Finalizado
Fiscal General de la Procuración General de la Nación, en el área de Política Criminal.

14 (10 hombres y 4 mujeres).

Resoluciones de Excusaciones y Recusaciones:
Por Res. PGN 41/05 no se hace lugar a la excusación presentada por el Dr. Righi.- Res. PGN 177/04 Art. 1°) Se hace lugar a la excusación del Dr. Ouviña, designando en su reemplazo al Dr. Jose G. Chakass.- Art. 2°) Se hace lugar a la excusación del Dr. Friele, designando en su reemplazo al Dr. Alejandro Alagia.- Art. 3° Se hace lugar al pedido de apartamiento del Dr. Bruzzone, designando en su reemplazo al Dr. José I. Cafferata Nores.- Res. PGN 181/04 Art. 1°) Se hace lugar al pedido de apartamiento de los doctores Gustavo Bruzzone y José I.Cafferata Nores.- Art. 2°) Se Convoca a los doctores Marcelo Sgro y Daniel Pastor en calidad de juristas invitados titular y suplente respectivamente.

Tribunal Definitivo:
Dr. Esteban Righi; Dr. Javier A. De Luca; Dr. Ricardo C.M. Álvarez; Dr. Alejandro J. Alagia y Dr. José G. Chakass.

Jurista Interviniente:
Sgro, Marcelo Antonio

Temas de Examen:
Examen escrito del 26/05/05: Resolución de expedientes internos de la Procuración General de la Nación. *Suspensión del proceso a prueba (Exptes M4543/04; M4544/04; M4556/04; M4638/04 y F4672/04): Elaborar un dictamen dirigido al Procurador General de la Nación abordando y dando respuesta a todos los puntos que considera involucrados en los planteos formulados por los fiscales y que debería contener un eventual instrucción general. *Convocatoria del Art. 67 del C.P.P.N. (Expte. M6841/01): Elabore un dictamen dirigido al Procurador General de la Nación que sugiera el criterio político-criminal que debería aplicarse al caso y las estrategias que la Procuración General de la Nación podría implementar para garantizar en lo sucesivo la unidad y coherencia de actuación del Ministerio Público Fiscal. Si optare por la elaboración de una instrucción general, proyecte además la parte dispositiva. *Inconstitucionalidad del Art. 348 del C.P.P.N.-Intervención de la querella (Expte. M2869/05): Elabore un dictamen dirigido al Procurador General de la Nación que trate los distintos puntos que plantea la Sra. Fiscal General y que también se refiera a las siguientes cuestiones: a) En los supuestos en los que se ha dictado una condena firme ¿cree que las instrucciones PGN32/02 y PGN 13/05 deberían poseer algún tipo de limitación?; b) ¿el apartamiento del fiscal general para el debate oral y público en un delito de acción pública merecería algún tipo de decisión institucional?, c) ¿Corresponde convalidar institucionalmente el desistimiento invocado por aplicación del art. 37 inc. a) in fine de la Ley Orgánica? *Unidad Especial de Investigación ? Delegación del art. 196 C.P.P.N. (Exptes. F5834/00 y F5880/00): Elabore un dictamen dirigido al Procurador General de la Nación que sugiera cual debería ser la postura de la Procuración General de la Nación frente al planteo formulado por los fiscales. En el marco de ese dictamen, analice en particular si el Procurador General puede disponer que en un caso o grupo de casos en los que aún no ha tomado intervención ningún fiscal, la representación del Ministerio Público Fiscal esté a cargo de los integrantes de Unidades Especiales de Investigación. Examen oral del 27/05/05: 1. En el marco de un programa de Política Criminal del Ministerio Público Fiscal a desarrollar en los próximos cuatro años, deberá profundizar sobre las acciones concretas que propondría en alguna de las siguientes materias: 2. Derechos Humanos. 3. Organización y actuación del Ministerio Público Fiscal. 4. Relación del Ministerio Público Fiscal con las Fuerzas de Seguridad, los Gabinetes periciales y demás Auxiliares de la Justicia. 5. Niñez. 6. Relaciones con la comunidad. El rol de la víctima y la protección detestigos. 7. Medio ambiente. 8. Lavado de dinero. 9. Cárceles y ejecución penal.

26/10/05

18/8/05


Resolución Aprobatoria:
24 de agosto de 2006.

Terna de candidatos enviada al PEN:
1º) Dr. Eduardo L. AGUIRRE; 2º) Dra. Mary A. BELOFF y 3º) Dr. Marcelo A. SOLIMINE

Magistrado Designado:

Mary A. Beloff. (Decreto PEN 1150 del 29/08/2007, Juró el 08/10/2007 Res. PGN  118/07)