Tratamiento de las víctimas

Considerando la complejidad investigativa, la sensibilidad del tema y el impacto traumático que ha de producirse en las víctimas, a partir de la creación de UFESE la Procuradora General recomendó el trabajo articulado entre la Unidad y la DOVIC para el tratamiento de las víctimas de secuestro extorsivo.

En este sentido, la intervención de DOVIC se concentra en la explicación y el acompañamiento a las instancias procesales para las que fueron eventualmente convocadas y para cuyo abordaje los profesionales con que cuentan poseen la preparación específica y acorde, esto es, ruedas de reconocimiento, notificación de autos de mérito, preparación y acompañamiento a juicios orales, etc.

El trabajo articulado con UFESE permite enlazar la tarea de Dovic con las Fiscalías Federales en las que UFESE colabora permanentemente.

La solicitud de intervención de DOVIC en casos de secuestros se puede realizar a través de UFESE o enviando la planilla de derivación de dovic

A partir de la sanción de la ley 27.372 de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos, se modificó el Código Procesal Penal de la Nación reconociendo expresamente derechos de asesoramiento, asistencia, representación, protección, verdad, acceso a la justicia, tratamiento justo, reparación, celeridad y todos los demás derechos consagrados en la Constitución Nacional, en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos de los que el Estado nacional es parte, demás instrumentos legales internacionales ratificados por ley nacional, las constituciones provinciales y los ordenamientos locales a todas las víctimas de delitos, en ese marco y a partir de la experiencia desarrollada por el equipo de UFESE se delinearon las siguientes recomendaciones.

 

Recomendaciones

Planilla de derivación de casos DOVIC