Víctimas de Uruguay

María Elba Rama Molla

Descripción del caso

María Elba Rama Molla, de nacionalidad uruguaya, tenía 22 años al momento de los hechos. En Uruguay era miembro de la ROE, donde se desempeñó en el área de organización y propaganda junto con León Duarte.

En mayo de 1975 emigró hacia la Argentina, donde participó del congreso fundacional del PVP. Dentro de la organización se desempeñó en las actividades de propaganda contra la dictadura uruguaya.

Es así que en el contexto de la primera oleada represiva contra el PVP, María Elba Rama Molla fue secuestrada el 14 de julio de 1976 en horas de la madrugada, en su domicilio sito en la calle Ensenada 267 6to. Piso de la Capital Federal, por cinco personas vestidas de civil fuertemente armadas, de los cuales uno era uruguayo y el resto eran argentinos. Durante el operativo, uno de los captores se identificó con una credencial de la PFA y como ella no quiso abrir la puerta, la rompieron y entraron por la fuerza. Luego de reducirla en una de las habitaciones de la casa, se la llevaron atada y vendada en un auto particular hacia “Automotores Orletti”. Su domicilio se encontraba en territorio controlado por el Jefe del Área 5 de la Subzona Capital Federal, quien, como ya dijimos, era Jorge Alberto Muzzio.

Una vez que estuvo dentro de Orletti, fue alojada en condiciones inhumanas de vida y fue sometida a tormentos físicos que consistieron en permanecer colgada de un gancho mediando el pasaje de corriente eléctrica y golpes. También la obligaron a realizar flexiones. Al igual que sus compañeros, en el lugar también fue sometida a todo tipo de tormentos psicológicos, como ser amenazas de muerte y escuchar los gritos de quienes eran torturados.

Transcurridos diez días, fue trasladada junto con sus compañeros en el llamado “primer vuelo” de la Fuerza Aérea uruguaya.

En Uruguay también permaneció ilegalmente detenida en la casa de Punta Gorda. Con posterioridad, fue trasladada a la sede del SID en Boulevard Artigas y el Palmar, donde continuaron los interrogatorios. Allí vio a algunos miembros de la patota de argentinos que operaba en “Automotores Orletti”.

Como continuaba desaparecida, su familia presentó un recurso de habeas corpus en la justicia argentina, sin saber que María Elba Rama Molla estaba nuevamente en Uruguay.

Su destino fue el mismo que el de la mayoría de las personas que fueron secuestradas en ese período en Buenos Aires: dejó de estar desaparecida para pasar a cumplir una condena en el establecimiento de reclusión en Punta Rieles, para lo cual sus captores la incluyeron en la lista de personas que fueron falsamente detenidas en los también falsos operativos militares del 25 de octubre de 1976. Cinco años después recuperó su libertad.

 

Prueba

Lo que hemos afirmado respecto de María Elba Rama Molla encuentra sustento, en principio, con su propio testimonio, incorporado a este debate. En él se explayó acerca de su participación política en Uruguay y de la creciente represión que se vivió en su país luego del golpe de Estado de 1973, lo que la llevó a emigrar a Argentina, donde continuó realizando actividades de resistencia a la dictadura desde el PVP. Sobre su secuestro, explicó detalladamente las circunstancias de modo, tiempo y lugar en el que ocurrieron los hechos; y dio algunas precisiones acerca de las personas que integraban la patota, en particular, de un uruguayo de pelo rojizo que era muy violento.

En relación a ello, también escuchamos durante el juicio el testimonio de Rubén Prieto Benencio y la declaración del investigador uruguayo Álvaro Rico, quienes aludieron a la primera oleada represiva contra el PVP en la que incluyeron a Rama Molla.

En lo que atañe al cautiverio en “Automotores Orletti”, Rama Molla describió el CCD como una “locura continua”, en donde se convivía con los gritos de las personas, los ruidos y la música. Allí, de acuerdo a lo que relató, la sometieron a tormentos y la mantuvieron recluida en condiciones inhumanas. En relación a las torturas, dijo que la golpearon, la tiraron de las escaleras y la hicieron hacer flexiones. En una oportunidad, la colgaron de las manos que tenía esposadas por detrás, de modo que quedó suspendida en el aire, momento en el que le quitaron la ropa y le aplicaron golpes de corriente, que se intensificaban cada vez que tocaba el piso húmedo. Sobre la alimentación, dijo que en esos diez días solo comió una vez, porque las pocas veces que les dieron de comer, les ofrecían comida en descomposición o con basura. Al igual que muchos de sus compañeros, fue obligada a presenciar el brutal asesinato de Carlos Santucho.

Su presencia en ese momento fue corroborada por Raúl Altuna Facal durante el debate. También dieron cuenta de su cautiverio los testimonios brindados por al menos 16 testigos: María del Pilar Nores, Sara Méndez, Margarita Michellini, Ana Quadros, Edelweiss Zahn, Alicia Cadenas, María Mónica Soliño, Ariel Soto Loureiro, Ana María Salvo Sánchez, Gastón Zina, Víctor Lubián, Jorge Raúl González Cardozo, Raquel Nogueira, Cecilia Gayoso, José Félix Díaz y Laura Anzalone.

Coadyuva también a sustentar la materialidad del hecho, el legajo WR 19/12 de la víctima, copia del cual se encuentra a resguardo del Archivo Nacional de la Memoria y la acción de habeas corpus interpuesta a favor de María Elba Rama Molla el 1° de septiembre de 1976.

En lo que refiere al traslado clandestino desde Buenos Aires a Uruguay, Rama Molla recordó que se lo había anticipado un efectivo argentino en Orletti, que le dijo que eso se arreglaba de gobierno a gobierno.

Asimismo, mencionó que junto con ella trasladaron a varios de sus compañeros uruguayos y un botín con objetos de valor, lo que concuerda con lo que surge de la Investigación Histórica del Uruguay, con la presentación obrante a fs. 1/15 de la causa “Rodríguez Larreta” y con el documento enviado por el NSA titulado “Lista alfabética de personas según los informes, vistos en Centros Clandestinos de Detención”. Documento 1.

A su vez, corresponde citar otro de los documentos incorporados, enviado también por el NSA, que contiene un informe realizado el 29 de octubre de 1976 por la Embajada estadounidense en Montevideo, el cual refiere que el gobierno militar uruguayo anunció la detención a 14 terroristas del PVP, entre los que figura la nombrada. Documento 3.

Por otra parte, debemos mencionar que estos hechos también formaron parte de la sentencia de la causa n° 1627, dictada por este mismo Tribunal, en la que se los tuvo por acreditados.

Por la privación ilegítima de la libertad y los tormentos padecidos por Elba Rama Molla fueron condenados Raúl Antonio Guglielminetti, Honorio Martínez Ruíz y Eduardo Alfredo Ruffo, condenas que han quedado firmes.

Finalmente, aquí también debemos mencionar que los sucesos relatados, a su vez, constituyen prueba de la operatividad de la asociación ilícita que denominamos “Operación Cóndor”.

En este juicio, formulamos acusación contra Miguel Ángel Furci por la privación ilegítima de la libertad y las torturas a las que fue sometida María Elba Rama Molla.