Víctimas de Uruguay

Enrique Rodríguez Larreta Martínez (h), Raquel Nogueira Paullier y Enrique Rodríguez Larreta Piera

Descripción del caso

Enrique Rodríguez Larreta Martínez y Raquel Nogueira Paullier, uruguayos, estaban en pareja y durante la década del 70 vivieron en Montevideo, donde fueron activistas estudiantiles en el FER. Es por eso que en 1972 fueron detenidos y alojados en el Batallón Florida de ese país. Allí fueron interrogados y torturados por miembros de las fuerzas represivas uruguayas, entre los que se encontraban José Nino Gavazzo y Manuel Cordero Piacentini.

Luego de varias sesiones de tortura, Larreta Martínez hizo una huelga de hambre para pedir por la libertad de su esposa y para que lo pusieran a disposición de un juez. Es así que consiguió que Nogueira saliera y que a él lo trasladen al penal Libertad, desde donde posteriormente fue liberado sin la formulación de cargo alguno.

Sin embargo, en 1973, una vez instaurada la dictadura en Uruguay, y ante la inminente posibilidad de ser nuevamente detenidos, viajaron a la Argentina junto a su pequeño hijo. En nuestro país se instalaron en Buenos Aires donde Larreta Martínez trabajó como corrector y periodista en revistas y diarios.

En ese marco, tanto él como Raquel Nogueira, mantuvieron contactos y relaciones vinculados con la denuncia de la dictadura uruguaya; y en 1975 participaron activamente del recientemente constituido PVP. Él se involucró en su formación y en lo relativo a las actividades sindicales. Ella tenía la misión de comprar todos los diarios a los que tenía acceso y formar un semanal de recortes de noticias que hablaban de Uruguay, para enviarlo a su país con el objeto que sus connacionales se informaran de lo que estaba ocurriendo.

En este debate se comprobó que el 30 de junio de 1976, alrededor de las 19:00 hs., Enrique Rodríguez Larreta Martínez fue secuestrado en la vía pública cerca del barrio de Flores por un grupo armado de entre cuatro y cinco personas vestidas de civil y que se identificaron como miembros de la PFA.

De allí lo trasladaron por la fuerza, sucesivamente, a dos centros ilegales de detención. Rodríguez Larreta Martínez pudo determinar que uno de ellos estaba dentro del predio de Campo de Mayo. En ese lugar lo interrogaron insistentemente acerca de si tenía una vinculación con el ERP argentino, y una vez que se convencieron de que eso no era así, y que era uruguayo, lo condujeron a “Automotores Orletti”. Esto demuestra nuevamente la coordinación permanente que existía entre las autoridades militares y las demás fuerzas y servicios de inteligencia locales, y entre éstas y las fuerzas represivas de los países de la región, dado que en ese CCD, como sabemos, para esa fecha ya estaba actuando los oficiales uruguayos junto con la patota a cargo de Aníbal Gordon.

De más está decir que en ese CCD Rodríguez Larreta Martínez fue sometido a tormentos y a las condiciones inhumanas de vida que se imponían allí a todos los prisioneros.

Mientras esto ocurría, su padre, Enrique Rodríguez Larreta Piera, que era un reconocido periodista del diario “El país” de Uruguay, se trasladó a la capital argentina para hacer averiguaciones por la desaparición de su hijo. Se instaló, junto a Raquel Nogueira, en su domicilio, ubicado en la Planta Baja del edificio de la calle Víctor Martínez 1480 de esta Ciudad. En este período hizo distintas presentaciones para encontrarlo, que en todos los casos arrojaron resultado negativo.

Durante la madrugada del 14 de julio llegaron a ese domicilio un grupo de entre seis y ocho personas vestidas de civil y fuertemente armadas, quienes ingresaron por la fuerza y secuestraron a Raquel Nogueira Paullier y a Enríquez Rodríguez Larreta Piera.

Este hecho ocurrió en jurisdicción del Área V de la Subzona Capital Federal, cuyo Jefe en ese momento era Jorge Alberto Muzzio, quien respondía a las órdenes de Jorge Carlos Olivera Róvere.

