Víctimas de Argentina

José Luis Bertazzo

Descripción del caso

Para continuar con la secuencia de operativos a los que nos estamos refiriendo, como recién dijimos, el 23 de agosto fue secuestrado José Luis Bertazzo, ciudadano argentino que por entonces contaba con 20 años de edad. Como ya también explicamos, en 1976 trabajaba en las oficinas centrales de la empresa Renault Argentina S.A., junto con Guillermo Binstock, secuestrado el 20 de agosto.

En este juicio se acreditó que el operativo en el que los integrantes del grupo que actuaba en Orletti capturaron a Bertazzo, se produjo durante la mañana del 23 de agosto de 1976 en su lugar de trabajo, ubicado en la calle Sarmiento 1230 de esta ciudad.

Los secuestradores revisaron a Bertazzo, lo esposaron y le colocaron una campera sobre su cabeza. También revisaron su escritorio. Lo subieron a la parte trasera de uno de los dos automóviles en los que se desplazaban, y lo llevaron a su casa, donde inspeccionaron todo el lugar y se apoderaron de elementos de su propiedad. El operativo se produjo en el ámbito territorial que estaba bajo la responsabilidad del Área VI de la Subzona Capital Federal, a cargo de la Armada Argentina.

Desde su casa, lo llevaron a “Automotores Orletti”, donde luego de golpearlo y desnudarlo, lo subieron a la planta alta y lo colgaron de un aparejo donde le practicaron el método de tortura conocido como “submarino”, sumergiéndolo, esposado, en un tacho que contenía agua salada. También fue sometido al método de "la colgada", mientras le aplicaban descargas de corriente eléctrica. Todo esto, por supuesto, ocurría mientras era interrogado por diferentes personas, entre las que se encontraba Aníbal Gordon.

Debido a la intensidad de las torturas a las que fue sometido, en un momento se desvaneció y tuvieron que hacerle masajes cardíacos y darle medicación. Desde ya que el objeto de estas atenciones no era salvarle la vida, sino poder continuar con el interrogatorio.

Luego de permanecer cautivo en Orletti en condiciones inhumanas de alojamiento durante un mes y medio, fue liberado el 7 de octubre de 1976 en la intersección de Av. San Martin y Juan B. Justo de esta ciudad.

Poco tiempo después de su liberación, se exilió en España y allí permaneció hasta el año 1984. A lo largo de los años denunció lo que le pasó a él y a las personas que vio dentro del CCD, entre ellos, su amigo Guillermo Binstock.

 

Prueba

Los hechos que lo damnificaron fueron probados en este juicio, en primer lugar, a partir de su declaración testimonial brindada en el debate de la causa n° 1627 y que fue incorporada a este juicio.

Señores jueces: Antes de proseguir, debemos remarcar algo. Debido a que la mayoría de las personas que permanecieron cautivas en Automotores Orletti, durante el período en que él estuvo, fueron asesinadas o desaparecidas, su testimonio resultó crucial para conocer lo que les ocurrió, así como quiénes fueron los responsables.

Pero además y en relación a la presencia en ese CCD del grupo de uruguayos secuestrados entre fines de septiembre y principios de octubre, así como de Patricio Biedma, Guillermo Binstock, Marcelo Gelman y María Claudia García Iruretagoyena, entre otros a los que nos hemos referido a lo largo de este alegato, debemos advertir que sus dichos resultan plenamente coincidentes con el resto de los elementos de prueba recabados en este debate. Tales coincidencias permiten demostrar la precisión de su testimonio.

Bertazzo detalló las circunstancias de modo, tiempo y lugar que rodearon su secuestro. Explicó que el 23 de agosto de 1976 estaba en su trabajo cuando se presentó un grupo de personas, quienes amenazaron al gerente de Servicios Generales, de apellido Díaz; y obligaron al jefe de personal Ianos Palik a recorrer el edificio para que lo identificara.

Bertazzo se encontraba en el segundo o tercer piso del edificio, cuando una persona armada le dio la voz de alto y le esposó las manos a la espalda. De esa formo lo bajaron a la oficina donde realizaba sus tareas habituales; y allí observó que había varios sujetos armados que procedieron a revisar sus cajones. Inmediatamente le colocaron su campera en la cabeza y lo sacaron del edificio. Lo introdujeron en la parte trasera de un vehículo y lo llevaron a su casa, donde inspeccionaron todo y encontraron unos apuntes de la Facultad de Filosofía de la UBA, donde había estudiado. Se llevaron un grabador y una cámara de fotos. Desde allí lo llevaron a “Automotores Orletti”.

Al ingresar a Orletti escuchó que decían “operación sésamo”, y este fue uno de los muchos detalles que, tiempo después, le ayudaron a identificar el CCD.

En un primer momento lo subieron al primer piso, lo colocaron en una silla y comenzaron a golpearlo.  Mientras lo hacían le decían que ellos eran del “ERP”, que lo iban a matar, y poco después le dijeron que eran torturadores de la Triple “A”.

Describió con detalle las torturas a las que fue sometido. Al respecto, recordó la aplicación de electricidad se produjo durante un período extenso, y que le preguntaban si era del ERP, si era judío y entre otras cosas le pedían información de compañeros de la facultad. Como ya explicamos, llevaron ante su presencia a Guillermo Binstock, a quien le hicieron pedirle que dijera todo lo que sabía.

Luego fue conducido a otra habitación más pequeña, donde una persona a la que llamaban “El Coronel”, a quien identificó como Aníbal Gordon, lo interrogó nuevamente y lo envió a una nueva sesión de tortura, pese al deplorable estado físico en el que se encontraba.

Bertazzo describió minuciosamente las condiciones de alojamiento en las que él y otras personas eran mantenidas en ese CCD, en especial las torturas a las que sus compañeros de cautiverio fueron sometidos, y el estado físico y psíquico en que se encontraban.

A ello se suma el acta del 5 de Julio de 2006, ilustrativa de la inspección ocular realizada en la finca sita en Venancio Flores 3.519/21 de esta ciudad y en la que participó Bertazzo. En esa ocasión pudo identificar, en la planta alta, el lugar preciso donde fue mantenido cautivo tanto él como otras víctimas.

En ese sentido son coincidentes las constancias agregadas en el legajo CONADEP N° 3.812 y el legajo de la SDH N° 3.237, que incluyen las referencias que por entonces brindó sobre su secuestro, las condiciones en que fue mantenido en cautiverio, así como también menciones respecto del funcionamiento del centro clandestino, la presencia de otras víctimas y sobre el personal que vio operando en el sitio.

También debemos mencionar, como elemento que reafirma su desaparición, la búsqueda que en consecuencia iniciaron sus familiares hasta que fue liberado y la ocultación de lo ocurrido por parte del Estado, la documentación proveniente del archivo de la DIPBA, Legajo n° 18.176, que da cuenta del pedido de paradero de José Luis Bertazzo y su respuesta negativa.

Finalmente, debemos también recordar que la privación ilegal de la libertad y los tomentos a los que fue sometido José Luis Bertazzo, tal como los hemos detallado, también fueron tenidos por acreditados por este Tribunal en la sentencia de la causa n° 1627.

Por esos hechos fueron condenados Ruffo, Martínez Ruiz y Cabanillas, decisión que se encuentra firme.

En este juicio, por la privación ilegítima de la libertad[1] y los tormentos a los que fue sometido José Luis Bertazzo, acusamos a Miguel Ángel Furci.

 

[1] Con el agravante de más de un mes.