Víctimas de Chile

Susana Elena Ossola y Oscar Julián Urra Ferrarese

Descripción del caso

Sres. Jueces: vamos a tratar ahora lo ocurrido a Susana Elena Ossola y Oscar Julián Urra Ferrarese. Él era chileno pero desde los 18 meses de edad vivía en Argentina con su familia; y ella era argentina. Se conocieron de pequeños en la localidad de Junín, Provincia de Buenos Aires, donde iban al mismo colegio. Desde jóvenes ambos mostraron preocupación por las desigualdades que advertían en la sociedad en que vivían e intentaron ayudar a los más desfavorecidos.

Por razones económicas, Oscar Julián Urra y su familia se habían tenido que mudar a la localidad de San Miguel en la Provincia de Buenos Aires.

Por su parte, Susana Ossola siguió viviendo con su familia en Luján[1]. Y mientras cursaba sus estudios secundarios, se vinculó con el Partido Revolucionario Cristiano de Junín, y luego tuvo participación gremial en su trabajo, en la Fábrica Terrabusi de Junín.

A pesar de la distancia geográfica, con el paso del tiempo fueron desarrollando una relación amorosa.

 En el año 1976, tanto Susana Ossola como Oscar Urra estaban vinculados con el PRT.

Cuando se produjo el golpe militar en nuestro país, Susana Ossola estaba embarazada. Habían decidido casarse y radicarse en San Luis, donde la familia Ossola tenía un terreno. El 14 de abril de 1976 se casaron y se instalaron provisoriamente en un departamento del barrio Santa Brígida en San Miguel, cerca de la familia de Urra que vivía en la misma localidad. Allí, Susana Ossola asistía al consultorio de la calle Italia n° 1210 para consultar al Dr. Raffineti sobre el curso de su embarazo.

El matrimonio mantenía su intención de instalarse en San Luis, con la esperanza de poder criar a su hijo lejos de la persecución que sufrían. Antes de mudarse, querían compartir unos días con sus familiares para despedirse.

En este juicio se acreditó que el 21 de mayo de 1976 Susana Ossola estuvo en Junín despidiéndose de su familia y ese mismo día, regresó en tren a San Miguel donde se reencontró con su marido, Oscar Urra. Al día siguiente, el 22 de mayo de 1976, el matrimonio desayunó con las hermanas de Oscar Urra: Eddy y Silvia, en la casa de ellas en el centro de San Miguel, y salieron, a media mañana, comprometiéndose a volver al medio día para almorzar. Nunca volvieron.

Señores jueces: Durante el debate se acreditó que el 22 de mayo de 1976, entre las 11 y las 13 horas, miembros de fuerzas de seguridad que vestían de civil y se desplazaban en un Ford Falcon, secuestraron a Susana Elena Ossola de Urra y Oscar Julián Urra Ferrarese. El hecho ocurrió en la parada del colectivo 365 ubicada en la avenida Mitre al 1100 en el centro de San Miguel, a pocos metros de la plaza principal. En el mismo operativo fue secuestrado Osvaldo Rossón, amigo de la pareja y también integrante del PRT.

El lugar donde se produjo el secuestro se encontraba por entonces dentro de la jurisdicción del área 470, cuya sede era la Escuela de Servicios para Apoyo de Combate General Lemos, en ese momento a cargo del Director Miguel Ángel Martelotte. Esa jefatura de área, al igual que todas las de la Zona IV, en esa fecha respondía a las órdenes de Santiago Omar Riveros, Comandante de Institutos Militares y Jefe de la Zona IV. Recordemos aquí que el propio imputado reconoció en su declaración indagatoria la división del territorio nacional a los fines de “luchar y aniquilar a la subversión terrorista” y, particularmente su responsabilidad como comandante de la Zona IV.

Las hermanas de Oscar, a través de comentarios de vecinos de la zona, que habían presenciado el operativo, supieron los detalles del secuestro.

