Víctimas de Uruguay

Alicia Raquel Cadenas Ravela

Descripción del caso

Alicia Raquel Cadenas Ravela, de nacionalidad uruguaya y de 26 años de edad al momento de su secuestro, en su país había participado en la R.O.E.

Como consecuencia del golpe de Estado en su país, Cadenas Ravela se trasladó a Buenos Aires, el 28 de junio de 1975, y se instaló con quien era su esposo, Ariel Rogelio Soto Loureiro. Aquí formaron parte del armado del PVP; Cadenas consiguió un trabajo estable en la empresa “Trasportadores Unidos”.

El 14 de julio de 1976, aproximadamente a las 14 hs., fue secuestrada cuando ingresaba en el domicilio de sus compañeros Marta Barreto y Ernesto Salvo Sánchez, ubicado en la calle Humberto Primo 1403, 7° piso, dpto. “C”, de la Capital Federal. Desde la puerta del edificio donde la capturaron, la obligaron a subir al departamento que tenía la puerta destrozada. En los hechos intervino un grupo de personas vestidas de civil y armadas, que integraban el equipo de agentes argentinos que operaba con base en Orletti. Luego de permanecer cautiva durante tres horas en ese lugar, la introdujeron en un vehículo y la condujeron a ese CCD. El domicilio en el que ocurrió el hecho, se encontraba en jurisdicción del Área VI de la Subzona Capital Federal, entonces a cargo de Luis María Mendía.

Una vez en Orletti, se la mantuvo privada de la libertad en condiciones inhumanas y se le impusieron tormentos, que consistieron en golpes y al método de “la colgada”, desnuda, mientras le aplicaban descargas eléctricas.

En su búsqueda, sus familiares presentaron un habeas corpus, pero no obtuvieron respuesta alguna sobre dónde se encontraba.

Del mismo modo que la mayoría de sus compañeros, permaneció en Orletti hasta el 24 de julio de 1976, fecha en la que la repatriaron forzadamente a Uruguay en el traslado conocido como “primer vuelo”.

En Uruguay, primero fue alojada en el CCD de “Punta Gorda” y posteriormente en las instalaciones del SID en la Ciudad de Montevideo. Finalmente, su detención se hizo pública en el marco de los operativos de fines de octubre. Para eso ella fue alojada en un hotel de la ciudad de Montevideo, donde se simuló su detención. Tras ser procesada por la Justicia Militar, fue alojada en el Penal de Punta Rieles, donde permaneció detenida hasta 1979, en que se exilió a Suecia junto a sus hijos.

 

Prueba

Estos hechos se encuentran acreditados a partir de distintos elementos.    

En primer lugar, contamos con las declaraciones de Cadenas Ravela, en las que explicó los motivos de su traslado a este país y la persecución de que fueron objeto tanto ella como otros exiliados uruguayos antes y después del golpe de Estado. En este marco, mencionó que en la Argentina se instaló junto a su esposo Ariel Rogelio Soto Loureiro y sus hijos, en la calle Patagones 299 de Villa Dominico, en la Provincia de Buenos Aires, y que su domicilio era utilizado como local político.

Asimismo, se refirió a las circunstancias de modo tiempo y lugar en que se produjo su secuestro.

Al respecto, manifestó que al llegar al edificio de la calle Humberto Primo, ingresó directamente debido a que la puerta fue abierta por medio del portero eléctrico. Una vez adentro, un hombre a punta de pistola la obligó a subir al departamento del séptimo piso, donde observó que la puerta del inmueble se encontraba destrozada.

Transcurridas unas 3 horas, la envolvieron en una funda y la introdujeron en la parte trasera de un vehículo que identificó como una ambulancia verde que aguardaba en la puerta del edifico.

Sobre las circunstancias del secuestro, también declaró Ernesto Salvo, quien manifestó que ese día montaron una “ratonera” en su domicilio, y que así secuestraron a su hermana Ana María y a Alicia Cadenas, que era compañera de estudio de su mujer, Marta Barreto.

En cuanto al traslado a Orletti, Cadenas describió el trayecto que hizo el vehículo. Especificó que al llegar al lugar dijeron “Operación Sésamo” por radio portátil, y escuchó que se elevó una cortina metálica. Y que luego la bajaron del vehículo, la despojaron de los elementos que llevaba consigo y la sentaron en la cabina de una pick up que se encontraba estacionada en el interior del local.

