Secretaría Disciplinaria y Técnica
Secretaría Disciplinaria y Técnica
Titular: Juan Manuel Casanovas
Dirección: Av. de Mayo 760, 4° piso, CABA. (CP:1084)
Teléfono: (+54 11) 4338-4451/4455
Acerca de Secretaría Disciplinaria y Técnica

Misión:

  • Asistir al Procurador General de la Nación en todos los aspectos pertinentes para un ejercicio coordinado de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal. Prestar colaboración (técnica, funcional y disciplinaria) a los magistrados que integran el Ministerio Público Fiscal, con el objeto de dar cabal cumplimiento a las disposiciones vigentes.

Funciones:

  • Coordinar las actividades de las distintas áreas que dependen de la Secretaría conforme lo establecido en la Resolución PGN 3406/17: Asesoría Jurídica; Fiscales de la PGN; Cuerpo de Secretarios de la Procuración General de la Nación; Dirección de Comunicación Institucional; Secretaría Permanente de Concursos; Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de Actuaciones de la Procuración General de la Nación; Oficina de Protocolización y Notificaciones y Oficina de Declaraciones Juradas.
  • Proponer e implementar medidas conducentes para optimizar la actuación de los magistrados que tengan a su cargo causas de singular complejidad o transcendencia.
  • Asistir al Procurador General en el estudio y evaluación de los proyectos de reglamentación referidos al ejercicio de la magistratura.
  • Atender los asuntos que se presenten con motivo de la intervención de los fiscales de la Procuración General de la Nación en las diversas causas judiciales que así lo requieran.
  • Fiscalizar desde el punto de vista técnico el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la magistratura, e informar sobre este al Procurador General y tramitar las presentaciones que se efectúen en relación con el desempeño de los magistrados de este Ministerio Público Fiscal.
  • Recibir, recopilar y mantener actualizadas las listas de abogados confeccionadas anualmente por los fiscales ante las Cámaras Federales, en las que se establece la nómina de quiénes podrán desempeñarse como magistrados subrogantes.
  • Proyectar designaciones de reemplazos de magistrados conforme la reglamentación vigente y los artículos 12, 59 y 60 de la LOMPF.
  • Tramitar los traslados de fiscales conforme las previsiones del artículo 64 de la LOMPF.
  • Proyectar las convocatorias de magistrados conforme las previsiones de la Ley 24018 cuando razones funcionales así lo aconsejen.
  • Disponer lo necesario para la organización de los turnos de intervención de fiscalías ante los juzgados de los distintos fueros.
  • Proyectar las resoluciones de intervención de procuradurías y unidades fiscales especializadas, cuando así lo requieran los fiscales actuantes.
  • Llevar un registro de las referidas designaciones y de los oficios por los que se comunica el inicio de distintas investigaciones preliminares.
  • Remitir a conocimiento de los fiscales generales las presentaciones que aluden a la presunta comisión de un hecho delictivo, sea para practicar las diligencias preliminares necesarias o bien para formular una denuncia.
  • Dirimir las cuestiones de competencia funcional entre los magistrados, siempre que esa decisión no hubiere sido encomendada a otros fiscales por el Procurador General.
  • Estudiar y elaborar los proyectos de reglamentaciones encomendados por el Procurador General de la Nación.
  • Intervenir en el trámite y confeccionar las resoluciones referidas a cuestiones de superintendencia, declaración de días inhábiles, habilitación de nuevas fiscalías, creación de grupos de trabajo y actuación conjunta de magistrados, entre otras variantes.
  • Examinar expedientes administrativos originados por denuncias de particulares y de otros organismos públicos.
  • Analizar y remitir a los fiscales competentes las presentaciones efectuadas ante el Procurador General por funcionarios del Banco Central de la República Argentina referidas, generalmente, a operaciones sospechosas en violación de la Ley de Entidades Financieras o de presunto lavado de dinero en el circuito financiero y recepción de las referidas al secuestro de moneda falsa, en función del registro correspondiente creado por la propia entidad de contralor.
  • Intervenir en los sumarios disciplinarios que se instruyan contra los magistrados del Ministerio Público Fiscal, previamente a su iniciación y a su decisión definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 12, incisos m y n, de la Ley 27148 y el Reglamento Disciplinario para los Magistrados del Ministerio Público Fiscal de la Nación.
  • Asistir al Procurador General en el estudio de los recursos que interpongan los magistrados, o bien durante el trámite del sumario, o bien luego del dictado de una eventual resolución sancionatoria.
  • Asesorar al Procurador General acerca del curso de acción frente a informes judiciales en los que se consigna que los fiscales han sido sancionados o en los que se efectúan objeciones a su desempeño.
  • Instruir actuaciones administrativas tendientes a examinar la conducta de los distintos funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal.
  • Informar sobre los diversos aspectos destinados a lograr la optimización de los recursos humanos y técnicos disponibles en el Ministerio Público Fiscal. Propiciar la reasignación de esos recursos de acuerdo con las necesidades que presenten las fiscalías, teniendo especialmente en cuenta el incremento de funciones que supone el avance de causas complejas.
  • Examinar y canalizar las denuncias formuladas por particulares y por organismos públicos tales como el Defensor del Pueblo de la Nación, la Auditoría General de la Nación, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, la Oficina Anticorrupción, la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Procuración General de la Provincia de Buenos Aires.
  • Efectuar el seguimiento de los procesos iniciados por denuncia del Defensor del Pueblo, en los términos de artículo 26 de la Ley 24284.
  • Llevar el registro y efectuar el control y seguimiento de las investigaciones preliminares que se inician en las procuradurías y unidades fiscales especializadas.
  • Informar a jueces, funcionarios públicos y particulares acerca del trámite impreso a los expedientes administrativos, siempre que ello no hubiese sido confiado a otra área específica.
  • Confeccionar los certificados de buena conducta solicitados por los integrantes del Ministerio Público Fiscal.
  • Diseñar la reglamentación relativa a la implementación del mecanismo de puesta en funciones de los auxiliares fiscales del Ministerio Público Fiscal.

