Víctimas de Uruguay

Sara Rita Méndez Lompodio y Asilú Sonia Maceiro Pérez

Descripción del caso

Nos referiremos ahora a lo acontecido a las ciudadanas uruguayas Sara Rita Méndez Lompodio y Asilú Sonia Maceiro Pérez.

En Uruguay, Sara Méndez había integrado la FAU, la OPR 33 y la ROE. Producido el golpe de Estado, su domicilio fue inspeccionado con la intención de detenerla pero en ese momento no se encontraba presente. Fue públicamente requerida por las fuerzas conjuntas uruguayas. En abril de 1973 marchó al exilio a la Argentina, donde fue parte de la creación del P.V.P. Formó pareja con Mauricio Gatti con quien tuvo a su hijo Simón, nacido en junio de 1976 en Buenos Aires.

Por su parte, Asilú Maceiro también había integrado la R.O.E. en Uruguay y había desarrollado actividad sindical en el Hospital de Clínicas de Montevideo, donde ejercía como enfermera. Al igual que Méndez, se exilió en nuestro país y se insertó en el PVP. Estaba en pareja con Ary Cabrera Prates quien, como ya explicamos, había desaparecido en abril de 1976.

La noche del 13 de julio de 1976 ambas estaban en el domicilio ubicado en Juana Azurduy 3163 del barrio de Belgrano de esta ciudad, junto con el pequeño Simón, de sólo 20 días, cuando alrededor de quince personas armadas pertenecientes a las fuerzas represivas argentinas y uruguayas, cuya sede operativa era Automotores Orletti, irrumpió violentamente en el inmueble. Desde el primer momento, Sara Méndez fue torturada en presencia de su pequeño hijo, por medio del mecanismo denominado “submarino seco”. Luego, ambas fueron introducidas en un jeep que era propiedad de Mauricio Gatti y trasladadas a “Orletti”.

A partir de este momento, el pequeño Simón fue sustraído del cuidado de sus padres y posteriormente apropiado por el Subcomisario de la Comisaría N° 33 del barrio de Belgrano, ubicada a unas veinte cuadras del lugar de secuestro. Recuperaría su identidad y se reencontraría con su madre, recién en el año 2002.

El secuestro ocurrió en jurisdicción del Área 3 A de la Subzona Capital Federal, entonces a cargo de Rubén Jacinto Chamorro, Director de la ESMA y Jefe del GT 3.3.

Una vez en Orletti, Maceiro y Méndez fueron mantenidas en cautiverio en condiciones inhumanas de vida, al igual que todos los otros cautivos en ese lugar, y fueron víctimas de interrogatorios bajo tormentos. Aquéllos consistieron en la aplicación de corriente eléctrica mientras permanecían colgadas de un gancho con las manos esposadas hacia atrás, golpes. Maceiro fue sometida a estos métodos pese a padecer problemas cardíacos. Como consecuencia de los tormentos, Méndez sufrió parálisis en ambas extremidades. A esos padecimientos, en su caso se sumaba la angustia de la incertidumbre acerca de la situación de su bebé, ya que cada vez que preguntaba por él, se le negaba información.

Entre las personas que las mantuvieron cautivas, había personal argentino y uruguayo. Entre estos últimos recordó especialmente a Nino Gavazzo y al imputado Manuel Cordero.

Su alojamiento ilegal en Orletti se extendió hasta el 24 de julio, fecha en la que fueron trasladadas a Uruguay en el denominado “primer vuelo”, al que ya nos referimos. De modo similar a que ocurrió con el resto de sus compañeros, sus martirios continuaron en Punta Gorda, luego de lo cual fueron incluidas en el procedimiento simulado por las fuerzas uruguayas el 25 de octubre de ese mismo año, y sometidas a un Tribunal Militar.

Años más tarde, ambas fueron liberadas bajo un régimen de libertad vigilada, que en 1984 Sara Méndez logró evadir para viajar a la Argentina e iniciar la búsqueda de su hijo.

 

Pruebas

Señores jueces son numerosas las pruebas que acreditan los hechos descriptos.

Comenzaremos con las declaraciones de Sara Méndez incorporadas al debate. En ellas se refirió a su actividad política en Uruguay, la persecución de la que fue objeto, su exilio en la Argentina, y a la reorganización de la acción política contra la dictadura uruguaya que llevó a cabo junto con sus compatriotas en el marco del PVP.

En este sentido, contamos también con el documento fechado en diciembre de 1974 del Archivo del Terror, consistente en una serie de fotografías de personas requeridas por la Policía de Montevideo, que lleva el sello de la Agregaduría Militar de la Embajada de Uruguay en Paraguay. Entre las personas listadas se encuentra Sara Rita Méndez. Documento 1.