Luego de sacarlos a Nogueira y a su suegro del domicilio, los perpetradores los subieron a un vehículo que aguardaba en la puerta y los trasladaron a “Automotores Orletti”, donde fueron clandestinamente alojados y sometidos también a las mismas condiciones inhumanas de vida.

Cuando los llevaron allí, Rodríguez Larreta Martínez ya estaba en ese CCD.

Durante su cautiverio, los tres fueron reiteradamente interrogados y torturados por parte de agentes de la OT 1.8 y del grupo de oficiales uruguayos comandados por Gavazzo; entre ellos, el acusado Manuel Cordero Piacentini. A los tres, en distintos momentos, los colgaron de un gancho y los interrogaron mientras le aplicaban corriente eléctrica por el cuerpo. A Raquel Nogueira la torturaron dándole golpes en los oídos, que era el método al que llamaban “el teléfono”; y la interrogaron por su participación en el PVP y por una llave que supuestamente tenía en su poder.

El 24 de julio de 1976, los tres fueron trasladados clandestinamente a Montevideo en el vuelo al que ya hemos hecho referencia. Una vez allí, continuaron privados ilegalmente de su libertad por el término de diez días en el CCD de Punta Gorda, desde donde los llevaron a un a las dependencias del SID. Posteriormente, a través de la pantomima montada en el Chalet del balneario ubicado en Shangrilá, se formalizó su detención y fueron derivados a distintos penales desde los cuales fueron liberados: Larreta Piera en diciembre de ese mimos año, Nogueira Paullier en enero de 1978 y Larreta Martínez recién en 1982.

Tiempo después emigraron a Suecia y denunciaron lo que les había ocurrido a lo que se le sumó, en diciembre de 1983, la venta fraudulenta del inmueble que habían adquirido en Buenos Aires en la calle Víctor Martínez.

Ya en democracia, Enrique Rodríguez Larreta Piera fue en nuestro país el principal impulsor de las investigaciones realizadas con relación a los hechos de los cuales él, su familia y muchos uruguayos fueron víctimas.

Falleció el 14 de marzo de 2007 en la ciudad de Montevideo.

 

Prueba

Los hechos antes descriptos se encuentran acreditados a partir de la valoración conjunta de múltiples elementos de prueba incorporados al juicio, que ahora pasaremos a detallar.

Tanto Enrique Rodríguez Larreta Martínez como Raquel Nogueira Paullier dieron cuenta en este debate sobre su participación política en Uruguay, y la detención y demás persecuciones que ambos sufrieron en ese país. Ambos mencionaron haber visto a Manuel Cordero con quien se volverían a encontrar años más tarde en “Automotores Orletti”.

Durante sus declaraciones, ambos se expidieron acerca de las actividades que desarrollaron durante su exilio en Buenos Aires, y su integración del PVP, lo que fue corroborado por los dichos de Cristina Mihura, Milton Romaní, María del Pilar Nores Montedónico, y Alberto Pérez Iriarte.

En cuanto al interés de las autoridades de facto uruguayas en la captura de Rodríguez Larreta Martínez, debe considerarse la documentación aportada por Sergio López Burgos durante su declaración en el juicio de Automotores Orletti, de donde surge el nombre de la víctima dentro de la nómina de requeridos en la República Oriental del Uruguay para junio del año 1976.

En este sentido, el testigo Ricardo Gil Iribarne, que estuvo prisionero en Uruguay a partir de marzo de 1976, agregó que durante ese período lo interrogaron por Rodríguez Larreta, con quien tenía una relación muy cercana dentro de la organización.

Respecto del secuestro de Enrique Rodríguez Larreta Martínez, la propia víctima detalló las circunstancias de modo, tiempo y lugar en el que sucedieron los hechos, su paso por dos lugares de detención diferentes, y su traslado a Orletti. Explicó que se enteró de que su secuestro ocurrió porque fue señalado por un miembro del ERP, y que por eso en un primer momento lo interrogaron sobre esa organización, pero que cuando dijo que era uruguayo y que no tenía nada que ver con ellos, lo trasladaron a Automotores Orletti, donde le dijeron que actuaban los especialistas en uruguayos.