Silvia y Eddy Urra le contaron lo que había pasado a los familiares de Susana Ossola, que estaban en Junín, y a Gustavo Orlandau, que estaba en Salta junto con la madre de Urra.

Pocos días después, en las primeras horas del 27 de mayo de 1977 cuatro personas fuertemente armadas, vestidas de civil, irrumpieron violentamente en el domicilio en el que vivían las hermanas de Oscar Urra ubicado en el centro de San Miguel. Se presentaron como policías y las interrogaron sobre las activadas políticas de Oscar Urra y Susana Ossola. También pidieron y revisaron el bolso de Susana Ossola donde ella tenía la medicación que tomaba producto de su estado de gravidez. Antes de irse, les preguntaron por el domicilio de la pareja; las hermanas únicamente les refirieron el barrio en que quedaba. Tal falta de precisión no fue óbice para que más tarde, ese mismo día, un grupo de personas ingresaran y revisaran la casa en la que vivían Urra y Ossola. Habían ubicado el domicilio sin dificultad, al que accedieron sin forzar la cerradura, ya que tenían las llaves que le habían sacado al matrimonio cuando los secuestraron.

Desde el día del secuestro, los familiares de Oscar Urra realizaron incansables denuncias ante sedes policiales y judiciales, y también recurrieron a organismos internacionales de derechos humanos. La madre de Oscar Urra, María Paulina Ferrarese, integró las organizaciones Madres de Plaza de Mayo y Abuelas de Plaza de Mayo. Ninguna de estas gestiones les permitió saber que había pasado con sus seres queridos.

Los padres de Susana Ossola también hicieron múltiples presentaciones pidiendo por ellos sin éxito. En una oportunidad hablaron con un familiar lejano, Enrique Rospide, que era Coronel en la Policía de la Plata. Rospide no les dijo qué había pasado con ellos pero les confirmó que dentro de las fuerzas de seguridad existía información sobre las actividades políticas de Susana Ossola.

La cercanía geográfica entre el lugar del secuestro y el CCD Campo de Mayo, ambas dentro de la Zona IV a cargo de Santiago Omar Riveros y trascendidos de la época indicaban que habían sido llevados a CCD Campo de Mayo.

A esto debe agregarse que, en diciembre de 1976, los padres de Susana Ossola recibieron en su domicilio de Junín una citación para presentarse el 17 de diciembre de 1976 en Campo de Mayo. El mismo Santiago Omar Riveros fue quien allí los recibió; y fue a él a quien le contaron lo ocurrido con su hija. El propio Riveros les refirió datos personales y de la actividad política y profesional de Susana Ossola, que confirmaban que sabía exactamente lo ocurrido, datos que incluso reafirmaban que estaba al tanto de actividades privadas Ossola. En particular, Riveros les dijo que eso ocurría cuando una chica culta y bonita, que es profesora de piano y con tercer año en Letras, entra a trabajar de obrera en Terrabusi. A raíz de los dichos de Riveros, Ileana Dora Ramón de Ossola sufrió un ataque de nervios. Sabía que era imposible que Riveros supiese cosas tan personales si desconocía el caso.

Continuaron denunciando lo ocurrido con su hija y su esposo, con la esperanza de encontrar a su nieto. Incluso mandaron notas a Campo de Mayo pidiendo información y mencionando como antecedente la reunión del 17 de diciembre de 1976 con Riveros.

Todas las averiguaciones fueron infructuosas. Hasta el día de hoy Susana Ossola y Oscar Urra permanecen desaparecidos.

 

Prueba

Estos hechos se encuentran acreditados, en primer lugar, por el testimonio de Gustavo Alberto Orlandau Ferrarese, prestado durante la audiencia de debate. Orlandau Ferrarese habló de la relación que mantuvieron Urra y Ossola, y de la participación política y gremial de ambos. Al declarar, aportó piezas documentales que fueron incorporadas al debate. Entre ellas, un escrito que contiene las manifestaciones de María Paulina Ferrarese, en el que detalla cómo se conocieron Oscar Urra y Susana Ossola, y menciona el trabajo solidario que hacía Susana en los barrios obreros cuando vivía en Junín. Documento 1.

