Determina que, a partir del 1°de abril de 2022, la presencialidad será plena en todas las dependencias del MPFN, sin perjuicio de que sus titulares puedan autorizar el teletrabajo respecto de aquellas personas cuyas funciones lo permitan, cuando razones excepcionales debidamente fundadas así lo ameriten, en los términos expuestos en el considerando III.