Desarrollar las actividades técnicas propias de la Secretaría en lo pertinente a la implementación del Código Procesal Penal de la Nación.

Titular
Juan Manuel Casanovas El doctor Casanovas es abogado y Doctor en Ciencias Jurídicas (UCA), Profesor Titular de Derecho Procesal Penal en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Salvador y Director del Doctorado en Ciencias Penales de la Universidad del Salvador. Actualmente se desempeña como Secretario de la Procuración General de la Nación a cargo de la Secretaría Técnica y Disciplinaria; Secretario del Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal de la Nación y Cotitular de la Unidad Especial Estratégica para la Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio del Ministerio Público Fiscal de la Nación (Res PGN 16/18). Anteriormente se desempeñó en distintos cargos y funciones en el Ministerio Público Fiscal desde su ingreso a la Procuración General de la Nación en 1998 (Integrante del área de Dictámenes ante la CSJN; Secretario de la Unidad Especial Fiscal Móvil para la Investigación de Hechos de Violencia en Espectáculos Deportivos; Secretario de los Fiscales de la Procuración General; Secretario de la Fiscalía Federal en lo Criminal y Correccional de San Isidro, entre otros). Se desempeñó como Secretario Letrado de la Defensoría General de la Nación y ocupó todos los cargos del escalafón administrativo desde su ingreso al Poder Judicial de la Nación (Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal y Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 12). También se desempeñó como Asesor del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (jerarquía de Director Provincial, años 2000 y 2001), oportunidad en la que elaboró distintos proyectos de ley (Código Contravencional, modificación de la parte correspondiente a los recursos del Código Procesal Penal y el Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de Buenos Aires, entre otros), y cumplió funciones de asistencia y asesoramiento a víctimas de delitos. Ha sido integrante de numerosas comisiones y tribunales evaluadores de doctorados y maestrías en distintas universidades nacionales.