Víctimas de Bolivia

Erasmo Suárez Balladares

Descripción del caso y prueba

Trataremos ahora el secuestro de Erasmo Suárez Balladares, boliviano, quien al momento de los hechos tenía 36 años.

Nacido en Oruro, trabajó como minero en la planta de fundición FUNESTAÑO. Fue dirigente sindical minero durante los años 1970 y 1971, actividad por la que fue perseguido tras el golpe de Estado en Bolivia en agosto de 1971, siendo detenido en octubre de ese mismo año.

Violentamente torturado y sometido a condiciones inhumanas en distintos centros de reclusión, fue liberado en julio de 1972 con la condición de abandonar su país. Así fue que el 18 de julio de 1972 partió hacia Argentina acompañado por su hermana Estela Suárez, quien hizo referencia a estas circunstancias al declarar en el juicio, aportando además documentos de la Corporación Minera de Bolivia y fotografías que dan cuenta de la participación sindical de Balladares. Sobre estos extremos también escuchamos en la audiencia a su compañera Teodora Condorí, a quien conoció tras radicarse en Buenos Aires.

Se acreditó en este juicio que aproximadamente a las 2 de la madrugada del 19 de abril de 1977, un numeroso grupo de hombres fuertemente armados y vestidos de civil, integrantes de las fuerzas represivas estatales, que actuaban en coordinación con las fuerzas de otras dictaduras del Cono Sur, ingresaron violentamente en la casa sita en Juan Agustín García n° 1829 departamento 1° de Capital Federal, donde vivían Erasmo Suarez y su compañera Teodora Condorí.

En aquel momento también estaban en la casa la hija de Condori, su hermana con su hijo y Luis Chauqui, un amigo de la familia.

Luego de haber revuelto la casa buscando cierta documentación, se llevaron a Suarez Balladares sin dar ninguna explicación. Desde entonces, se encuentra desaparecido.

Se ha establecido que el departamento se encontraba en el ámbito jurisdiccional  Área IV a cargo del por entonces Coronel Eduardo Capanegra, dentro de la Subzona Capital Federal, por entonces a cargo del General José Montes, y que dependía a su vez del General Carlos Guillermo Suárez Mason, responsable de la Zona I.

Pero en este debate se acreditó algo más y que, como veremos, cobra particular relevancia para concluir que este secuestro permite demostrar también la operatividad de Cóndor.

Los testigos que declararon en la audiencia y las múltiples cartas enviadas por Suárez Balladares desde Buenos Aires, incorporadas al juicio, permitieron confirmar que desde los primeros meses de su exilio y hasta la fecha de su secuestro mantuvo un contacto fluido con sus familiares en Bolivia. Suarez Balladares siempre había querido regresar a su tierra. Y pese al riesgo de volver a ser aprehendido por su pasado como dirigente sindical y a que había sido conminado a abandonar su país, viajó a Bolivia en los últimos días de diciembre de 1976, permaneciendo hasta el 12 de enero de 1977.

También se ha acreditado que mientras se encontraba de viaje, Teodora Condorí, que había quedado en Buenos Aires, comenzó a advertir movimientos extraños en las cercanías de su domicilio. Incluso, personas que decían pertenecer a la oficina de migraciones se presentaban en su casa y preguntaban por Erasmo Suárez y sobre la fecha de su retorno al país.

Este viaje adquiere particular importancia para comprender las razones y el interés predominante en su secuestro: además de visitar a familiares en la ciudad de La Paz, mantuvo una reunión privada en el barrio de Villa Victoria. En la audiencia, Estela Suárez recordó que ella lo había acompañado hasta el lugar por pedido de Erasmo, mencionándole que iba a visitar a una señora, pero que no había participado del encuentro. Tiempo después se enteró que la reunión la había tenido con una persona de nombre Gregoria Valenzuela quien, incluso le hizo entrega de una nota que Erasmo trajo a la Argentina cosida en el saco. Y justamente se ha probado que al ingresar a la vivienda de Suárez Balladares, los secuestradores pidieron por él y, una vez que lo identificaron y mientras le propinaban una feroz golpiza, le preguntaban por los motivos de su viaje a Bolivia; le pedían información de Gregoria Valenzuela, esto es, la persona con quien se había reunido; y, según lo narrado por Estela Suárez, le preguntaban dónde estaba la carta.

