PROTEX Procuraduría de Trata y Explotación de Personas

Protocolo de actuación para el tratamiento de víctimas de trata de personas

Este protocolo elaborado entre la UFASE y la OFAVI describe:
a) pautas generales de intervención en asistencia a las víctimas del delito de trata de personas en el marco de un proceso penal donde se produce su rescate.
Se brindan cuáles son las características de la víctima del delito de trata y también se sugieren algunas prácticas para tener en cuenta durante su interrogatorio, tales como, la conveniencia de realizar una entrevista previa e individual en un lugar cerrado; procurar la menor cantidad de interlocuciones e interlocutores posibles, evitar el uso de celulares durante el procedimiento y en el lugar de alojamiento, entre otras.
b) la adopción de determinados recaudos legales para la celebración de su testimonio durante la etapa preparatoria al debate que tienden a preservar su validez en futuras instancias.
En este sentido, se aconseja dar cumplimiento a las Resoluciones PGN 8/09 y 59/09, en las que el Procurador General instruyó a los fiscales para que en todos los casos, cualquiera sea el delito, en los que se deba interrogar a menores de dieciocho años, testigos o víctimas, se proceda conforme al procedimiento previsto por el artículo 250 bis del Código Procesal Penal de la Nación y se registre fílmicamente la entrevista.
Asimismo, en dichas resoluciones se recomienda notificar previamente a la defensa, aun cuando no exista todavía un imputado identificado, en ese caso se deberá notificar a la Defensoría Oficial.
La adopción de estos mismos recaudos fue propiciada por el Procurador General por medio de la Resolución PGN 64/09, en la que instruyó a los fiscales a notificar previamente a la defensa en aquellas testimoniales que puedan considerarse como dirimentes.
c) una guía operativa para ser consultada durante la declaración de la víctima que sistematiza el interrogatorio esencial para contribuir al esclarecimiento del caso de acuerdo a las etapas que puede abarcar el iter criminis del delito de trata de personas (reclutamiento/captación, traslado/transporte, recepción y explotación)