Víctimas de Uruguay

Francisco Edgardo Candia Correa

Descripción del caso

A partir de las pruebas producidas en el debate se acreditó que, Francisco Edgardo Candia Correa, uruguayo, de 40 años al momento de los hechos, en su país fue miembro del Partido Comunista Uruguayo, obrero textil en la fábrica “La Aurora”, delegado sindical en esa fábrica y dirigente del Congreso Obrero Textil.

A raíz de la persecución de la que era objeto por parte de las fuerzas represivas de la dictadura que usurpaba el poder en Uruguay, en el año 1975 tuvo que radicarse en Argentina.

En Buenos Aires, se encontró con José Hugo Méndez Donadío, a quien conocía de Uruguay, en razón de sus actividades políticas y sindicales, y le dio sus datos de contacto para volver a encontrarse.

El 15 de junio de 1976, en las circunstancias que ya relatamos, Hugo Méndez Donadío fue secuestrado y llevado a “Automotores Orletti”, donde fue brutalmente torturado.

De la agenda que encontraron en su poder, miembros de la OT 18 del Departamento de Operaciones Tácticas I de la SIDE, conjuntamente con miembros del grupo de agentes uruguayos a cargo de José Nino Gavazzo, obtuvieron la dirección de Francisco Edgardo Candia Correa.

Fue así que, tal como se demostró en este debate, dos días más tarde, el 17 de junio de 1976, miembros de esos dos grupos secuestraron a Candia Correa en la pensión en la que vivía, ubicada en la calle Ramón Freire n° 834 del barrio de Colegiales de la Ciudad de Buenos Aires. Esto sucedió dentro de la jurisdicción del área III, asignada al Regimiento de Granaderos a Caballo, la que respondía al comando de la Subzona Capital Federal, a cargo del fallecido Jorge Olivera Róvere.

Luego, Candia Correa, fue conducido a “Automotores Orletti”. Allí fue sometido a condiciones inhumanas de detención y salvajemente torturado en reiteradas oportunidades. Los interrogatorios a los que fue sometido en esas sesiones de torturas fueron conducidos por el grupo de agentes uruguayos que operaba en Orletti, entre quienes se encontraba el imputado Manuel Juan Cordero Piacentini. Sus dichos, arrancados mediante esos tormentos, fueron sistemáticamente confrontados con los de Méndez Donadío.

En Orletti compartió cautiverio también con María del Carmen Martínez Addiego, quien, muy emocionada, nos describió en audiencia el estado en el que se encontraba Candia luego de ser torturado de la siguiente manera: “Estaba tirado en el suelo en posición fetal, desnudo y era todo una masa roja azul violeta… como muy, muy, muy torturado y golpeado…ahí mismo uno de los milicos que me lo hacen ver le pegan una patada más y el pobre pega un alarido porque ya no tenía donde no le doliera.”

Hace instantes vimos cómo, el 20 de junio, Hugo Méndez y Francisco Candia fueron sometidos a una sesión de tortura particularmente violenta en la que no fueron interrogados. También describimos cómo posteriormente fueron retirados de Orletti en un vehículo y llevados ambos a otro lugar que desconocemos, donde fueron brutalmente asesinados a los golpes; y explicamos que sus cadáveres, envueltos en una bandera con la inscripción “ERP” y una leyenda que hacía referencia a la muerte de Cardozo, fueron tirados sobre la calle Argerich al 676 en la Ciudad de Buenos Aires y encontrados al día siguiente, el 21 de junio. Documento 2.

De acuerdo a la autopsia practicada, la muerte de Candia Correa se produjo por contusión y hemorragia cerebral. Sin embargo, al ser ocultada deliberadamente su identidad, el cuerpo de Candia Correa, al igual que el de Hugo Méndez, fue inhumado en el Cementerio de la Chacarita como NN. Q2. De esta manera el Estado argentino ocultó lo ocurrido con Candia Correa durante más de 25 años; y recién el 30 de noviembre de 2001 se declaró judicialmente que uno de esos dos cuerpos enterrados como NN correspondía a Francisco Edgardo Candia Correa.

De acuerdo a la descripción que hemos realizado, teniendo en cuenta las características particulares de los hechos que damnificaron a Candia Correa, y el especial contexto en que se produjeron (que detalláramos con anterioridad), entendemos que se encuentra probado que su secuestro, torturas y homicidio formaron parte del plan ejecutado por la asociación ilícita que hemos llamado “Operación Cóndor”.

 

Prueba

Tanto la filiación política de Candia Correa, como su actividad sindical, y la persecución de la que era objeto por parte de las fuerzas represivas uruguayas surgen, en principio, de su Ficha Patronímica, elaborada por la Dirección Nacional de Información e Inteligencia de la República Oriental del Uruguay. Allí quedó plasmado el detallado seguimiento que las autoridades hacían de sus actividades. Por ejemplo, se encuentra registrado que era empleado en la fábrica textil “Aurora” y que allí integraba la comisión gremial. También figura su afiliación al Partido Comunista, su despido de la fábrica por problemas gremiales, su exilio hacia la Argentina e, incluso, su desaparición a partir de junio de 1976.

De la participación política y sindical de Candia Correa también da cuenta la Investigación Histórica Sobre Detenidos Desaparecidos confeccionada por la Universidad de la República del Uruguay. Allí se encuentran transcriptos un conjunto de informes del Servicio de Información de Defensa que dan cuenta de las actividades políticas y sindicales de Candia Correa. Por ejemplo, aparece información relativa a su candidatura a la Junta Departamental de Montevideo en las elecciones de 1971; también una detención por realizar pegatinas en contra de las llamadas Medidas Prontas de Seguridad; y un viaje que realizó a la Unión Soviética. Documento 4.

