Víctimas de Bolivia

Jorge Hernán Villavicencio Calderón

Descripción del caso

Trataremos ahora lo ocurrido con Jorge Hernán Villavicencio Calderón, médico boliviano, que en febrero de 1977 fue secuestrado en San Miguel de Tucumán, a los 39 años.

Antes, debemos advertir que en este caso no podremos dirigir acusaciones contra los responsables de lo ocurrido, dadas las limitaciones del objeto procesal, y el fallecimiento de Jorge Rafael Videla. Sin embargo, analizaremos lo sucedido porque este hecho, como veremos, demuestra cómo el intercambio de información entre los organismos represivos de las dictaduras de la región, sobre quienes eran considerados “subversivos” fue uno de los aspectos de la asociación criminal Cóndor.

Dicho esto, corresponde mencionar que el Dr. Villavicencio había tenido participación sindical en Bolivia. Incluso en 1970 llegó a ser elegido secretario de relaciones de la Confederación Médica Sindical. Esto se desprende del testimonio de su esposa, Irma Lorini. Debido justamente a esa participación sindical, fue objeto de persecución y fue detenido luego del golpe de Estado de Banzer. Sobre esto también se expidió Irma Lorini, y además contamos con el documento titulado “Testimonio para la historia”, de autoría de la misma.

En relación con la persecución sufrida, también se incorporaron el acta del 11 de febrero de 1999, que recepta los dichos del Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional de la APDH de Bolivia, Sacha Sergio Llorenty Soliz volcados ante el Juzgado de Instrucción n° 5 de la Audiencia Nacional de Madrid; y el documento titulado “Asesinato de Jorge Villavicencio”; ambos aportados por Martín Sivak durante la instrucción y que coinciden al describir las circunstancias de tiempo y lugar en que Jorge Villavicencio fue detenido en Bolivia a raíz de su participación sindical. Documento 1 y Documento 2.

Es justamente por haber sido perseguido en su país, que en 1972 se exilió en Argentina. De acuerdo a lo que relató su esposa, se instaló, primero, en La Plata y luego en Tucumán. Sus manifestaciones se encuentran corroboradas con el informe de radicación definitiva, elaborado por el Ministerio del Interior. Documento 3.

Señores jueces: En este juicio se acreditó que Villavicencio fue secuestrado el 25 de febrero de 1977 en su consultorio médico de la Ciudad de San Miguel de Tucumán. En ese entonces, la provincia de Tucumán se encontraba dentro del ámbito jurisdiccional del Área 321, a cargo de Ernesto Arturo Alais, dependiente de la Sub-zona 32, a cargo de Antonio Domingo Bussi, quien a su vez, respondía a las órdenes de Luciano Benjamín Menéndez, responsable máximo de la Zona III.

Las circunstancias de modo, tiempo y lugar del secuestro fueron relatadas por Irma Lorini, quien fue testigo presencial del hecho. Sus dichos, en este sentido, coinciden con el contenido de una misiva que envió a Amnesty International el 21 de abril de 1978, agregada a fs. 1 y 2 del legajo CONADEP n° 8.384; y también con el contenido del formulario para determinar el estatus de refugiado de Villavicencio remitido por ACNUR. Documento 4 y Documento 5.

Se demostró asimismo que luego de su secuestro, Villavicencio fue llevado al CCD que funcionó en la Brigada de Investigaciones de la Policía de San Miguel de Tucumán, donde se lo sometió a brutales torturas e interrogatorios.

Señores jueces: La prueba producida también demuestra que los captores de Jorge Villavicencio se sirvieron de las redes Cóndor. Esto fue así por cuanto, si bien se acreditó que el motivo inmediato del secuestro del Dr. Villavicencio fue el hecho de haber brindado atención médica a una joven perteneciente a la organización Montoneros, una vez que lo tuvieron cautivo, se pusieron en funcionamiento las redes de coordinación.

