Víctimas de Uruguay

Elizabeth Pérez Lutz y Jorge González Cardozo

Descripción del caso

Señores jueces: vamos a describir ahora lo ocurrido al matrimonio uruguayo conformado por María Elizabeth Pérez Lutz y Jorge Raúl González Cardozo.

Al momento de los hechos, contaban respectivamente con 27 y 24 años de edad.

Durante su juventud en Uruguay, ambos habían participado del Movimiento de Liberación Nacional Tupamaros, razón por la cual, fueron perseguidos por las fuerzas uruguayas, que entre los años 1972 y 1975 detuvieron a González Cardozo en dos oportunidades.

Como medida de seguridad, la pareja decidió trasladarse a Buenos Aires donde, se instalaron como refugiados políticos del ACNUR. Sin embargo, aún en esas condiciones, continuaron siendo perseguidos por las fuerzas represivas uruguayas que, conjuntamente con las fuerzas locales, en mayo de 1976 fueron a buscarlos a su domicilio situado en el barrio de Núñez de la Capital Federal.

En esa oportunidad, ellos no se encontraban en su casa, y cuando tomaron conocimiento de lo ocurrido, se presentaron nuevamente ante el ACNUR para solicitar la salida urgente del país, además de que abandonaron su vivienda por temor a lo que les podía ocurrir.

Cuando ya había pasado más de un mes de esos hechos, Cardozo y Pérez Lutz se encontraron con un hombre llamado Ramón Tarter que les dijo que tenía un refugio donde podían quedarse, situado en la localidad de Pacheco, Provincia de Buenos Aires. Ante la desesperación, accedieron a alojarse allí sin sospechar que ese hombre en realidad era un colaborador de las fuerzas armadas uruguayas y estaba preparando el campo para su detención.

Se acreditó en el debate que durante la noche del 15 de junio de 1976, horas después de su llegada a ese domicilio en la localidad de Pacheco, Jorge González Cardozo y Elizabeth Pérez Lutz fueron secuestrados por un grupo de alrededor de diez integrantes de las fuerzas argentinas y uruguayas, quienes irrumpieron en la vivienda vestidos de civil y armados.

Ese lugar, donde se inició la privación ilegal de la libertad de la pareja, estaba dentro de la jurisdicción del Área 410 bajo la responsabilidad del Coronel Juan Carlos Camblor, quien por entonces se desempeñaba como director de la Escuela de Ingenieros, quien respondía a las órdenes de Santiago Omar Riveros, entonces jefe de la Zona 4.

Luego del secuestro, Pérez Lutz y González Cardozo fueron trasladados a “Automotores Orletti” en un vehículo. Durante el traslado a él le pisaron la cabeza, le apagaron un cigarrillo en la espalda y le pegaron con un arma.

Una vez dentro del CCD, fue sometido a golpes y a dos simulacros de fusilamiento. Además, en varias oportunidades fue interrogado por su participación política. En una de ellas, lo colgaron de un gancho mientras lo golpeaban.

Tanto González Cardozo como Pérez Lutz, permanecieron privados de su libertad en Automotores Orletti por 40 días, durante los cuales estuvieron tabicados, padeciendo constantes amenazas y en condiciones inhumanas de vida, lo que se vio agravado por la circunstancia de que Pérez Lutz estaba embarazada.

A los pocos días del secuestro, Violeta Lutz, madre de Elizabeth, presentó una acción de habeas corpus ante la justicia argentina denunciando la desaparición de su hija y su yerno en nuestro país. Sin embargo, como ocurrió en todos los casos, no pudo obtener ningún dato por parte del Estado, que así ocultó lo que le estaba ocurriendo a su hija.

Pérez Lutz y González Cardozo fueron mantenidos en cautiverio en “Orletti” hasta el 24 de julio de ese año.

Ese día, los trasladaron clandestinamente a Uruguay en un vuelo en el que también iban la mayoría de los uruguayos secuestrados en los operativos del 13 y 14 de julio. Ya en ese país, ambos continuaron privados de su libertad en custodia del SID, en el CCD conocido como "La Mansión", en la calle Boulevard Artigas de Montevideo. Tiempo después recuperaron su libertad.

 

Prueba

Los hechos antes descriptos se encuentran acreditados por diversas pruebas producidas e incorporadas al presente debate.

En primer lugar, contamos con el testimonio de Jorge González Cardozo en el debate de la causa “Automotores Orletti”, oportunidad en la que se refirió a su participación política en Uruguay, a las detenciones que a raíz de ello padeció y a su viaje a Argentina a donde se instalaron en calidad de refugiados políticos del ACNUR

Además, durante el debate escuchamos a Álvaro Rico y a Enrique Rodríguez Larreta (hijo), quienes mencionaron que Elizabeth Pérez Lutz, al igual que su marido, era perseguida por pertenecer al Movimiento Tupamaros, lo que también surge de la Investigación Histórica sobre Detenidos Desaparecidos de Uruguay.

