Víctimas de Argentina

José Ramón Morales (padre), Luis Alberto Morales, Nidia Beatriz Sans de De Gori, José Ramón Morales (hijo) y Graciela Luisa Vidaillac

Descripción del caso

Nos referiremos ahora a lo acontecido a José Ramón Morales, sus dos hijos, Luis Alberto y José Ramón, y sus respectivas nueras, Nidia Beatriz Sans y Graciela Luisa Vidaillac.

La pareja constituida por Luis Alberto Morales, de 22 años de edad, y Nidia Sans, de 24, fue secuestrada el 1° de noviembre de 1976 en horas de la mañana, por un grupo de personas armadas, vestidas de civil, que se desplazaban en numerosos automóviles. El hecho ocurrió en la vía pública, en la intersección de las calles Mitre y San Lorenzo, de la localidad de Sarandí, Provincia de Buenos Aires.

Al día siguiente, a las 9 de la mañana, en el depósito metalúrgico ubicado en Belgrano 3972 de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, José Ramón Morales, padre de Luis Alberto, fue secuestrado por un grupo de personas fuertemente armadas, algunas de las cuales vestían de civil y otras estaban uniformadas. Con él se llevaron también a su socio, Aldo López, a quien liberaron a las pocas horas.

Estos hechos ocurrieron en jurisdicción del Área 112, entonces a cargo del jefe de Regimiento de Infantería Mecanizada, Federico Antonio Minicucci, dependiente de la Subzona 11, a cargo del comandante de la Brigada de Infantería Mecanizada X, Juan Bautista Sasiain; y de la Zona I.

Esta secuencia de operativos, organizada por el grupo de Orletti, tenía por objetivo final la captura de la pareja constituida por Graciela Luisa Vidaillac, de 26 años, y José Ramón Morales, de 28, quienes para entonces eran miembros del PRT - ERP.

Es así que ese mismo 2 de noviembre de 1976, los secuestradores llegaron a la casa de José Ramón Morales (padre) y de su esposa, Elsa Martínez, ubicado en la calle Los Pinos de la localidad de Haedo, Provincia de Buenos Aires. Aproximadamente 15 personas armadas, vestidas de civil, a excepción de una que llevaba uniforme del Ejército Argentino, irrumpieron violentamente en el lugar y se llevaron por la fuerza a Graciela Luisa Vidaillac, quien se encontraba en el lugar. Entre ellos, estaban Aníbal Gordon y Eduardo Ruffo. A las 20 horas arribó a ese domicilio su pareja, José Ramón Morales, quien durante el secuestro fue herido de bala en una pierna.

Los hechos ocurrieron en jurisdicción de la Subzona 16, a cargo del jefe de la I Brigada Aérea del Palomar, Rodolfo Fajardo. Desde los lugares donde fueron secuestrados, todos fueron conducidos a “Automotores Orletti”.

Mientras estuvieron en ese CCD, todos fueron torturados y mantenidos en las condiciones de vida infrahumanas a las que se sometía a todos los prisioneros. En el caso de Nidia Sans, los padecimientos se intensificaron debido a que en ese momento estaba cursando su segundo mes de embarazo. Tanto ella como Luis Alberto Morales fueron brutalmente golpeados. Graciela Vidaillac, por su parte, fue conducida a una habitación grande donde se la sometió al método de "la colgada" y, en esas condiciones, se aplicó sobre su cuerpo corriente eléctrica, y se introdujo un palo en su vagina y su ano, todo lo cual le produjo hemorragias y vómitos.

Luego arribaron al lugar otros represores, que estaban eufóricos porque acababan de secuestrar a José Ramón Morales (hijo). En ese momento, condujeron a Vidaillac a otra habitación y comenzaron a interrogar y a torturar a José (hijo). En el transcurso de esta sesión de tortura llevaron ante él a su padre, su hermano y su cuñada; y a continuación colgaron a su padre y también le aplicaron electricidad. Cuando terminaron con él, continuaron con Graciela Vidaillac, a quién nuevamente le aplicaron electricidad durante aproximadamente una hora más, esta vez mientras la mantenían sujeta a un elástico de cama. Concluido esto, la dejaron sola en la habitación por un tiempo durante el cual, cada tanto, aparecía uno de los represores y la golpeaba con una cadena, amartillaba un revolver y la amenazaba con matarla.