Esto resulta particularmente significativo, en tanto refleja la operatividad de Cóndor luego de que se produce el secuestro: es en el preciso momento en que se lo identifica como extranjero que se lo deriva a otro CCD.

También da cuenta de cómo todas las fuerzas represivas estaban al tanto que, en esos casos, debía consultarse ese marco de coordinación regional en el momento que fuera necesario o conveniente.

Enrique Rodríguez Larreta Piera, por su parte, brindó dos declaraciones testimoniales, fechadas el 24 de febrero y 4 de abril de 1984, que fueron incorporadas al debate.

En esas oportunidades relató que cuando llegó a Buenos Aires, se encargó de todas las gestiones posibles para ubicar el paradero de su hijo, entre los cuales incluyó la presentación de un Habeas Corpus, del que no obtuvo resultados, de todo lo cual dio cuenta también Raquel Nogueira en su respectiva declaración.

Asimismo, ambos testigos detallaron cómo ocurrieron sus secuestros y traslados a Orletti; y su reencuentro en ese lugar con Rodríguez Larreta Martínez. Los tres se refirieron a los tormentos y condiciones paupérrimas de vida a las que fueron sometidos en ese lugar. En ese sentido, Nogueira recordó que durante uno de los interrogatorios, un oficial uruguayo le pidió que se ubicara a sí misma en el organigrama del PVP. Asimismo, las tres víctimas coincidieron en que durante su cautiverio en Orletti vieron a varios de sus compañeros muy torturados. Los tres fueron testigos del momento en que asesinaron a Carlos Santucho.

Corroboran los dichos de las víctimas, entre otros elementos, la declaración de Raúl Altuna Facal, que también estuvo alojado en ese CCD en similares condiciones que ellos.

También las declaraciones del investigador uruguayo Álvaro Rico y de Ricardo Gil Iribarne, quienes si bien no fueron testigos directos de esos hechos, tomaron conocimiento de ellos a través de los sobrevivientes de ese CCD.

A ellos se suman los testimonios de: María del Pilar Nores Montedónico, Sara Rita Méndez Lompodio, Ana Inés Quadros Herrera, Nelson Eduardo Deán Bermúdez, Margarita Michelini Delle, Piane, Edelweiss Zahn, Sergio Rubén López Burgos, María Elba Rama Molla, Ariel Rogelio Soto Loureiro, Alicia Raquel Cadenas Ravela, María Mónica Soliño Platero, Ana María Salvo Sánchez, Gastón Zina Figueredo, Víctor Hugo Lubian Peláez, Marta Petrides, Cecilia Irene Gayoso Jáuregui, José Félix Díaz, Laura Anzalone, Asilú Maceiro y Jorge Raúl González Cardoso, los que también dan cuenta de los días que pasaron Nogueira y Rodríguez Larreta padre e hijo en Orletti y los tormentos sufridos en esos días.

También contamos con el acta agregada a la causa “Rodríguez Larreta”, que da cuenta de la participación de Enrique Rodríguez Larreta Piera en la inspección ocular realizada el 2 de abril de 1984; oportunidad en que él, junto con otras víctimas, reconoció el inmueble donde había permanecido cautivo en julio de 1976. Documento 1.

Recordemos también que fue por sus propias indagaciones que se logró identificar el lugar preciso en que estaba ubicado.

Sobre el traslado de las tres víctimas desde Buenos Aires a Montevideo y la continuación de su privación de la libertad en diferentes dependencias de esa ciudad, además de sus propias declaraciones, contamos con las de Milton Romaní, José Ignacio Errandonea, Francisco Peralta, Ricardo Gil Iribarne y Julio César Barboza Pla.

También Stella Calloni incluyó a Rodríguez Larreta Martínez entre las personas que fueron "blanqueadas" a través del operativo simulado en el Balneario de Shangrilá.

Sabemos además, a partir de la querella criminal presentada por Rodríguez Larreta Piera y del legajo CONADEP n°2593 de la víctima, así como por la declaración de Myriam Zeballos, Rubén Prieto Benencio y Marta Casal del Rey, que luego de su liberación, Larreta Piera denunció las atrocidades que había vivido así como la coordinación de las fuerzas represivas argentinas y uruguayas, impulsando de este modo las investigaciones relacionadas con los hechos que son objeto de este debate.