Teodora Condorí, quien presenció el secuestro, contó las circunstancias en que el grupo de hombres irrumpió en su domicilio y se llevó a su marido. Su testimonio en la audiencia coincide, en primer lugar, con lo que surge del expte. 13.347 del Juzgado de Instrucción n° 25 en el que obra lo manifestado por ella el mismo día del secuestro a las autoridades policiales de la comisaría de la zona. Incluso, a fs. 5/8 de ese expediente se encuentran agregadas fotografías que corroboran el estado en que quedó la finca luego del operativo. Documento 1.

En segundo lugar, también coincide con lo asentado en el cuestionario para determinar el estatus de refugiado remitido por ACNUR, en donde Teodora Condorí manifestó que los hombres que ingresaron a su domicilio le pegaban a Erasmo Suarez y le preguntaban por qué había ido a Bolivia. Documento 2.

La presencia en su domicilio de personal que decía ser de migraciones durante su viaje a Bolivia; su secuestro al poco tiempo de su regreso; la revisación del domicilio buscando documentación; el interrogatorio a golpes del que fue objeto sobre ese viaje y, especialmente, por su encuentro con Gregoria Valenzuela, con quien efectivamente se reunió en Bolivia, permiten probar acabadamente que el secuestro de Suárez Balladares fue producto del sistema de coordinación represiva bajo el marco de la Operación Cóndor.

Una cosa más. Desde el mismo día en que se llevaron a Suárez Balladares, su pareja en Buenos Aires, y su familia en Bolivia, realizaron  gestiones ante organismos judiciales, policiales y organismos de derechos humanos para dar con su paradero.

Condorí explicó que en ese derrotero, en una ocasión un familiar de otro detenido desparecido le comentó que había un testimonio que indicaba que Suárez Balladares permanecía secuestrado en el CCD Campo de Mayo. En este sentido y dentro de la documentación incorporada al debate, contamos con las declaraciones efectuadas por Serafín Barreira García, actualmente fallecido, cuyo paso por el CCD Campo de Mayo entre el 7 de abril y el 2 de mayo de 1977 fue acreditado primero en la denominada causa 13/84 y, posteriormente, por el TOF n°1 de San Martín mediante la sentencia dictada en el marco de la causa n° 2023, 2034, 2043 y 2031, ambas incorporadas en este juicio[1].

Tanto ante la CONADEP como en sus dos declaraciones judiciales incorporadas, Serafín Barreira García refirió que en el CCD Campo de Mayo compartió cautiverio con un boliviano que era dirigente minero, al que un día llamaron y le mostraron un papel donde el ejército boliviano indicaba que lo mataran, a lo que esta persona manifestó que si querían, que lo matasen, pero que entregaran su cadáver a los mineros bolivianos, porque a ellos les pertenecía. Resulta altamente probable que la persona a que Barreira García hizo referencia haya sido Suárez Balladares.

Pero aun cuando se dudara que la persona vista por Barreira García fuera Suárez Balladares u otro minero, también de nacionalidad boliviana y también secuestrado en la misma época, lo cierto es que, en cualquier caso, demuestra que sobre la suerte de esa víctima boliviana el interés regional primaba sobre el local.

Las manifestaciones de Barreira García acreditan, así, el interés y la participación de la dictadura boliviana en actividades represivas llevadas adelante por autoridades estatales en nuestro país.

De lo expuesto debemos concluir que el secuestro de Suárez Balladares y las referencias brindadas por Serafín Barreira, son elementos que se suman al conjunto de evidencias que permiten considerar y tener por acreditada la participación de Bolivia en la Operación Cóndor.

 

[1] Causa n° 13/84, “Causa originariamente instruida por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en cumplimiento del Decreto 158/83 del Poder Ejecutivo Nacional”, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, sentencia del 9 de diciembre de 1985.  Y causas n° 2023, 2034, 2043 y su acumulada 2031, seguidas a Santiago Omar Riveros, Reynaldo Benito Bignone, Fernando Exequiel Verplaetsen, Osvaldo Jorge García, Eugenio Guañabens Perello, Carlos Alberto Roque Tepedino y Germán Américo Montenegro, ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 1 de San Martín. Sentencia del 18 de mayo de 2010.