En efecto, por un lado, contamos con el documento del legajo n° 2703 de la ex DIPBA titulado “detenidos a disposición del PEN”, que consiste en un listado producido por la Jefatura de Inteligencia Naval, fechado el 17 de junio de 1980, donde al lado del nombre de Villavicencio se indicó, cito, “Montonero curó subvers[ivo]”. Documento 6. Ello coincide con el relato de Irma Lorini.

Pero, por otro lado, la testigo también recordó que mientras su esposo permanecía cautivo en la Brigada de Policía, ella se entrevistó con el entonces jefe de Policía provincial, Mario Zimermann. Zimmermann le comunicó que aunque su detención se vinculaba con el tratamiento médico brindado a la integrante de Montoneros, no había constancias de que Villavicencio perteneciese a alguna organización política en Argentina. Y Zimmermann agregó que, sin perjuicio de ello, habían recibido informes del gobierno boliviano; y que sabían que Villavicencio había traído ideas revolucionarias desde su país.

Los dichos de Zimermann, como puede advertirse, dan cuenta de la fluidez en el intercambio de información que existía entre los integrantes de la Operación Cóndor; en este caso, Argentina y Bolivia.

Después de este período de cautiverio en la Brigada de Policía, a Jorge Villavicencio lo trasladaron al Penal de Villa Urquiza, donde su esposa pudo visitarlo. Ella nos describió el penoso estado de salud en que se encontraba.

Trascurrido casi un año de reclusión en Villa Urquiza, fue trasladado nuevamente, junto con otro preso político: José María Gallardo, al Penal de Sierra Chica en la localidad de Olavarría, Provincia de Buenos Aires. Al día siguiente de este traslado, esto es el 7 de abril de 1978, Villavicencio Calderón falleció. El certificado de defunción obrante en el legajo CONADEP de la víctima, indica que el motivo fue “asfixia por ahorcamiento”. Documento 7.

De esto se enteró Irma Lorini cuando, al día siguiente, las autoridades militares deslizaron una nota por debajo de su puerta.

 El 9 de abril de 1978, dos días después del deceso, ella retiró los restos de su marido de la Unidad Penitenciaria. Ello se encuentra acreditado a través de los documentos aportados durante la instrucción por Martín Sivak, en relación con la notificación y la constancia de entrega elaborada en el Penal.

A partir del momento de su secuestro, Lorini realizó sucesivas gestiones para saber por qué se habían llevado a Jorge y exigir su libertad. Luego de su fallecimiento, los reclamos continuaron, dirigidos ahora en búsqueda de justicia por lo que le había ocurrido.

 Recapitulando, podemos afirmar que las circunstancias del secuestro y mantenimiento en cautiverio del Dr. Villavicencio se produjeron en el contexto de Cóndor. Esto coincide con lo afirmado en el escrito “Testimonio para la Historia” de autoría de Irma Lorini, donde se reitera la referencia que le hizo Zimermann sobre la información que había llegado desde Bolivia. Y en este mismo sentido se pronunció Llorentty Soliz ante la APDH de Bolivia, en un documento también aportado por Sivak, donde se hace mención de lo ocurrido con Villavicencio para dar muestra de la aquiescencia de la dictadura de Banzer ante casos de ciudadanos bolivianos que eran perseguidos en nuestro país.

Como adelantamos oportunamente, las limitaciones procesales que tenemos en esta etapa y el fallecimiento del imputado Jorge Rafael Videla, a quien se había atribuido responsabilidad por estos hechos, nos impiden efectuar una acusación formal en relación con lo ocurrido con el Dr. Villavicencio.

Pero lo que se acreditó en este debate constituye un elemento de convicción más que se agrega a otros ya expuestos, para demostrar el funcionamiento del andamiaje logístico, técnico e ideológico proporcionado por la Operación Cóndor; en particular, sobre la relación entre de Bolivia y Argentina.