PIA Procuraduría de Investigaciones Administrativas

La AFIP hizo lugar a un pedido de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas y asignó exclusivamente a tareas administrativas a dos agentes fiscalizadores cuyo procesamiento por infracción al artículo 868 del Código Aduanero fue confirmado por la Cámara en lo Penal Económico.

En el marco del sumario administrativo seguido contra dos agentes de la Aduana por irregularidades en los controles aduaneros de mercadería exportada, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitana hizo lugar al pedido de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, y dispuso preventivamente la asignación de dichos agentes a funciones administrativas, excluyéndolos de las tareas fiscalizadoras que venían desempeñando.

La petición de la PIA, que es parte acusadora en dicho sumario administrativo, se basó esencialmente en la conducta culposa cometida por dichos agentes y que fuera confirmada con fecha 2 de diciembre de 2016 por la Sala A de la Cámara Penal Económico, que calificó el hecho como infracción al artículo 868 del Código Aduanero.

En la causa penal que se originó en los mismos hechos, se comprobó que las irregularidades en el control de las mercaderías exportadas, permitieron que se evadieran los controles aduaneros y se exportaran estupefacientes a Europa camuflados en piezas de mármol.