¿Cómo será la implementación del sistema acusatorio?

¿Cómo es la implementación del sistema acusatorio?

Según lo dispone la ley 27.150, la implementación del Código Procesal Penal Federal (CPPF) será progresiva. El texto legal –sancionado en 2015- le atribuyó a la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del CPPF (que funciona en el ámbito del Congreso de la Nación) la decisión sobre el cronograma de implementación en el ámbito de la justicia federal.

En ese contexto, la única jurisdicción federal en la que el CPPF se puso en marcha el 10 de junio de 2019 fue la correspondiente a la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, que integran las provincias de Salta y Jujuy.

El 26 de febrero de 2024, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 188/2024, se asignó la función de establecer el cronograma de implementación del CPPF al Ministerio de Justicia de la Nación.

En ejercicio de esa atribución, mediante las resoluciones 63/2024 y 64/2024 ese Ministerio dispuso la entrada en vigencia del CPPF a partir del 6 de mayo de 2024 en el ámbito de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario (que comprende la totalidad del territorio de la provincia de Santa Fe y el departamento judicial de la provincia de Buenos Aires en el que resulta competente la justicia federal con asiento en la ciudad de San Nicolás). Luego, difirió la puesta en marcha en el ámbito territorial del Juzgado Federal de Reconquista, en donde finalmente se concretó el 1° de marzo de 2025.

A su vez, a través de las resoluciones N°165/2024 y 216/2024, el Ministerio de Justicia dispuso la implementación del Código Procesal Penal Federal en la jurisdicción Mendoza (que incluye toda la provincia de Mendoza, y las provincias de San Juan y San Luis) a partir del 5 de agosto de 2024, y en los distritos de General Roca y Comodoro Rivadavia a partir del 4 de noviembre y 2 de diciembre de 2024, respectivamente.

A fines de 2024, el ministerio también dispuso la puesta en marcha del sistema acusatorio en los distritos de Mar del Plata y Bahía Blanca (que comprende a esa ciudad del sur bonaerense y a la provincia de La Pampa), a través de la Resolución N°377/2024.

Luego, a principios del 2025, por medio de la Resolución MJ N°143/25, se estableció que la entrada en vigencia del CPPF en las jurisdicciones correspondientes a la Cámara Federal de Apelaciones en lo Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico sería a partir del 11 de agosto de 2025; y en los distritos de Corrientes y Resistencia a partir del 1° de diciembre del mismo año.

Queda aún pendiente la disposición respecto a cuándo será la puesta en marcha del CPPF en los restantes distritos federales de todo el país, y también en el ámbito territorial de la Capital Federal, en relación con la denominada “justicia nacional”.