En el mismo sentido, contamos con los documentos remitidos por la D.I.P.B.A. En particular el legajo n° 3793 caratulado “Accionar de un sacerdote del colegio Marianista 3 de noviembre de 1975” y el legajo n° 4.438 “Elementos de tendencia izquierdista o de reconocida militancia en alguna OPM”. Ambos dan cuenta de la actividad política de Susana Ossola en el Partido Revolucionario Cristiano, el trabajo social realizado en Junín durante el año 1975 y las tareas de inteligencia realizadas por las fuerzas represivas para investigarlos. Documento 2 y Documento 3.

Gustavo Orlandau aportó también dos cartas que Oscar Urra envió a Susana Ossola, que confirman su actividad política. Documento 4 y Documento 5.

Gustavo Orlandau Ferrarese destacó también la persecución que sufrían Ossola y Urra. En este sentido, recordó que en aquella época los secuestros eran moneda corriente.

Las misivas enviadas por Oscar Urra a Susana Ossola, meses antes del secuestro, muestran con meridiana claridad el temor que tenía la pareja ante el incremento de la persecución. Es especialmente claro uno de sus pasajes, en el que Urra relata que debió deshacerse de una carta de Ossola cuando le advirtieron que un rastrillo policial se haría presente en su casa.

Sobre la fecha y las circunstancias en que ocurrió el secuestro contamos, por un lado, con el citado testimonio de Gustavo Orlandau, quien dijo que el 22 de mayo de 1976 un grupo de hombres vestidos de civil secuestraron a Oscar Urra y Susana Ossola en una parada del colectivo 365 ubicada en el centro de San Miguel, cuando estaban con “el Flaco” Rossón, un amigo y compañero del PRT, que también fue secuestrado. Explicó también que sus hermanas, al ver que la pareja no llegaba a almorzar, se enteraron de lo ocurrido a través de vecinos que habían presenciado el secuestro.

Coincidentemente, contamos con el acta obrante en la causa n° 22.807[2], que refleja los dichos de la propia Eddy Eliana Urra Ferrarese, que confirma la fecha y el lugar en que se produjo el secuestro.

Ratifican los dichos de Gustavo Orlandau y Eddy Urra las actas obrantes en los expedientes n° 2.513, 17.842[3] y n° 22.807, que contienen las manifestaciones de María Paulina Ferrarese sobre las circunstancias temporales y espaciales en que ocurrió el secuestro.

Además, los dichos de Silvia Ana Urra, agregados a fs. 31 del expediente n° 22.807 ratifican lo que venimos diciendo. Al respecto, las diligencias policiales obrantes a fs. 27 y 28 de dicha causa nos permiten corroborar que, efectivamente, la línea de colectivos n° 365 tenía una parada de pasajeros sobre la Avenida Mitre a la altura 1100 de San Miguel. Asimismo, contamos con un croquis ilustrativo agregado a fs. 29 de esa misma causa que grafica el lugar en que ocurrió el secuestro.

Como complemento de lo expuesto fue incorporada la sentencia librada en el expediente por ausencia por desaparición forzada de Oscar Urra Ferrarese, en tanto indica circunstancias de espacio y tiempo idénticas a las que hemos referido.

Gustavo Orlandau también se pronunció en relación a los hechos que ocurrieron con posterioridad, en particular a la irrupción el 27 día mayo de 1976 de un grupo de cuatro hombres armados en la casa de las hermanas de Oscar Urra preguntando por las actividades políticas de la pareja secuestrada.

Además, sobre esto el testigo destacó tres cosas: que la casa quedaba a una cuadra de la comisaría de San Miguel; que si bien los hombres que irrumpieron en el domicilio estaban vestidos de civil, ellos se presentaron como policías e interrogaron a sus hermanas sobre las actividades de Oscar Urra y Susana Ossola; y que poco tiempo después de que abandonaron la casa se produjo un allanamiento en el domicilio donde vivían Ossola y Urra.

