El área operativa de Fraude Financiero y Mercado de Capitales de PROCELAC fue creada en enero de 2018 (resolución MP nro. 5/2018), a partir de la fusión de las áreas de Mercado de Capitales y de Fraude Económico y Bancario.
Esa modificación en el diseño institucional de la Procuraduría fue consecuencia de la experiencia reunida en los cinco años transcurridos desde su constitución (resolución PGN 914/2012), que demostraron la conveniencia estratégica de tratar en forma unificada las manifestaciones de criminalidad que afectan tanto al mercado de capitales como al mercado bancario y, en consecuencia, inciden en la consolidación del mercado financiero como ámbito confiable para la canalización de recursos.
El ámbito de intervención del área está, generalmente, dado por los delitos de uso y suministro de información privilegiada (arts. 307 y 308 CP), manipulación de mercado (art. 309 CP, inc. 1.a), ofrecimiento fraudulento de valores negociables (art. 309 CP, inc. 1.b), comunicaciones falsas acerca de la situación económica de la empresa (art. 309 CP, inc. 2), intermediación financiera no autorizada (art. 310 CP), captación de ahorro público no autorizada (art. 310 CP), intermediación para la adquisición de valores negociables no autorizada (art. 310 CP), registro falso de operaciones financieras (art. 311 CP), cohecho privado en el ámbito financiero (art. 312 CP), defraudaciones en el ámbito financiero (arts. 172 a 175 y cctes. CP), balance falso (art. 300 CP) y usura (art. 175 bis CP), entre otros.
Además, corresponde al área llevar un registro completo y actualizado de las diferentes manifestaciones de la delincuencia económica de su ámbito de competencia; elaborar una base de datos con el objeto de detectar patrones comunes que permitan anticipar ámbitos de riesgo institucional y orientar otras investigaciones; elaborar informes periódicos sobre el estado de los procesos, los avances y las dificultades observadas; diseñar estrategias de investigación para el esclarecimiento de hechos de criminalidad económica y para el recupero de los activos involucrados; efectuar un seguimiento y estudio permanente de la jurisprudencia nacional e internacional que pueda tener incidencia en el trámite de las causas; prestar asesoramiento técnico a las Fiscalías que intervienen en la investigación de los hechos que se vinculen con el mercado financiero nacional; realizar tareas de coordinación entre las distintas Fiscalías que intervienen en casos que se vinculen con el mercado financiero nacional y efectuar el seguimiento de los procesos que incluyan hechos en la materia; disponer enlaces y acciones interinstitucionales con organismos especializados en la materia, con el propósito de mejorar las investigaciones y el juzgamiento de los casos que se vinculen con el mercado financiero nacional; y presentar ante las autoridades que correspondan los informes confeccionados por el Área de Asistencia Técnica de la Procuraduría.
En virtud del convenio de cooperación suscripto con la Comisión Nacional de Valores, el área es punto de enlace con dicho organismo.