Durante la madrugada, en un momento en el que estaba sola en esa habitación, Vidaillac se dio cuenta de que había quedado desligada de una de las cuerdas que la ataban y aflojó las otras, y es así que salió de allí en búsqueda de sus familiares. Encontró a su suegro, quien se negó a acompañarla debido al deplorable estado físico en el que se encontraba luego de la tortura, y luego a su marido, a quien liberó. En ese momento, sus captores advirtieron lo que estaba sucediendo y se produjo un tiroteo, en el que ella resultó herida, pero los dos lograron salir del local hacia la calle y es así que lograron fugarse. Días más tarde, partieron a México, donde vivieron en el exilio. José Ramón Morales (padre), su hijo Luis Alberto Morales y su pareja, Nidia Beatriz Sans, permanecen desaparecidos.

 

Prueba

Las circunstancias aquí afirmadas se desprenden de diversas pruebas testimoniales y documentales incorporadas al debate.

En primer lugar, contamos con la declaración de Elsa Martínez de Morales obrante a fs. 383/385 de la causa n° 42.335 bis. En esa oportunidad dio cuenta de las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que fueron secuestrados su nuera, Graciela  Vidaillac, su hijo, José Ramón Morales y su esposo. Refirió que la persona que luego identificó como Eduardo Ruffo, le dijo que se olvidara de su esposo, de su hijo Luis Alberto y de su nuera Nidia Beatriz Sans, lo cual le dio la pauta de que ellos habían sido capturados.

Sobre lo ocurrido ese día en su casa, precisó que ingresó un grupo de personas armadas, quienes aguardaron la llegada de Graciela Vidaillac y de sus hijas, y que cuando ello ocurrió, llevaron a Graciela a una habitación, donde la interrogaron a los golpes. Luego se la llevaron. Algunas personas se quedaron en el lugar esperando a su hijo, a quien también secuestraron tras su arribo.  

Al respecto, se incorporaron  también copias de las páginas 236/45 del libro de Elías Querejeta titulado Comisión Argentina por los Derechos Humanos- Argentina: Proceso al Genocidio[1] (fs. 114/119 de la causa n° 2637), que reprodujo el relato de Elsa Martínez, en el que afirmó que cuando su hijo llegó al domicilio, y luego de que la encerraran en una habitación con sus nietas, escuchó dos tiros, y luego vio que algunos agentes estaban buscando trapos en la casa.

Por otra parte, de acuerdo a lo que surge de su declaración en la causa n° 42.335 bis, ante la ocurrencia de estos hechos, Elsa Martínez se retiró de su casa y se refugió, junto con sus nietas, durante nueve días en la ciudad de Bahía Blanca. Cuando regresó habló con el socio de su esposo, llamado Aldo López, quien le relató el secuestro de éste.

Sobre la identificación del personal que intervino en el operativo ocurrido en su casa, a fs. 161, 400 y 1178 de la misma causa “Rodríguez Larreta”, se encuentran las actas de reconocimiento en las que ella intervino y de las que surge que identificó a Aníbal Gordon y Eduardo Ruffo como dos de los secuestradores de sus familiares.

Por su parte, se incorporó al debate la declaración de Graciela Luisa Vidaillac de fs. 141/143 de la misma causa “Rodríguez Larreta”. En esa oportunidad brindó un exhaustivo testimonio sobre su propio secuestro, el de sus familiares y las brutales torturas a las que fueron sometidos, como así también de las circunstancias en que ella y Morales (hijo) se fugaron de Orletti. Sobre el secuestro, especificó que inmediatamente que ingresó a la vivienda ubicada en la localidad de Haedo, le ataron las manos a la espalda y comenzaron a golpearla e interrogarla sobre las actividades políticas de su suegro y de su marido, como así también sobre dónde estaba este último. Luego la introdujeron en un vehículo en donde tenían cautivo a su suegro y, juntos, los llevaron a Orletti. Al igual que su suegra, Graciela Vidaillac identificó a Gordon y a Ruffo en las ruedas de reconocimiento obrantes a fs. 161 y 1179 de la causa “Rodríguez Larreta”, como dos de las personas que intervinieron en su secuestro.

