La Procuración del Tesoro dictaminó que el secreto de sumario previsto en el artículo 46 del Reglamento de Investigaciones Administrativas no es aplicable a la PIA
La opinión emitida por Carlos F. Balbín despejó las dudas sobre la amplia capacidad de intervención de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas en cualquier etapa del proceso y habilitó en este caso en particular, a obtener la remisión de fotocopias del sumario administrativo solicitado, antes de la oportunidad prevista en el artículo 109 del RIA y en plena etapa de prueba. El asesoramiento fue solicitado en relación con la providencia N°224/16 de la Dirección de Sumarios del Ministerio de Salud que le denegó a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas la remisión de copias del sumario que se sustancia por el