PROTEX Procuraduría de Trata y Explotación de Personas

Principio de no Criminalización de Víctimas de Trata y Explotación

El 26 de Agosto, Alejandra Mángano, Fiscal co-titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas, fue una de las expositoras  en el evento "Principio de No Criminalización de Víctimas de Trata y Explotación". En este encuentro habló acerca de los desafíos que presenta la persecución de los culpables del delito de Trata, de las diferentes interpretaciones del principio de no criminalización y de cómo debería de interpretarse en nuestro país la cláusula de no punibilidad.  

Para comenzar,  señaló que perseguir a este tipo de estructuras complejas criminales es algo que lleva a que se cometa el error de criminalizar a los eslabones más débiles de esta explotación, que, por lo general, presentan claros indicios de vulnerabilidad. 

Por otro lado, detalló las discusiones que se presentan al analizar cómo debe de interpretarse este principio. En la práctica se presentan diferentes opiniones, por un lado se encuentra quienes lo ven desde un punto de vista más dogmático, en donde la víctima formaría parte del proceso judicial y en él se razonaría el por qué debería de ser exceptuada de responsabilidad. En contraste con esta postura, y a la que ella refiere ser la correcta, se encuentra quienes apuntan a la idea de que el objetivo del principio es evitar criminalizar a la víctima y por ende evitar llevarla a un proceso judicial. 

Para cerrar su exposición señaló que la cláusula 5 de la Ley de Trata en Argentina habría que entenderla como un impedimento judicial, el cual prohíbe  imputar a una víctima ya que va en contra de sus Derechos Humanos. Según esta visión, tanto la causa de culpabilidad como la causa absolutoria son incompatibles con el  principio en cuestión.