Señaló que entre dos o tres horas después, ubicaron en el mismo lugar a Ana Salvo Sánchez, secuestrada en el mismo domicilio. Más tarde colocarían también allí a Soto Loureiro.

Además, Cadenas describió detalladamente el CCD, y recordó que entre los automóviles que estaban allí estacionados había una camioneta Peugeot 404, de color bordó, que era de su propiedad.

En cuanto a sus interrogatorios, que tuvieron lugar en la planta alta del edificio, especificó que le preguntaron por los contactos que tenía apuntados en una agenda que llevaba consigo.

Al respecto, destacó que al poco tiempo uno de esos contactos, Gastón Zina Figueredo, también fue secuestrado. En esa ocasión tomó conocimiento de que sus captores tenían intervenido el teléfono del departamento en donde fue secuestrada.

Asimismo, afirmó que durante sus interrogatorios, fue torturada por los uruguayos Gavazzo y Cordero Piacentini, quienes le aplicaron descargas eléctricas mientras estaba colgada con sus manos hacia atrás y desnuda. También fue sometida a un simulacro de fusilamiento.

En cuanto a las condiciones en las que tanto ella como sus compañeros fueron mantenidos, entre otras cosas mencionó que los guardias se les subían encima del cuerpo y los obligaban a calcular el peso que cargaban, que también eran obligados a realizar flexiones de brazo, y que les aplicaban electricidad por medio de un bastón que aplicaba descargas. También recordó que el agente apodado “El Ronco” en una ocasión obligó a todos a colocarse en posición de cuclillas y prendió los motores de los automóviles que estaban estacionados en el lugar, para asfixiarlos con el humo de los caños de escape. En otra oportunidad, “Pajarovich” dijo que estaban apestados y los fumigó a todos.

Cadenas también se expidió sobre el traslado a Uruguay y el derrotero que padeció a partir de ese momento y hasta su liberación.

Sobre la presencia de Cadenas Ravela en “Automotores Orletti”, contamos también con los testimonios de las personas que afirmaron haber compartido cautiverio con ella, entre quienes se encuentran: Sara Méndez, Ana Quadros, Margarita Michellini, Raúl Altuna, Edelweiss Zahn, Sergio López Burgos, María Rama, María Soliño, Ana Salvo, Gastón Zina, Víctor Lubián, Marta Petrides, Jorge González, Raquel Nogueira, Cecilia Gayoso, José Díaz, Laura Anzalone, y por supuesto, Ariel Soto Loureiro.

También manifestaron haber tomado conocimiento de ello, Ivonne Trías, y el testigo experto Álvaro Rico.

El plexo probatorio también se encuentra conformado, además, por diversos documentos.

Dos de ellos fueron aportados a este debate por el NSA, ya fueron citados en este alegato y se refieren a listados de víctimas, en los que figura el nombre de Cadenas Ravela. Se suman a ello el legajo CONADEP n° 7413, el WR n°12 y la documentación remitida por la APDH, todos referentes a Cadenas Ravela.

Sobre las gestiones realizadas en procura de la aparición de la víctima, se agregó el hábeas corpus nº 154/76 del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1, Secretaría Nº 3.

A lo expuesto no puede dejar de señalarse que, como ocurre con otros hechos que conforman el debate en la sentencia de la causa Automotores Orletti, este mismo Tribunal dio por probado el secuestro de Cadenas Ravela, su cautiverio en ese CCD, y los tormentos a los que fue sometida en ese lugar, tal y como los hemos relatado.

Por esos hechos fueron condenados Raúl Antonio Guglielminetti, Honorio Martínez Ruíz y Eduardo Alfredo Ruffo, condenas que han quedado firmes.

Por último, queremos destacar que dado que en los hechos que damnificaron a Cadenas Ravela se verificó la actuación conjunta de fuerzas represivas argentinas y uruguayas, ellos además constituyen prueba de la operatividad de la asociación ilícita denominada Cóndor.

En este juicio, por su privación ilegítima de la libertad y los tormentos a los que fue sometida, formulamos acusación contra Miguel Ángel Furci.