Sobre su participación en el PVP, contamos con el fotograma 390 del rollo de microfilm 143 del Archivo del Terror, en el que aparece mencionada Sara Méndez con los seudónimos de “Silvia, María, Margarita y Chiquita”, y como integrante de “Agitación y Propaganda” del partido en Buenos Aires. Allí también se da cuenta de su participación en el Congreso fundacional. Documento 2.

Asimismo, Sara Méndez aludió a la persecución que los exiliados sufrieron en nuestro país especialmente a partir de 1976, con específica referencia al secuestro de Gerardo Gatti y al rol que le cupo a su hermano Mauricio en las negociaciones por su libertad.

En cuanto al nacimiento de su hijo, dijo que ocurrió el 22 de junio de 1976, y en lo que aquí interesa, añadió que antes de dar a luz los profesionales de la Maternidad Sardá donde se atendía, le advirtieron que se habían presentado personas preguntando por ella, razón por la cual tuvo que cambiar de clínica. En este contexto, y debido al riesgo que evidentemente corrían, Mauricio Gatti le había otorgado documentación falsa, con la cual inscribió a su hijo con el apellido Riquelo.

Sobre el operativo de secuestro, describió que el inmueble fue revisado en su totalidad, que colocaron a ella y a Maceiro en habitaciones separadas, y que los captores estaban interesados en comprobar si en el lugar habitaba Mauricio Gatti.

Cuando encontraron la fotografía que había constituido la prueba de vida de Gerardo Gatti en las recientes negociaciones, tomaron certeza que estaban en el lugar que buscaban. Explicó que en ese mismo lugar la torturaron con el objeto de que les revelara el paradero de Mauricio Gatti.

A continuación, la separaron de su hijo, quien quedó en la vivienda con parte de grupo que participó en el operativo. A ella y a Maceiro las trasladaron a Orletti, lugar que identificó en el marco de la inspección ocular de la que participó y cuya acta y su reconocimiento están agregados a la causa “Rodríguez Larreta”. En el camino, a partir de la conversación de las personas que la custodiaban, dedujo habían participado en otro operativo.

Al llegar a Orletti la golpearon y la obligaron a proveer sus datos personales. La condujeron a la segunda planta del lugar donde, nuevamente, la interrogaron sobre la ubicación de Mauricio Gatti. También le exigían que los ayudara a completar un organigrama del partido que estaba colgado en la pared de la habitación. En este marco se enteró de que contaban con intervenciones telefónicas que reproducían.

Ante su negativa a colaborar, fue torturada al extremo que la testigo llegó a describir como “una orgía del horror y del sadismo”. Según explicó, el hecho de haber dado a luz recientemente, no implicó que los represores tuvieran algún tipo de reparo con ella. Por el contrario, no se inmutaban ante la circunstancia de que sus pechos secretaran leche ante el paso de la electricidad.

Entre los hechos traumáticos que fue obligada a soportar en ese lugar, recordó especialmente el asesinato de Carlos Santucho.

Asimismo, la testigo describió las condiciones en que se produjo el traslado a Montevideo y sobre la continuidad de su cautiverio en Punta Gorda, donde también le negaban información sobre su hijo.

Los dichos de Sara Méndez, en cuanta a su cautiverio y las torturas a las que fue sometida, fueron corroborados por Margarita Michellini Delle Piane, Ana Ines Quadros Herrera y Raúl Altuna Facal. En sentido similar, declararon Edelweiss Zahn, Enrique Rodríguez Larreta Martínez, Raquel Nogueira, María Mónica Soliño, Sergio López Burgos, Gastón Zina, Jorge Raúl González Cardozo, María del Pilar Nores, José Feliz Díaz Berdayes, Víctor Lubian,, Enrique Rodríguez Larreta Piera, Ariel Soto Loureiro, Laura Anzalone, Alicia Cadenas, y Asilú Maceiro.

También mencionaron haber tomado conocimiento de los padecimientos de la víctima, los testigos Samuel Blixen, Bernabella Herrera, Stella Calloni, y Carlos Osorio.

Osorio, además, hizo referencia al documento hallado en el Archivo del Terror de Paraguay, fechado el 15 de julio de 1976, y que menciona a 64 miembros de la OPR-33, entre los que se encuentra Sara Méndez. Documento 3.

