Víctimas de Uruguay

Julio César Rodríguez Rodríguez

Descripción del caso

Julio César Rodríguez Rodríguez era uruguayo. Cuando fue secuestrado tenía 20 años de edad y estaba casado con María Susana Conde Martí.

En su país, participó en la Resistencia Obrero Estudiantil, por lo que fue perseguido, y es por eso que en mayo de 1975 decidió emigrar hacia Argentina junto a su esposa.

En nuestro país, se radicó en la Capital Federal y trabajó en una imprenta.

Al igual que muchos de sus compañeros de la ROE, se integró al PVP.

Se encuentra probado que el 15 de junio de 1976 por la mañana, dos personas vestidas de civil acompañados por efectivos uniformados del Ejército Argentino, lo estaban esperando en la firma “Stein & Teichberg S.A”, sita en la calle Pringles 450, de Capital Federal, donde trabajaba.

El domicilio se encontraba dentro del Área II de la Subzona Capital Federal, cuya sede era el Regimiento de Infantería I Patricios, unidad que estaba en ese momento a cargo de Humberto José Lobaiza, en su carácter de jefe, y de Felipe Jorge Alespeiti, en su carácter de subjefe.

Cuando Rodríguez Rodríguez llegó al lugar, esas personas lo secuestraron y lo trasladaron al CCD “Automotores Orletti” donde fue salvajemente torturado y sometido a las condiciones inhumanas de detención a las que fueron sometidos todos los cautivos en ese lugar, y que ya hemos descripto. A raíz de ello, se encontraba en un pésimo estado físico.

Luego de su secuestro, su madre, Gladys Nelsa Rodríguez, lo buscó desesperadamente e hizo presentaciones en distintas dependencias oficiales y en la justicia argentina. Además, recurrió a la Comisión interamericana de Derechos Humanos de la OEA y a distintas entidades religiosas. En ninguno de los casos pudo obtener dato alguno que la ayudara a encontrar a su hijo.

Finalmente, el día 21 de junio, a Rodríguez Rodríguez lo sacaron del CCD en un vehículo junto con otra cautiva, María del Carmen Martínez Addiego. A ella la liberaron, pero Julio César Rodríguez Rodríguez, hasta el día de hoy, permanece desaparecido.

 

Prueba

Estos hechos se encuentran acreditados por distintas pruebas producidas e incorporadas al presente debate.

En primer lugar, el escrito presentado por la madre de la víctima, Gladys Nelsa Rodríguez, el 19 de diciembre de 2005 solicitando ser tenida como parte querellante en la causa conocida como “Automotores Orletii”. En esa presentación, hizo un relato sobre de la participación política de su hijo en Uruguay y de su posterior radicación en Argentina donde se integró al PVP. Documento 2.

Asimismo, se encuentra incorporada la declaración en el debate de la causa n°1627 de su esposa, María Susana Conde Martí, quien dio cuenta de la persecución de la que fue objeto su marido en Uruguay, lo que los obligó a emigrar a la Argentina.

Tanto Conde Martí como Gladys Nelsa Rodríguez, en el marco de ese debate hicieron referencia a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se llevó a cabo el secuestro de Julio César, lo que a su vez encuentra sustento en el legajo CONADEP de la víctima y en el Legajo Comipaz nro.119.

Respecto de la permanencia de la víctima en el CCD “Automotores Orletti”, contamos con la declaración de María del Carmen Martínez Addiego en este juicio, quien afirmó haber compartido cautiverio con él y haberlo visto en un muy mal estado de salud debido a las brutales torturas a las que fue sometido.

Los dichos de Martínez Addiego, a la vez, se relacionan con el testimonio prestado por Jorge González Cardozo, también sobrevivientes de ese CCD, quien mencionó que Rodríguez Rodríguez estaba “quebrado”, en un muy mal estado de salud, e incluso recordó haber escuchado cómo lo golpearon. Dijo también que los represores le habían encontrado volantes con inscripciones de la CNT, y que ese había sido el motivo de esa particular golpiza.

Por otra parte, es relevante uno de los documentos remitidos por el NSA, fechado el 23 de septiembre de 1977, del cual surge que la víctima formaba parte de una lista de presos políticos con la que contaba el Departamento de Estado de los Estados Unidos. En ese listado, se refieren a Julio Cesar Rodríguez como un ciudadano de nacionalidad uruguaya alojado en un centro clandestino ubicado en el Bajo Flores. Documento 3.

En cuanto a su destino, Martínez Addiego recordó que en un momento le informaron que iba a ser liberada y que junto con ella también sería liberado Julio Cesar Rodríguez Rodríguez, a quien le colocaron su documento de identidad en el bolsillo. Los subieron a ambos a un vehículo y luego de un corto recorrido, éste se detuvo en la intersección de la Av. Juan B. Justo y Bahía Blanca, de esta Ciudad, donde sólo ella fue liberada. Nunca más volvió a verlo.

Respecto de las gestiones realizadas por la madre de Julio César Rodríguez, Gladys Nelsa Rodríguez de Rodríguez, se encuentran incorporados a la causa el Legajo CONADEP correspondiente a la víctima Nro. 7182, el habeas corpus presentado el 13 de junio de 1979 con resultado negativo, y la documentación aportada por ella al momento de presentarse como parte querellante en la causa “Automotores Orletti”.

Asimismo, dentro la documentación remitida por la Comisión Provincial por la Memoria, se encuentra un legajo fechado el 6 de julio de 1979 que contiene la transcripción de un informe elaborado por organismos de Derechos Humanos en el que se denuncian casos de desaparición forzada, entre los que se encuentra Julio César Rodríguez Rodríguez. Documento 4.

En el mismo sentido, dentro de la documentación aportada por el NSA, la víctima figura como una de las personas denunciadas a la embajada estadounidense en Buenos Aires como desaparecidas. Documento 5.

También contamos con el expediente civil que se formó a raíz de su desaparición en el que la justicia argentina declaró el día de su secuestro, 15 de junio de 1976, como fecha de ausencia por desaparición forzada.

A ello se suma la documentación aportada por Sergio López Burgos al momento de declarar en el juicio de Automotores Orletti, la cual fue obtenida del Archivo Histórico del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay. En esta documentación se evidencia la desaparición de algunos ciudadanos uruguayos que residían en la Argentina en el año 1976 como Julio César Rodríguez, entre otros.

Finalmente, queremos destacar de modo similar al que ya lo hemos hecho en otros casos, que en su sentencia este mismo Tribunal dio por probado el secuestro de Julio César Rodríguez Rodríguez, en las circunstancias de modo tiempo y lugar que describimos, así como su cautiverio en Automotores Orletti, y los tormentos a los que fue sometido en ese lugar, para lo cual se valoraron tanto los testimonios a los que hicimos referencia, como la prueba documental mencionada. Por esos hechos fueron condenados Honorio Martínez Ruíz y Eduardo Alfredo Ruffo, condena que ha quedado firme.

A ellos sólo resta agregar que por las características de los hechos que relatamos, entendemos que lo que le ocurrió a Julio César Rodríguez Rodríguez es una prueba más que evidencia la existencia y funcionamiento de la asociación ilícita que denominamos “Operación Cóndor”. Por su privación ilegítima de la libertad y las torturas a las que fue sometido, formulamos acusación contra Miguel Ángel Furci.