explicó que conocía a Binstock y a Gelman del Colegio Nacional Buenos Aires, más concretamente por su participación en la Unión de Estudiantes Secundarios, y que dentro del CCD, habló con Binstock. Agregó que dentro en ese lugar también vio a una pareja que estaba tirada en el piso cerca de ella, respecto de la cual Binstock le refirió que los habían reventado en la tortura, pero no pudo identificar si se trataba de Carolina Segal y de Néstor Rovegno. Lo cierto es que también podrían haber sido Raquel Mazer y Ubaldo González, quienes, como veremos, fueron secuestrados el 26 de agosto.

En definitiva, la prueba incorporada resulta concluyente respecto de que Carolina Segal y Néstor Rovegno, fueron mantenidos secuestrados en Orletti, donde la aplicación de torturas y el sometimiento a condiciones de cautiverio lesivas de la dignidad humana, eran prácticas sistemáticas que se aplicaron por igual a todos los prisioneros. Así lo entendió también este mismo Tribunal, al dar por probados los hechos que hemos descripto y condenar a Eduardo Alfredo Ruffo, Carlos Honorio Martínez Ruiz y Eduardo Rodolfo Cabanillas, por las privaciones ilegítimas de la libertad y el sometimiento a tormentos de Carolina Segal y Néstor Rovegno.

Respecto de la búsqueda emprendida a partir de la desaparición de Carolina y Néstor, los testimonios mencionados de sus familiares refirieron a las múltiples gestiones efectuadas, como así también se encuentran incorporados a este debate, como prueba documental, dos expedientes de habeas corpus presentados en su favor.

Completan el cuadro probatorio los legajos Conadep N° 4.059 y 5.088, como así también la documentación proveniente de la APDH.

En este juicio, por la privación ilegítima de la libertad y los tormentos a los que fueron sometidos Carolina Segal y Néstor Rovegno, formulamos acusación contra Miguel Ángel Furci.