También María del Carmen Martínez Addiego dio cuenta de la participación política y gremial de Candia Correa.

Las circunstancias antecedentes, así como el secuestro de Candia Correa y su traslado a Automotores Orletti, también se encuentran acreditados por los dichos de Martínez Addiego. Ella nos habló del encuentro en Buenos aires entre Hugo Méndez y Candia Correa, y del traslado de Candia a Orletti la madrugada del 17 de junio de 1976. También hizo referencia a las condiciones físicas en las que se encontraba luego de las torturas que padeció, los interrogatorios a los que fue sometido y cómo las referencias que violentamente le arrancaban eran confrontadas con las de Hugo Méndez. Finalmente, describió su traslado junto con éste último al lugar en el que ambos fueron asesinados.

La presencia de Candia Correa en Orletti fue, además, corroborada por la declaración testimonial prestada por Jorge Raúl González Cardozo que fuera incorporada a este debate. El testigo contó que fue secuestrado el 15 de junio de 1976 junto con su esposa, Elizabeth Pérez Lutz, que fue llevado a Automotores Orletti y que allí permaneció encerrado en una habitación junto a otras personas; entre ellas se encontraban Candia Correa, Hugo Méndez y María del Carmen Martínez.

También hizo referencia al secuestro de Francisco Candia Correa en la Argentina el testigo experto Álvaro Rico quien, además, hizo entrega de una copia de un documento que da cuenta de la existencia de coordinación represiva entre las fuerzas argentinas y uruguayas en el secuestro y posterior homicidio de Candia Correa. Se trata de un pedido formulado en nombre del Jefe del Departamento III del Servicio de Información de Defensa del ejército uruguayo y que fuera firmado por el Capitán José Arab, a la Policía Técnica de ese país. Allí se solicita la remisión de fotografías y datos filiatorios de cinco personas, entre las que se encuentra Candia Correa. Ese pedido está fechado el 21 de junio de 1976, el día en que fue encontrado el cuerpo de Candia. Este documento constituye una prueba de la participación de las fuerzas represivas uruguayas en este hecho y específicamente del Departamento III del SID, organismo en el que se desempeñaba en ese momento Manuel Juan Cordero Piacentini. Documento 5.

Debe tenerse especialmente en cuenta el contexto en el que se produce esta consulta. No es casualidad que se produzca el mismo día en que aparece el cadáver de Candia Correa. Esta información era necesaria porque, recordemos, su secuestro fue producto de la información que se obtuvo de la agenda que le fuera quitada a Hugo Méndez y, a falta de inteligencia previa, fueron a buscar información con posterioridad. Sólo la participación del Departamento III del SID en el hecho explica razonablemente este particular pedido de información en ese particular momento.

Por otra parte, las torturas y el asesinato de Candia Correa, así como las condiciones en las que fue encontrado su cadáver, se encuentran acreditados con las constancias agregadas al expediente n° 13.032, iniciado a raíz del hallazgo de los cadáveres de Candia y Hugo Méndez-; y el legajo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal n° 89, formado para la identificación de esos cuerpos. En este sentido, en la autopsia practicada sobre el cuerpo de Candia, agregada a fojas 33/36 del mismo expediente, se describen las lesiones que presentaba el cuerpo en toda su extensión y se concluye que la muerte se produjo por contusión y hemorragia cerebral. Documento 6.

También acreditan los hechos antes descriptos el legajo Comipaz n° 106 y el legajo Conadep n° 7222. Respecto de los documentos incorporados en este último, debemos destacar la presentación formulada por Elida López Martínez, quien era esposa de Candia Correa, de donde surge la dirección del domicilio en el que vivía en la ciudad de Buenos Aires en la época en la que sucedieron los hechos. Documento 7.

Asimismo, también dan cuenta de los esfuerzos realizados en aquel momento para dar con el paradero de Candia Correa dos documentos pertenecientes a los archivos desclasificados de las agencias gubernamentales de los Estados Unidos de Norteamérica, enviados por la Dirección del Proyecto de Documentación del Cono Sur del NSA. Se trata, por un lado, de una lista de ciudadanos uruguayos desaparecidos confeccionada por el Secretariado Internacional de Juristas por la Amnistía en Uruguay del 26 de abril de 1979, y, por otro, del informe confeccionado por la Asociación de Familiares de Desaparecidos de enero de 1978Documento 8 y Documento 9 [1].

Finalmente, no puede soslayarse que el secuestro de Candia Correa ya fue materia de juzgamiento en el debate oral celebrado en el marco de las causas 1261-1268 del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 5, oportunidad en la cual fue condenado por ellos Jorge Carlos Olivera Róvere, en su carácter de Comandante de la Subzona de defensa “Capital Federal”, sentencia que fue confirmada por la CFCP.

Para llegar a esa conclusión se valoraron los testimonios prestados en ese debate por María del Carmen Martínez Addiego y Jorge González Cardozo, y prueba documental también incorporada a este debate. Por la privación ilegítima de la libertad de Francisco Edgardo Candia Correa acusamos a Manuel Juan Cordero Piacentini.

 

[1] Se trata de los documentos identificados como 0000A939 y 0000A8D5.