Por otro lado, respecto de la venta fraudulenta que se realizó sobre el domicilio de la calle Víctor Martínez 1480, planta baja, de la Capital Federal, contamos con la declaración de Raquel Nogueira, quien explicó que luego de 34 años el bien continúa en litigio. Al serle exhibido el poder que se usó para la venta, la testigo desconoció las firmas insertas en él. Documento 2.

Asimismo, se encuentra incorporada al presente debate, el legajo CONADEP n° 2765 perteneciente a Raquel Nogueira Paullier y la causa caratulada “Conadep s/denuncia” y acumuladas, que se vinculan con la venta ilegal del inmueble mencionado, donde vivían al momento de los hechos, la nombrada y su esposo, Rodríguez Larreta Martínez.

También acreditan los hechos descriptos, el expediente “Raquel Nogueira Paullier s/beneficio ley 24.043”; la documentación remitida por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos vinculada a Enrique Rodríguez Larreta y los documentos remitidos por la Comisión Provincial por la Memoria y el NSA.

Entre ellos, se encuentra el documento titulado "Lista alfabética de personas que fueron reportadas como vistas en centros clandestinos de detención"[1], en el que se menciona a las víctimas que permanecieron prisioneras en un centro clandestino llamado “El Jardín”, sito en la calle Venancio Flores, esquina Emilio Lamarca de la Ciudad de Buenos Aires, bajo las órdenes de personal militar uruguayo y argentino, lugar que parecía ser un garaje grande o taller. Se agrega que fueron trasladados a Uruguay el 24 de julio de 1976.

Debemos destacar también que los sucesos que damnificaron Rodríguez Larreta Piera y a su hijo, fueron objeto del "Juicio a las Juntas", oportunidad en la que se tuvo por probado el secuestro, el traslado a “Automotores Orletti”, el sometimiento a torturas y las condiciones inhumanas de vida en las que permanecieron alojados allí.

En el fallo se mencionó incluso el informe elaborado por el Cuerpo Médico Forense el 25 de julio de 1985, que da cuenta de que las cicatrices que Rodríguez Larreta Martínez presentaba en ambos muslos resultaban compatibles con quemaduras o paso de corriente eléctrica.

Además, cabe mencionar que en ese juicio también se tuvo acreditado el trabajo conjunto de miembros de las fuerzas represivas argentino/uruguayas dentro del CCD y el traslado clandestino de las víctimas en avión desde Argentina hacia Uruguay.

Por último, queremos resaltar que en su sentencia de la causa n°1627, este mismo Tribunal tuvo por comprobado el secuestro de Enrique Rodríguez Larreta Martínez, Raquel Nogueira Paullier y Enrique Rodríguez Larreta Piera, en las circunstancias de modo tiempo y lugar aquí descriptas, así como su cautiverio en el centro clandestino de detención Automotores Orletti y los tormentos y las condiciones inhumanas de detención a las que fueron sometidos en ese lugar. Para llegar a esa conclusión se valoraron tanto los testimonios a los que hicimos referencia como la prueba documental mencionada.

Por esos hechos fueron condenados Raúl Antonio Guglielminetti, Honorio Martínez Ruíz y Eduardo Alfredo Ruffo, condena que ha quedado firme.

Asimismo, como en los casos anteriores queremos dejar de manifiesto que por la descripción que hemos realizado y el contexto en el que ocurrieron, entendemos se pudo probar en el debate que los hechos de los que fueron víctimas Enrique Rodríguez Larreta Martínez, Raquel Nogueira Paullier y Enrique Rodríguez Larreta Piera fueron ejecutados en el marco de la asociación ilícita “Operación Cóndor”.

En esta oportunidad, por su privación ilegítima de la libertad y las torturas a las que fueron sometidos, formulamos acusación contra Miguel Ángel Furci.

 

[1] “Alphabetical list of persons reportedly seen in clandestine detention centers”.