De manera coincidente con Sara Méndez, declaró también Asilú Maceiro, cuyas declaraciones en el marco del juicio de la causa n° 13/84 y durante la instrucción de la causa Orletti[1], fueron incorporados por haberse producido su fallecimiento. En las oportunidades mencionadas describió el operativo con las mismas características mencionadas por Sara Méndez. Agregó que una vez en Orletti fue conducida por una escalera precaria hacia un piso superior, en donde fue sometida a torturas con el método de “la colgada” a la vez que le aplicaban electricidad por el cuerpo. La sesión culminó con su desvanecimiento. Recordó que para atormentarla psicológicamente, uno de sus captores le mencionó el fallecimiento de Ary Cabrera Prates.

En cuanto a las condiciones inhumanas de cautiverio a las que fue sometida, mencionó que permaneció tendida sobre el piso de la planta baja del local, con las manos atadas y los ojos vendados, que no le proporcionaron alimentos y en todo momento se escuchaban gritos, ya sea de dolor por parte de los torturados o de la guardia, quienes amenazaban permanentemente con golpearlos.

En cuanto al traslado a Uruguay, su alojamiento allí en Punta Gorda, el operativo de Shangrilá y su procesamiento, se expidió en términos similares a los que ya hemos descripto.

De su cautiverio, dieron cuenta, además de Sara Méndez, María del Pilar Nores, Ana Quadros, Nelson Eduardo Deán Bermúdez, Margarita Michelini, Edelweiss Zahn, Sergio López Burgos, María Elba Rama Molla, Ariel Rogelio Soto Loureiro, Alicia Cadenas, Mónica Soliño, Ana Salvo, Gastón Zina, Víctor Lubián, Jorge Raúl González Cardozo, Enrique Rodríguez Larreta Martínez, Raquel Nogueira Pauillier, Cecilia Irene Gayoso y José Félix Díaz.

Por su parte, el testigo experto Álvaro Rico expresó que el secuestro de Sara Méndez, de su hijo y de Asilú Maceiro se produjo en el marco de la primera oleada represiva contra el PVP, en la que, entre el 13 y el 14 de julio, fueron secuestrados una veintena de miembros de ese partido.

También el NSA remitió diversos documentos desclasificados por Estados Unidos referentes a Asilú Maceiro. Uno de ellos[2] es un documento redactado en lengua francesa, entregado a la embajada de EEUU por el ACNUR, y consiste en una lista de nombres de uruguayos desaparecidos en Buenos Aires en 1976 y reaparecidos en Uruguay entre los que se encuentran Sara Méndez y Asilú Maceiro. Documento4.

Otro documento[3] refiere a la condición de desaparecida para el año 1976 de Asilú Maceiro. Documento5.

Coadyuvan a completar el cuadro probatorio el Legajo Conadep N°3892 correspondiente a Sara Rita Méndez, donde obran referencias de la víctima sobre su cautiverio y un croquis del centro clandestino reconocido al prestar testimonio.

A esto se agregan los legajos CONADEP n° 7143 a nombre de Simón Antonio Riquelo, y el N° 7202 perteneciente a Ary Cabrera Prates.

Asimismo, sobre lo ocurrido con Simón Riquelo, se incorporó la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 6 de esta ciudad, conocida como “Plan sistemático de apropiación de niños”. En ella se tuvo por acreditado que luego del secuestro de su madre, el pequeño fue trasladado a la Comisaría N° 33 donde permaneció hasta la madrugada del 14 de julio, momento en el cual quien ejercía de Subcomisario, Osvaldo Armando Parodi, lo trasladó a su domicilio. Luego de un trámite de adopción irregular, él y su esposa, Julia Haydee Campo, se apropiaron del pequeño Simón.

Por otra parte, también corresponde menciona que en la sentencia de la causa Automotores Orletti, este mismo Tribunal dio por probado los secuestros de Sara Méndez y de Asilú Maceiro, en las circunstancias de modo tiempo y lugar aquí descriptas, así como su cautiverio Automotores Orletti en condiciones inhumanas de vida, y los tormentos a los que fueron sometidas en ese lugar. Para llegar a esa conclusión se valoraron tanto los testimonios a los que hicimos referencia como la prueba documental mencionada. Por esos hechos fueron condenados Raúl Guglielminetti, Honorio Martínez Ruíz y Eduardo Alfredo Ruffo, condena que ha quedado firme.

En esta oportunidad, formularemos acusación contra Miguel Ángel Furci por las privaciones ilegítimas de la libertad y las torturas a las que fueron sometidas Sara Rita Méndez y Asilú Maceiro.

 

[1] (fs. 6808/6810vta).

[2] 0000A7C2.

[3] 0000A87E.