El Rol del fiscal

El nuevo sistema acusatorio asegura una división de roles entre jueces y fiscales. La investigación de los delitos queda a cargo del fiscal, a quien corresponde la promoción la acción penal contra los autores y partícipes de un suceso cuya comisión, eventualmente, deberá ser acreditada en un juicio oral y público.

El juez garantizará que durante el procedimiento penal se respeten las garantías constitucionales de conformidad con lo establecido en la Constitución Nacional, los tratados internacionales y las leyes.

Fiscalía de distrito

Funciones y deberes del Fiscal de Distrito.

I. Coordinar y organizar las unidades fiscales.

II. Conformar equipos temporales para investigaciones genéricas o complejas.

III. Organizar administrativamente la distribución de casos entre las unidades fiscales y las sedes descentralizadas.

IV. Designar al Fiscal Revisor.

V. Coordinar con organismos nacionales con sede en la jurisdicción (en particular, con las Fuerzas de Seguridad)

VI. Coordinar con autoridades provinciales y municipales (en particular, MPF).

VII. Controlar y visitar los establecimientos de detención de personas.

VIII. Gestionar aspectos administrativos de la Fiscalía de distrito.

Unidad Fiscal/Unidad descentralizada

A. Funciones del fiscal a cargo de la Unidad.

I. Enlace y coordinación con el Fiscal Coordinador de Distrito.

II. Coordinación y organización del personal de la unidad.

III. Gestión administrativa de la Unidad.

IV. Litigación de casos.

B. Distribución de áreas de la Unidad Fiscal.

I. Área de Atención Inicial.

II. Área de Flagrancias e investigación y litigación de casos sencillos.

III. Área de investigación y litigación de casos complejos.

IV. Transición.

V. Ejecución penal.

VI. Área no penal.

VII. Área víctimas.