PIA Procuraduría de Investigaciones Administrativas

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 2 admitió el allanamiento del Estado Nacional, haciendo lugar a la demanda promovida por la (ex) Fiscalía de Investigaciones Administrativas.

Se trata del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca – Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria – quién se allanó en la Causa N° 960/2014 “Fiscalía de Investigaciones Administrativas c/EN – M Agricultura GYP – INTA S/ Proceso de Conocimiento”.

 

La contienda se inició promoviendo la demanda de nulidad contra el Estado Nacional –Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca – Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), para   que se invaliden las resoluciones 811/2012 y 685/2013, mediante las cuales fue rechazada la petición de actuar como parte acusadora en el sumario administrativo caratulado como expediente reservado N° 1612/2012 del registro del INTA.

En ese acto, se solicitó el dictado de una medida cautelar de innovar, para impedir la prosecución del trámite del referido sumario sin la intervención de la FIA, sosteniendo que las mentadas resoluciones denegatorias estaban viciadas y afectadas de nulidad absoluta. Dicha medida cautelar fue confirmada por la Sala IV de la Excma. Cámara del Fuero, que suspendió las resoluciones impugnadas y ordenó a la demandada permitir la inmediata intervención de la FIA en el rol de parte acusadora, medida que quedó firme y consentida a partir del 9 de septiembre de 2014.

Con el traslado de la demanda, se presentó el apoderado del INTA y el Estado Nacional se allanó lisa y llanamente a la demanda instaurada y corrido el pertinente traslado, se prestó conformidad.

Que así las cosas, el Tribunal entendió que el acuerdo de partes mediante el allanamiento, implica dejar  sin efecto las resoluciones 811/2012 y 685/2013, y que la solución alcanzada se encuentra en absoluta consonancia con la jurisprudencia consolidada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en torno a la competencia y las facultades de la FIA, en particular haciendo mención a los precedentes “Fiscalía Investigaciones Administrativas (ex. 21.637/457) c/EN –M° Interior – PFA –nota 176/07 – sumario 226/05 s/proceso de conocimiento”, sentencia del 3 de junio de 2014.

En consecuencia, el juez interviniente aceptó el allanamiento de la demandada, haciendo lugar a la demanda promovida por la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas, declarando la nulidad de las resoluciones impugnadas. De esta manera, una vez más quedó confirmada jurisprudencialmente y de manera unánime las facultades de esta PIA, para intervenir en los sumarios administrativos, cualquiera sea su forma de inicio.