Vidaillac explicó que una vez que llegaron al lugar fue conducida a la planta superior, hasta una habitación donde fue sometida a las brutales torturas que ya mencionamos. Posteriormente la condujeron a una habitación más chica, que en una de las paredes había una especie de nicho y desde allí escuchó las voces de Luis Alberto Morales y Nidia Sans. Por último describió exhaustivamente el momento en el que logró, junto a su marido, fugarse del CCD. Detalló, así, cómo y en qué circunstancia pudo liberarse, dirigiéndose luego a la sala donde había sido torturada, lugar en el que habló con su suegro, quien se negó a acompañarla debido al deplorable estado físico en el que estaba. En otra habitación encontró a su pareja, a quien pudo liberar de las esposas.

En el ínterin, se despertaron dos guardias, quienes advirtieron lo que había pasado y comenzaron a dispararles, por lo cual Morales tomó un arma que se encontraba allí y repelió la agresión. Luego ambos lograron descender por una escalera y llegar a la puerta de salida  ubicada, mirando desde el interior, al costado derecho de la cortina metálica del local.  En este marco, ella fue herida en el torso por una bala. Al respecto, a fs. 175/176 de la causa “Rodríguez Larreta” obra el informe del Cuerpo Médico Forense del 6 de abril de 1984, en el que se da cuenta que Graciela Vidaillac tiene dos lesiones compatibles con el disparo de un arma de fuego, cuya data era mayor al  año. Documento 1.

Vidaillac también explicó que una vez que ella y Morales lograron salir a la calle, detuvieron a un vehículo cuyo conductor los llevó a la casa de una persona amiga de su marido, donde se refugiaron, hasta que algunos días después volvieron a su casa.

Respecto de cómo Vidaillac supo que había estado en Automotores Orletti, se encuentra incorporada el acta de la inspección ocular en el inmueble realizada el 6 de abril de 1984 y agregada a fs. 170/171 de la causa “Rodríguez Larreta”, donde ella reconoció ese sitio como el lugar en el que había sido mantenida cautiva y torturada junto a sus familiares. Incluso, individualizó el pasillo donde vio por última vez a su suegro. Documento 2.

Completa el marco probatorio el documento titulado “Relato de un torturado” efectuado por José Morales (hijo), agregado al Legajo Conadep N° 3.515. Allí, de manera concordante con los testimonios de Martínez de Morales y de Vidaillac, José Morales (hijo) describió las circunstancias de su propio secuestro. Asentó allí, entre otras cosas, que se resistió a que lo esposaran y se abalanzó sobre sus captores, circunstancia en la cual fue herido en una pierna por un disparo. Respecto de su cautiverio en Orletti, detalló las torturas a las que fue sometido tanto él como su Vidaillac, su padre, su hermano y cuñada.

A todo ello se suman, de modo coincidente, las declaraciones de Enrique Rodríguez Larreta Piera, agregadas a fs. 1/15 y 18 de la causa 42.335. Allí dio cuenta de que una vez en libertad, viajó a la ciudad de Buenos Aires donde tomó conocimiento, a través de la colonia uruguaya de refugiados, de que la descripción del lugar donde él había sido mantenido cautivo coincidía con la que había hecho un matrimonio argentino que había logrado fugarse de un centro clandestino de esta ciudad, ubicado en la calle Venancio Flores esquina Emilio Lamarca. Se dirigió allí y es así que pudo determinar que se trataba del mismo lugar donde él y su familia habían estado secuestrados.

También dan cuenta de los sucesos que hemos detallado, las constancias agregadas a los legajos CONADEP N° 4331 de Luis Alberto Morales, N° 4332 de José Ramón Morales (padre) y N° 3469 correspondiente a Nidia Beatriz Sans.