En la misma línea se encuentran los dichos de Silvia Ana Urra y de María Paulina Ferrarese de Urra, obrantes en la causa n° 22.807 del Juzgado en lo Penal n° 2 de San Martín e incorporados al debate.

Gustavo Orlandau también nos habló de las incansables gestiones que llevó adelante especialmente su madre buscando a Oscar Urra, a Susana Ossola y al hijo que ambos esperaban, tales como presentación de recursos de habeas corpus, denuncias judiciales tanto en esta Ciudad como en la provincia de Buenos Aires; y consultas en unidades carcelarias, como la de la localidad Magdalena. Orlandau mencionó que su madre había formado parte de las organizaciones de Madres y Abuelas de Plaza de Mayo. No obstante, todas sus gestiones arrojaron resultados negativos.

Las actuaciones obrantes en el legajo CONADEP de Oscar Urra confirman los múltiples reclamos iniciados por la familia, sin ningún resultado.

En cuanto a la reunión que mantuvo el aquí imputado y responsable de la Zona IV Santiago Omar Riveros en Campo de Mayo el 17 de diciembre de 1976 con los padres de Susana Ossola, son numerosos los elementos de prueba que permiten confirmar su existencia y que dan acabadas muestras de su participación en el secuestro de la pareja en la jurisdicción a su cargo.

Por un lado, contamos con las notas que Ileana Dora Ramón de Ossola enviaba al Obispo Jaime de Nevares y a la misma CONADEP pidiendo ayuda y detallando lo que Santiago Omar Riveros les había dicho. Documento 6.

Sumado a esto, tenemos una nota que envía Ileana Ramón de Ossola el 6 de enero de 1977, al por entonces Comandante de Institutos Militares de Campo de Mayo, en la que hace referencia a la reunión que habían tenido del 17 de diciembre de 1976. Documento 7.

En los dichos de Jorge Antonio Ossola, receptados en la causa n° 22.807, también quedan plasmadas las circunstancias en que él y su esposa se reunieron con Santiago Omar Riveros en Campo de Mayo. Las manifestaciones de María Paulina Ferrarese en el marco de la causa n° 22.807 y en la causa n° 4012 coinciden con lo que dijeron los padres de Susana Ossola. Finalmente, confirma lo que venimos diciendo los dichos de Eddy Eliana Urra obrantes en la causa n° 22.807, en los que refiere haberse enterado, a través de Jorge Ossola, de la entrevista mantenida con Riveros.

El resto de la información relativa a las gestiones que llevó a cabo su familia, y que al igual que los elementos que acabamos de mencionar, demuestran el deliberado ocultamiento de los hechos por parte de las fuerzas represivas argentinas, también la encontramos en los legajos CONADEP n° 504 y 505, que contienen copia de distintas presentaciones que se realizaron.

La conjunta interpretación de todas estas evidencias permite concluir la responsabilidad de Riveros en los secuestros y desapariciones, bajo las circunstancias de modo, tiempo y lugar expuestos. Por las privaciones ilegítimas de la libertad de Susana Elena Ossola y Oscar Julián Urra Ferrarese acusamos a Santiago Omar Riveros.

 

[1] Fe de errata: Susana Ossola y su familia siguieron viviendo en Junín.

[2] Causa n° 22.807 “Urra Ferrarese, Oscar Julián y Ossola de Urra, Susana Elena s/ Privación Ilegítima de la Libertad”, del Juzgado en lo Penal n° 2 de San Martín, provincia de Buenos Aires.

[3] Causa n° 2.513/87 caratulado “Ferrarese De Urra, María Paulina s/denuncia” del registro del Juzgado Federal de Primera Instancia de San Isidro y Causa n° 17.842, Habeas Corpus en favor de Oscar Julián Urra Ferrarese del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Sentencia letra “T”, de la ciudad de Buenos Aires.