En efecto, de la documentación remitida por el NSA surge que la Policía de Montevideo la señalaba como una “sediciosa requerida”, información que compartía con la División de Investigaciones de la Policía de Asunción en la República de Paraguay. Documento 1.

Es por eso que, dentro de ese mismo grupo documental, obra un documento que contiene un listado del Ministerio del Interior de Paraguay en el que se mencionan a personas de nacionalidad uruguaya requeridas por la policía de Montevideo, entre los que se menciona a la víctima. Documento 2.

Y esto encuentra correlato en otro documento titulado “Lista de personas requeridas por la policía de Montevideo para junio de 1976”, aportada por Sergio López Burgos al debate de la causa n°1627, lo que refleja no sólo la persecución de la que era objeto, sino también el intercambio de información que había entre los países de la región. Documento 3.

Es a partir de la declaración de González Cardozo que sabemos que la pareja siguió siendo perseguida en la República Argentina, por lo que se vieron obligados a acudir nuevamente al ACNUR y a abandonar el lugar en el que vivían. Y también fue él quien relató detalladamente el momento de su secuestro, lo que además surge del legajo CONADEP n° 1701.

En relación con ello, Jorge González Cardozo agregó durante su declaración que el operativo se desarrolló en la casa de un hombre que aparentemente iba a darles refugio, pero que tiempo después, supo a través José Nino Gavazzo que en realidad ese hombre era un colaborador del ejército uruguayo.

Asimismo, González Cardozo dio cuenta de los maltratos que sufrió en el camino hacia el CCD, de las condiciones inhumanas en las que permanecieron detenidos y de los tormentos que le fueron infringidos. Especificó que sus interrogadores le hicieron referencia a una reunión que había mantenido con compañeros uruguayos, a partir de lo cual dedujo su captura fue posible debido a las tareas de inteligencia previas efectuadas sobre su persona.

Asimismo, durante su relato expresó que producto del horror que les tocó vivir, él perdió una pieza dental y Pérez Lutz hasta la actualidad se encuentra imposibilitada de prestar testimonio.

Corroboran los dichos de la víctima, los testimonios brindados en el debate de quienes manifestaron haber compartido cautiverio con el matrimonio de Elizabeth Pérez Lutz y Jorge González Cardozo en Orletti.

Nos referimos a María del Carmen Martínez Addiego, Raúl Altuna Facal, Enrique Rodríguez Larreta, María del Pilar Nores Montedónico, Sara Rita Méndez, Ana Ines Quadros Herrera, Eduardo Deán Bermúdez, María Margarita Michelini Delle Piane, Sergio López Burgos, María Elba Rama Molla, Ariel Rogelio Soto Loureiro, Alicia Cadenas Ravela, Ana María Salvo Sánchez, Gastón Zina Figueredo, Víctor Hugo Lubian Peláez, Mónica Soliño Platero, Raquel Nogueira Paullier, Cecilia Irene Gayoso, José Feliz Díaz y Laura Anzalone,.

Asimismo, en relación al sometimiento a torturas, Altuna Facal agregó que a González Cardozo le pegaban mucho y que para cuando lo secuestraron a él, hacía bastante tiempo que la víctima estaba en el CCD.

Del mismo modo, Enrique Rodríguez Larreta Piera, a través de la denuncia y declaración formulada en la querella que encabezó en el año 1984 manifestó, al igual que Raúl Altuna Facal y María del Pilar Nores Montedónico haber visto a González Cardozo y a Pérez Lutz tanto en Automotores Orletti como en la República Oriental del Uruguay.

En este sentido, González Cardozo explicó en su declaración sobre el vuelo masivo coordinado por fuerzas argentino/uruguayas en el que junto con otros detenidos, fue trasladado clandestinamente desde Buenos Aires a Montevideo. Su testimonio, que coincide con el de muchos de los sobrevivientes uruguayos, también encuentra su correlato en la Investigación Histórica sobre Detenidos Desaparecidos de Uruguay.

También se encuentra incorporada al debate el hábeas corpus iniciado por Violeta Lutz el 18 de junio de 1976, al que ya nos referimos, y que da cuenta de que para esa época sus familiares habían comenzado una intensa búsqueda.

Por último, no puede dejar de señalarse que, como en otros casos, todo lo que hemos relatado acerca de lo que les pasó a Pérez Lutz y a González Cardozo, se tuvo por acreditado en la sentencia de este Tribunal correspondiente al juicio de “Automotores Orletti”, y por esos hechos fueron condenados Raúl Antonio Guglielminetti, Honorio Martínez Ruíz y Eduardo Alfredo Rufo, condena que actualmente se encuentra firme.

Por otra parte, queremos destacar que por el modo en el que ocurrieron los hechos y el contexto en el que se desarrollaron, es manifiesto que Pérez Lutz y González Cardozo fueron víctimas de la coordinación regional ejecutada en el marco de la denominada “Operación Cóndor”. Por su privación ilegítima de la libertad y las torturas a las que fueron sometidos en el CCD “Automotores Orletti”, formulamos acusación contra Miguel Ángel Furci.