Se encuentra incorporado también el expediente en el que tramitó la ausencia por desaparición forzada de Luis Alberto Morales, donde se fijó como día presuntivo de su desaparición el 1 de noviembre de 1976.

Además, se incorporaron los documentos correspondientes al archivo de la ex DIPBA. Entre ellos, corresponde mencionar el Legajo n° 6878 de la Mesa de “DS”, Varios, relativo a José Ramón Morales. Se inicia con un parte de la SIDE firmado por el Coronel Roberto Oscar Terrile, dirigido al director de la DIPBA, y fechado el 15 de noviembre de 1976, mediante el cual se remite un parte de informaciones. El parte se titula “planificación de asesinatos de personal de las FF.AA”, y en él aparecen José Ramón Morales y Graciela Luisa Vidaillac identificados como: “elementos de extrema peligrosidad” y se aclara que son miembros de la organización ERP. También se indica que ambos se hallaban en ese momento clandestinos en Buenos Aires, y que se sabían detectados por las Fuerzas de Seguridad. El informe contiene fotografías de ambos y, en su distribuidor, se encuentra el jefe de Servicio de Inteligencia Naval, el jefe II del Estado Mayor del Ejército, el Jefe del Batallón Inteligencia 601, el Jefe de la Superintendencia de Seguridad Federal, el jefe de DIPBA, el Director de Asuntos Policiales e Informativos del Ministerio del interior y el distribuidor interno de la propia SIDE. Este documento, que se produce pocos días después de la fuga de José Ramón Morales y Graciela Vidaillac de Automotores Orletti, evidencia que la SIDE recurrió a la comunidad informativa con el objetivo de lograr sus capturas, y por supuesto, confirma los dichos de Vidaillac acerca de lo que le ocurrió a ella y a su familia y qué grupo específico estuvo directamente a cargo de sus secuestros, torturas y alojamiento inhumano. Documento 3.

Otro de los documentos de la ex-DIPBA que corresponde mencionar es el Legajo n° 9145 de la Mesa DS, fechado el 11 de mayo de 1977, en el cual la SIDE transmite a la comunidad informativa las resoluciones de la Comisión Asesora de Antecedentes sobre una serie de “casos”, entre los que se encuentra el de José Ramón Morales. Documento 4.

Allí José Ramón Morales figura con la siguiente calificación: “registra antecedentes ideológicos marxistas que hacen aconsejable su no ingreso y/o permanencia en la Administración Pública, no se le proporcione colaboración, no sea auspiciado por el Estado”.

Además, debemos mencionar el documento del Legajo n° 2703 de la Mesa DS, caratulado “Pedido de captura (activ suber)”, del 19 de diciembre de 1977, consistente en un listado, enviado por el SIN, en el que este servicio solicita que se actualice la información relativa a personas con pedido de captura vigente “por desarrollar actividades subversivas”. Entre las personas mencionadas está José Ramón Morales. Documento 5.

Graciela Vidaillac, por su parte, aparece también en un listado similar incluido en el Legajo N° 9297, carpeta varios, Mesa DS, que como el resto fue remitido por la Comisión Provincial por la Memoria.

Acerca de las gestiones que realizaron familiares de las víctimas, se encuentran incorporadas las constancias el habeas corpus N° 2.013 presentado en favor de José Morales, y el Legajo CONADEP N° 3469, que ya mencionamos, donde obran las presentaciones efectuadas por la madre de Nidia Beatriz Sans ante diversas dependencias judiciales, organismos estatales e internacionales.

Finalmente, corresponde mencionar que este mismo Tribunal tuvo por acreditados los hechos que hemos detallado en su sentencia de la causa N° 1627, y que por su responsabilidad en ellos fueron condenados Ruffo, Martínez Ruiz y Cabanillas.

En este juicio, por las privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos a los que se sometió a José Ramón Morales (padre), Luis Alberto Morales, Nidia Beatriz Sans, José Ramón Morales (hijo) y Graciela Vidaillac, acusamos a Miguel Ángel Furci.

 

[1] Elías Querejeta, Comisión Argentina por los Derechos Humanos- Argentina: Proceso al Genocidio. Buenos Aires, Ed. del autor, 1977.